Modificación al sistema de pago de gratificaciones - Núm. 1495, Mayo 2021 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 868466660

Modificación al sistema de pago de gratificaciones

Páginas1-4
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
Nº 1495 - 2
14 de mayo de 2021
ISSN 0717-1528
1
MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE PAGO DE
GRATIFICACIONES
El Código del Trabajo establecei que las remuneraciones son las contraprestaciones
en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el
trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. Adicionalmente, en el
artículo 42, establece qué constituye remuneración, donde en la letra e) define
gratificación como la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo
del trabajador. En el artículo 47, a su vez, se establece que las empresas que ahí se
detallanii, tendrán la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores en
proporción no inferior al treinta por ciento de las utilidades obtenidas. Este reparto
se realiza a partir de la definición de utilidad líquida, que es lo que determina el
Servicio de Impuestos Internos para el cálculo del impuesto a la renta, restando el
10% del valor del capital propio del empleador.
Por último, el empleador, en virtud del artículo 50, puede aplicar una alternativa al
pago a la obligación establecida en el artículo 47, en virtud de la cual, e independiente
a las utilidades líquidas que obtuviere, debe abonar a los trabajadores un 25% de lo
devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones
El sistema de pago de gratificaciones es de larga data en nuestra regulación laboral y tuvo
su última modificación hace tres décadas, siendo lo establecido en el artículo 50 del Código
del Trabajo la modalidad ampliamente utilizada (abonar a los trabajadores un 25% de lo
devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones
mensuales, con un tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales). Esto ha llevado a que el pago
fijo mensual forme parte del salario bruto y no tenga relación alguna con el devenir de la
compañía.
La moción parlamentaria busca modificar esta situación y pasar a repartir el 30% de las
utilidades líquidas -según las define la ley- entre los trabajadores, con lo cual se desea
mejorar la distribución del ingreso y los incentivos.
Lamentablemente la propuesta no altera la distribución del ingreso en la empresa, aunque
sí eleva de manera sustancial el costo laboral, sobre todo en empresas que son más intensas
en capital. Tampoco genera incentivos ya que la utilidad final de la empresa es algo distante
para el trabajador, a diferencia de metas de producción o ventas que si están bajo el control
de los funcionarios.

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