Normativa Contable Nº N18832, informa a la division de auditoria administrativa sobre, rendicion de cuentas a la contraloria de corporaciones privadas, beneficiarias de los sorteos que realiza la polla chilena de, beneficencia., 03-04-1979
Año | 1979 |
Fecha | 03 Abril 1979 |
Número de oficio | N18832 |
Tipo de documento | Normativa contable |
se ha solicitado un pronunciamiento tendiente a determinar las
facultades fiscalizadoras que posee la contraloria general respecto
de las sumas que se otorgan a diversas corporaciones privadas,
beneficiarias de los sorteos que realiza la empresa polla chilena de
beneficencia. asimismo, pide se informe acerca de la posibilidad de
exceptuar a la referida empresa de la parte pertinente de la ci
70490/76, de este organismo de control, que obliga de un modo general
a las unidades otorgantes de una subvencion o aporte a proceder a su
revision para determinar la correcta inversion de los fondos
concedidos.
1) en relacion con el primer punto, cabe anotar que de
conformidad con lo dispuesto en la ley 10336 art/25 y ley 10336
art/85 inc/3, corresponde a la contraloria general fiscalizar la
correcta inversion de los fondos fiscales que cualesquiera persona o
instituciones de caracter privado perciban por leyes permanentes, a
titulo de subvencion o aporte del estado, para una finalidad
especifica y determinada, fiscalizacion que tendra por objeto
solamente establecer si se ha dado cumplimiento a dicha finalidad.
ahora bien, no obstante que en la situacion de la especie, los
aportes a las entidades beneficiarias de los fondos que se obtienen
con los sorteos realizados por la polla chilena de beneficencia
tienen su origen en una norma legal de caracter permanente, sin
embargo no se ha establecido una finalidad especifica en la cual
deban invertirse esos recursos y, por consiguiente, es dable inferir
que no resulta aplicable el mandato de la citada ley 10336 art/25 y
ley 10336 art/85 inc/3, por no concurrir uno de los requisitos alli
previstos.
en efecto el dfl 120/60 art/12, sustituido por el dl 2413/78
art/1 num/8, se limita a establecer la distribucion de los fondos
destinados a los beneficiarios senalando las 14 entidades privadas
actualmente favorecidas y los respectivos porcentajes, pero sin
indicar en relacion a cada una de ellas una finalidad determinada
para la utilizacion de los dineros.
con todo, este organismo estima conveniente puntualizar que lo
anterior, es sin perjuicio de la obligacion de rendir cuenta a la
contraloria general de la utilizacion de las sumas recibidas por
concepto de aporte, obligacion que especificamente se consultaba para
algunas de estas organizaciones particulares a que se viene haciendo
alusion en determinados ordenamientos legales en los cuales no se
senalaba una finalidad especifica para invertir los dineros, como
acontecia por...
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