Nº 9.- Opone Excepciones. Dilatoria. Litis Pendencia - Opone excepciones - Escritos de mera tramitación - Práctica Forense Procesal Civil. Tomo II: Escritos de Mera Tramitación y Recursos Procesales - Contratos - VLEX 857114723

Nº 9.- Opone Excepciones. Dilatoria. Litis Pendencia

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Actualizado aEnero 2021

Page 242

EN LO PRINCIPAL: Opone la excepción dilatoria de litis pendencia. OTROSÍ: Patrocinio y poder.

Señor Juez Civil

.........., de profesión .........., demandado, domiciliado en la ciudad de .........., en Procedimiento Ordinario sobre .......... caratulados ".......... con ..........", en causa rol .......... a Usía, digo:

Page 243

Que, he sido notificado de la demanda de autos interpuesta por don .........., de profesión .........., domiciliado en la ciudad de .........., por la suma de $..........

La demanda de autos es inepta, como paso a demostrarlo.

En efecto, según el Nº3 del art. 303 del Código de Procedimiento Civil, es admisible, como excepción dilatoria, la litis pendencia.

Basta leer el libelo, para comprobar que las de la demanda de autos, son las mismas acciones, entre las mismas partes, que se incoan en el ..........

Juzgado de Letras en lo Civil de ..........

Procede declarar que existe tal litis pendencia vigente.

POR TANTO:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en los artículos 303 Nº3 y Ss., del Código de Procedimiento Civil.

PIDO A USÍA:

Decrete tener por interpuesta la excepción dilatoria de ineptitud del libelo por litis pendencia y acogerla, declarando que no estoy obligado a contestar dicha demanda mientras esté pendiente el otro juicio referido, con costas.

OTROSÍ: Solicito a Vuestra Señoría, tener presente que me patrocinará en estos autos el abogado habilitado .........., Registrado en la Oficina de Títulos de la Excelentísima Corte Suprema a quien confiero patrocinio y poder, con todas y cada una de las facultades del art. 7...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR