Resolución núm. 1808, publicada el 17 de Diciembre de 2013. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5, DE 1984, SOBRE VÍA DE ACCESO A LA PLAYA ?TOPOCALMA?, UBICADA EN LA COMUNA DE LITUECHE, PROVINCIA DE CARDENAL CARO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O?HIGGINS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE BIENES NACIONALES |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5, DE 1984, SOBRE VÍA DE ACCESO A LA PLAYA "TOPOCALMA", UBICADA EN LA COMUNA DE LITUECHE, PROVINCIA DE CARDENAL CARO, REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
Núm. 1.808.- Rancagua, 14 de noviembre de 2013.- Vistos: Estos antecedentes, lo que dispone la Constitución Política de la República en su artículo 19 Nº 24; lo que dispone los artículos 589 y 594 del Código Civil; lo dispuesto en el artículo 13 del DL 1.939 de 1977; lo que dispone el DL Nº 3.274 de fecha 25 de marzo de 1980, que fija la ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; la delegación de facultades dispuesta por resolución exenta Nº 1.831, de 5 de agosto de 2009, del Subsecretario de Bienes Nacionales, en su artículo 1º letra f; Plano Oficial Nº 06110-5871 C.R. de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; el DS Nº 55, de 12 de abril de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales de nombramiento del Secretario Regional Ministerial, y el DS Nº 1.323, de 15 de noviembre de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública sobre nombramiento del Intendente Regional, y las instrucciones del Intendente de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Considerando:
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- Con fecha 2 de julio de 1984, a través de la resolución Nº 5 de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, se fijaron cinco accesos a playas de mar de la provincia de Cardenal Caro, estando dentro de éstos la playa denominada Topocalma en la comuna de Litueche.
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- Que con fecha 3 de septiembre de 2013, la Intendencia Regional recibió una propuesta de modificación del acceso de la playa Topocalma, aduciendo que el actual acceso genera graves perjuicios para los propietarios y crea peligro de incendios forestales.
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- Que se constituyó en el lugar el señor Intendente Regional junto a su equipo y el Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales, junto a un grupo de profesionales de dicha Secretaría. Los que en su oportunidad realizaron una inspección ocular del acceso propuesto y la revisión del actual acceso fijado por la mencionada resolución Nº 5, constatando el peligro de la ruta para los particulares, debido a la realización de actividades forestales y ganaderas, donde existe un alto tránsito de maquinaria pesada, camiones madereros y de transporte de animales.
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-. Que de acuerdo a la normativo vigente, a fin de explorar la posibilidad de modificar...
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