Normativa Contable Nº N02361, instruye a la division de auditoria administrativa sobre la, posibilidad de calificar a la corfo como institucion financiera., 24-01-1985
Año | 1985 |
Fecha | 24 Enero 1985 |
Número de oficio | N02361 |
Tipo de documento | Normativa contable |
se ha solicitado un pronunciamiento que determine si es posible
calificar a la corporacion de fomento de la produccion como
institucion financiera en terminos similares a la empresa nacional de
mineria, la que fuera considerada como tal por dic 29796/84, de este
organismo contralor.
expresa la oficina ocurrente que de acuerdo con la ley 6640, la
corporacion de fomento de la produccion, atendida su naturaleza,
quedaria sometida al precepto contenido en la constitucion politica
del estado art/60 num/9, que exige ley para que las empresas del
estado puedan contratar emprestitos. no obstante, considerando las
atribuciones que le son inherentes, ese servicio por su labor de
fomento e ingerencia en operaciones mercantiles quedaria comprendido
dentro de los organismos que se pueden calificar como entidades
financieras para el efecto de lo prescrito en la constitucion
politica art/98, que autoriza al banco central para efectuar
operaciones solo con instituciones financieras.
sobre el particular, cabe desde luego tener en cuenta que
mediante el citado dic 29796/84, este organismo de control tuvo la
oportunidad de precisar que la empresa nacional de mineria, dada su
condicion juridica de empresa estatal, acorde con lo prescrito en su
ley organica dfl 153/60, esta afecta a la constitucion politica del
estado art/60 num/9, que previene que es materia de ley la fijacion
de las normas con arreglo a las cuales las empresas del estado y
aquellas en que este tenga participacion puedan contratar
emprestitos, disposicion que a su vez prohibe efectuar tales
negociaciones con el estado, sus organismos o empresas.
sin perjuicio de lo anterior, agrego aquel pronunciamiento que
la entidad senalada reviste tambien el caracter de institucion
financiera, teniendo para ello en consideracion determinadas
funciones que su propia ley le encomienda, y en esa virtud esta
facultada para convenir prestamos con el banco central al amparo de
la constitucion politica del estado art/98, precepto especial que
prevalece sobre la norma prohibitiva de la constitucion politica
art/60 num/9.
ahora bien, necesario es manifestar, en lo que respecta a la
corporacion de fomento de la produccion, que conforme a lo prescrito
en la ley 6640 art/22, que la creara, en la ley 10343 art/106 y en el
dfl 211/60, tal como lo concluyera el dic 54080/78, de esta entidad
fiscalizadora, ella es una persona juridica que tiene la naturaleza
especifica de un organismo de administracion autonoma y no de una
empresa.
en...
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