Normativa Contable Nº N62009, Sobre ajustes de la primera adopción de la normativa contable, resolución n°16, de 2015. , 23-08-2016 - Normativa - VLEX 908727356

Normativa Contable Nº N62009, Sobre ajustes de la primera adopción de la normativa contable, resolución n°16, de 2015. , 23-08-2016

Año2016
Fecha23 Agosto 2016
Número de oficioN62009
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha solicitado la aprobación de los ajustes de primera adopción de la normativa contable aprobada por la resolución N° 16/15, cuyas instrucciones fueron impartidas por los oficios N°s 73.121/15 y 39.817/16, todos de este origen.

De acuerdo con las instrucciones mencionadas, corresponde señalar que la normativa contable rige a contar del 1 de enero de 2016, de manera que su aplicación por primera vez, requiere que las entidades ajusten sus saldos iniciales a dicha fecha, con el propósito de reconocer todos los activos y pasivos que resulten de conformidad con dicha normativa. Los ajustes que procedan deberán contar con la aprobación de este Órgano Contralor.

En primer término, DIPRES informa el reconocimiento del deterioro de cuentas por cobrar por la venta de publicaciones a servicios públicos y particulares y posterior castigo contable de dichas cuentas, conforme a lo autorizado por el Ministro de Hacienda mediante oficio ORD N°239/16, por aplicación del art /19 de la ley N° 18.382, que autoriza el castigo de los créditos incobrables.

Al respecto, es necesario precisar que los ajustes realizados por DIPRES a la apertura para reconocer el deterioro o pérdida de valor de las cuentas por cobrar al 1 de enero de 2016, como resultado de la evaluación que se efectuó de las gestiones realizadas para obtener su cobro, corresponden a ajustes de primera adopción de la normativa vigente que implican un cargo a los Resultados Acumulados por $80.000, los cuales de acuerdo a los antecedentes que se adjuntan a la presentación se dan por aprobados por este Organismo Contralor.

En relación al castigo de los Deudores de Incierta Recuperación, este se ajusta a la norma legal citada y a los procedimientos contables vigentes, no requiriendo autorización por constituir una regularización contable que se debe reconocer como parte de las variaciones del mes en que se cumplan los requisitos normativos antes indicados.

En cuanto a las publicaciones mencionadas, DIPRES informa que ha decidido no reconocerlas como activo/existencias, atendido que su costo e ingreso por su venta no son significativos en sus resultados anuales. Sobre esta materia, considerando que la normativa contable reconoce la aplicación de este criterio en circunstancias como la que señala la entidad, cabe aprobar la decisión de la especie, sin perjuicio del control administrativo correspondiente.

Enseguida, la DIPRES informa ajustes a los pasivos financieros que tienen por objeto reconocer diferenciales cambiarios...

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