Naturaleza de los principios de imposición - Introducción - Principios de la imposición - Libros y Revistas - VLEX 976582387

Naturaleza de los principios de imposición

AutorFritz Neumark
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Frankfurt am Main
Páginas60-69
60
FRITZ NEUMARK
II. NATURALEZA DE LOS PRINCIPIOS DE
IMPOSICION
1. «Principios», «postulados», «directrices», «canons», «rules», «regles»,
«maximes» de la imposición, cualquiera que sea el término empleado, siempre se
trata de algo normativo, de preceptos del deber ser que se formulan en orden a la
realización de determinados objetivos. Estos objetivos pueden ser de naturaleza
teórica o de naturaleza práctica. En el primer caso, según Gerloff (23), se trata de
«establecer, para su puesta en práctica, un tipo ideal de imposición que no puede ser
hallado más que por la vía especulativa», o, dicho de otra manera, se trata de
obtener criterios que permitan enjuiciar la racionalidad de un sistema fiscal concre-
to (histórico) o de una determinada política fiscal. En el segundo caso, el afán de
obtener o conservar el poder social, político o económico induce y lleva al empleo
de principios impositivos que permiten una racionalización de unas ideologías que,
a su vez, desempeñan con frecuencia la función de «mentiras encubridoras»
(Alexander Rüstow); los ya mencionados «ideales político-tributarios» de F. K. Mann
contienen preciosas indicaciones histórico-dogmáticas y el libro de L. Eisenstein
«Ideologies of Taxation» (New York. 1961) un material de gran actualidad, proce-
dente de la práctica americana ciertamente, pero igualmente aplicable mutatis
mutandis a muchos otros países económicamente avanzados de cuño occidental.
Ante la evolución experimentada por la moderna economía de bienestar han
sido muchos los autores que, estimulados sobre todo por los trascendentales estudios
de G. Myrdal (24) sobre «la especulación política en la economía política», han negado
rigurosamente la posibilidad de una fundamentación científica de los principios
político-económicos y político-financieros, siendo corriente en todos ellos la equipa-
ración del calificativo «científico» con «gratuito». Es desde luego un hecho innegable
que la crítica de Myrdal a los principios de imposición (Capítulo 7 de la obra citada)
está ampliamente justificada, concretamente en todo lo que se refiere a la llamada
«teoría pura de la Hacienda» al estilo de Lindahl. Pero, por una parte, no lo es menos
que la tesis de Myrdal, de que no se puede llevar a la práctica una Ciencia de la
Hacienda más que entendiéndola como una teoría de la incidencia (obra citada,
página 179), es falsa por unilateral, si bien no se puede naturalmente discutir que toda
teoría financiera o, más exactamente, toda teoría tributaria ha de estar basada en una
teoría de los efectos causados por los impuestos; por otra parte, es imprescindible
poner de relieve que el sabio sueco se ha distanciado esencialmente de su postura
(23) W. Gerloff, «Steuerwirtschaftslehre», en «Handbuch der Finanzwissenschaft», 1.a ed., tomo I,
Tübingen, 1926, p. 450.
(24) G. Myrdal, «Das politische Element in der nationalökonomischen Doktrinbildung», 1.a ed.,
Berlin, 1932, 2.a ed. alemana, Hannover, (1963).

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