Normativa Contable Nº N08710, Sobre donaciones en dinero y en especies al fondo nacional de reconstrucción, ley N° 20.444/11, 13-02-2012 - Normativa - VLEX 908728653

Normativa Contable Nº N08710, Sobre donaciones en dinero y en especies al fondo nacional de reconstrucción, ley N° 20.444/11, 13-02-2012

Año2012
Fecha13 Febrero 2012
Número de oficioN08710
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha solicitado la aprobación del procedimiento para registrar los aportes y donaciones en especies al Fondo Nacional de Reconstrucción creado por la ley N° 20.444, atendido que en el informe de Auditoría N° 30/11, de esta Contraloría General, se observara que los registros contables de la entidad recurrente no incluían tales recursos.

Asimismo, somete a consideración de este Organismo Contralor el procedimiento para recaudar las donaciones y otras contribuciones en dinero al mencionado Fondo a través de una cuenta corriente subsidiaria de la Cuenta Única Fiscal, abierta para tales efectos, con el objeto de subsanar la observación sobre el control de tales recursos contenida en el señalado informe de fiscalización.

En primer término, en cuanto a la primera materia consultada, se plantea la posibilidad de registrar o incorporar los mencionados bienes en especies, como un ingreso en el presupuesto del Tesoro Público, en el subtítulo 05 Transferencias Corrientes del Programa 01 Ingresos Generales de la Nación y, a su vez, como contrapartida el registro de un gasto por la distribución de tales activos, en el subtítulo 33 Transferencias de Capital del Programa 03 Operaciones Complementarias.

Sobre el particular, cabe precisar que la donación y disposición de especies no constituyen transacciones de naturaleza financiera o dineraria sino que de naturaleza económica, de modo que no corresponde considerarlas como parte del sistema presupuestario establecido en el decreto ley N° 1.263/75, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Enseguida, conviene agregar que siguiendo el criterio indicado, esta Contraloría General, por CI 9.762/11, aprobó la creación de la cta. 31106 “Donaciones de Bienes” y, posteriormente, dicha cuenta se incluyó en el documento Configuración Global y Poblamiento SIGFE_ Global 2012, versión definitiva, aprobada por este Organismo Contralor y la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda para la administración del sistema de información para la gestión financiera del Estado (SIGFE).

De acuerdo con lo expuesto, corresponde desestimar la propuesta formulada por la entidad recurrente, en orden a incorporar las donaciones en especies y su transferencia a terceros del Fondo Nacional de Reconstrucción, a los programas presupuestarios de la Partida Tesoro Público por ser inaplicable, esa posibilidad, en el régimen presupuestario que se prevé en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Sin perjuicio de lo anterior...

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