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Decreto 770 - APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA DE ENTIDAD QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 9 de Enero de 2009

APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA DE ENTIDAD QUE INDICA

Santiago, 21 de noviembre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 770.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Civil, en los artículos 25 y 36 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, y lo informado por la Gobernación Provincial Cautín y por el Consejo de Defensa del Estado,

Considerando:

  1. - Que, la entidad denominada "Fundación Baviera de la Universidad Católica de Chile" con domicilio en la Provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía, que cuenta con personalidad jurídica concedida por este Ministerio, mediante decreto supremo de Justicia Nº 2.160, de fecha 2 de septiembre de 1966, por presentación de fecha 11 de agosto de 2006, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada y la cancelación de su personalidad jurídica.

  2. Que, la entidad adoptó el acuerdo de disolución por acuerdo del Consejo Directivo efectuado el día 29 de septiembre de 2003, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 18 de julio de 2006, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo.

  3. - Que, en el caso de disolución de esta Fundación y según sus estatutos, ésta entrará en liquidación, la que será practicada por el Comité Ejecutivo, que se transformará, para estos efectos en Junta Liquidadora. Los bienes sobrantes, después de la liquidación de los compromisos contraídos, pasarán a la Universidad Católica de Chile, excepto los bienes que hayan sido aportados gratuitamente por el Vicario Apostólico de la Araucanía a la Fundación y que subsistan en poder de ésta a la fecha de disolución, los que pasarán al mencionado Vicariato, a menos que...

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