Resolución núm. 1506 EXENTA, publicada el 10 de Junio de 2011. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 475 EXENTA DE 2011, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469647214

Resolución núm. 1506 EXENTA, publicada el 10 de Junio de 2011. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 475 EXENTA DE 2011, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 475 EXENTA DE 2011, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN

Núm. 1.506 exenta.- Valparaíso, 6 de junio de 2011.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial en memorándum técnico (DAS) Nº 55/2011 de fecha 2 de junio de 2011; el DFL Nº 5 de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892, y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; los DS Nº 409, de 2000 y Nº 11, de 2003 y los decretos exentos Nº 332 y Nº 452, ambos de 2009, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS Nº 223, de 2010, y los decretos exentos Nº 1.453 de 2010, Nº 208 y Nº 266, ambos de 2011, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; las resoluciones exentas Nº 475, Nº 560, Nº 656 y Nº 1.181, todas de 2011, de esta Subsecretaría; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República;

Resuelvo:

  1. - Modifíquese el numeral 5º de la resolución exenta Nº 475, modificada por las resoluciones exentas Nº 560, Nº 656 y Nº 1.181, todas de 2011, de esta Subsecretaría, que distribuye para el año 2011 la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta y Sardina común en la VIII Región, sometida al Régimen Artesanal de Extracción por unidad de asignación organizaciones de pescadores artesanales, en el sentido de indicar que la operación de pesca de la flota artesanal autorizada, sólo podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2011, entre los días lunes a viernes de cada semana...

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