Declaración de Impacto Ambiental. Modificacion Prms Mprms- 94, Sistema Metropolitano De Areas Verdes Declaratoria De Utilidad Publica De Parques Intercomunales Exp 88/09 - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 945406889

Declaración de Impacto Ambiental. Modificacion Prms Mprms- 94, Sistema Metropolitano De Areas Verdes Declaratoria De Utilidad Publica De Parques Intercomunales Exp 88/09

Monto0,0000 Millones de Dólares
En representación deCarlos Estévez Valencia
Fecha de registro27 Agosto 2009
Fecha27 Agosto 2009
EtapaAprobado
Titular del proyectoSecretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo
Documento - 5b/b4/94e433d385ccbc51321c73e0792e8b704c96

Declaración de Impacto Ambiental
"MODIFICACION PRMS “ MPRMS- 94, SISTEMA METROPOLITANO DE AREAS VERDES –DECLARATORIA DE UTILIDAD PUBLICA DE PARQUES INTERCOMUNALES”"
Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo
Rep. Legal: Carlos Estévez Valencia
Región: Región Metropolitana de Santiago
Tipología de Proyecto: h4.- Plan intercomunal
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 26 de Agosto de 2009
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Información General del proyecto
    • Nombre del Proyecto
      MODIFICACION PRMS “ MPRMS- 94, SISTEMA METROPOLITANO DE AREAS VERDES –DECLARATORIA DE UTILIDAD PUBLICA DE PARQUES INTERCOMUNALES”
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      0
    • Total Mano de Obra
      0
    • Mano de Obra Construcción
      0
    • Mano de Obra Operación
      0
    • Vida Útil
      10
  • Ubicación del proyecto
    • Provincia
      • Chacabuco
      • Cordillera
      • Santiago

    • Localización
      Región Metropolitana
    • Mapa o croquis del lugar
      Ver archivo digital
    • Tipo de figura
      Polígono
    • Tipo de coordenadas
      UTM 18 PSAD 56
    • Coordenadas
      Norte Este
      6356750 248611
      6356750 429127
      6205370 429127
      6205370 248611

  • Descripción del proyecto
    • Descripción del proyecto

      DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

      TEMA: PRÓRROGA DE LA DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA DE LAS ÁREAS VERDES INTERCOMUNALES.

      Con fecha 13.02.04. fue promulgada la Ley 19.939, mediante la cual se modifica el Artículo 59° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), estableciéndose la “caducidad” de la declaratoria de utilidad pública contenida en los Planes Reguladores.

      La “caducidad” de la declaratoria de utilidad pública para las áreas verdes parques, espacios públicos y vías, tanto para los terrenos localizados en el área urbana como en el área de extensión urbana, es materia de la modificación introducida al artículo 59°, estableciéndose para las áreas verdes intercomunales localizadas en el área urbana un plazo de 5 años y para las áreas verdes intercomunales localizadas en el área de extensión urbana un plazo de 10 años, contados a partir de la promulgación del instrumento de planificación correspondiente. Además fue eliminada la declaratoria de utilidad pública a los terrenos ubicados en áreas rurales (artículo 59°, penúltimo inciso).

      Para el caso de aquellos instrumentos que se encontraban vigentes a la fecha de promulgación de la Ley N° 19.939 (3 de Febrero del 2004), como es el caso del PRMS, las vías expresas, troncales, colectoras, locales y de servicio y parques intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches, caducarán automáticamente junto a todos sus efectos, en los mismos plazos establecidos para los terrenos con los destinos antes mencionados localizados en el área urbana y de extensión urbana. En el caso de los parques intercomunales el plazo será de 5 años a partir del 5 de Febrero del 2009.

      Posteriormente fue tramitado el proyecto de ley y publicada en el diario oficial la Ley N° 20.331, que renueva las vigencias de las declaratorias de utilidad pública por el plazo de 1 año, contado a partir del 12 de Febrero del 2009.

      En este contexto se sitúa la planificación de las áreas verdes del PRMS, y en consecuencia, la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo ha considerado darle curso urgente a la modificación del PRMS a fin de prorrogar las declaratorias de utilidad pública de las áreas verdes normadas en el instrumento intercomunal de su competencia (PRMS), cuyo plazo de caducidad de la declaratoria de utilidad pública concluye el 13 de Febrero del 2010 en virtud de la renovación de 1 año otorgada por la Ley 20.331.

      Por lo anterior, con esta modificación se pretende prorrogar la declaratoria de utilidad pública para aquellas áreas verdes que actualmente están consignadas en la Ordenanza PRMS y que se postulan de interés para el habitat urbano de los ciudadanos.

      Asimismo, mediante esta acción de planificación urbana, se resguarda el territorio actualmente dotado natural o artificialmente con vegetación o que deberían estarlo, por considerar que significan un aporte como elemento colaborante para la prevención y descontaminación atmosférica de la Región MetropolitanaDe este modo se da cumplimiento a las acciones predispuestas para la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago elaborado por MINSEGPRES, D.S. N° 16 /98.

      Las restantes áreas verdes que en esta propuesta no cuentan con la declaratoria de utilidad pública, se entiende que mantienen su uso de suelo de área verde.



    • Objetivo General del Proyecto

      Prorrogar las declaratorias de utilidad pública de las áreas verdes normadas en el instrumento intercomunal de su competencia (PRMS), cuyo plazo de caducidad de la declaratoria de utilidad pública concluye el 13 de Febrero del 2010 en virtud...

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