Declaración de Impacto Ambiental. Modificación De Biomasa En Centro De Cultivo De Salmónidos Sur Isla Benjamín S3, Xi Región - Evaluación de Impacto Ambiental - Normativa - VLEX 928975828

Declaración de Impacto Ambiental. Modificación De Biomasa En Centro De Cultivo De Salmónidos Sur Isla Benjamín S3, Xi Región

En representación deBenjamín Emilio Holmes Cheyre
Monto0,5000 Millones de Dólares
Fecha de registro27 Diciembre 2007
Fecha27 Diciembre 2007
EtapaAprobado
consultorAndrea Cristina Grünewald Ahrens
Titular del proyectoCultivos Yadran S.A.
Previsualización de Declaración de impacto ambiental (DIA)
Declaración de Impacto Ambiental
"Modificación de Biomasa en Centro de Cultivo de Salmónidos Sur Isla Benjamín S3, XI Región"
Cultivos Yadran S.A.
Rep. Legal: Gaston Cortez Quezada
Región: Región Aysén
Tipología de Proyecto: n.3.- Produccion anual igual o mayor a (35ton) tratandose de equinodermos, crustaceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a traves de un sistema de produccion intensivo
Fecha de Ingreso al sistema electrónico: 26 de Diciembre de 2007
Fecha de Presentación de la Declaración:
  • Información General del proyecto
    • Nombre del Proyecto
      Modificación de Biomasa en Centro de Cultivo de Salmónidos Sur Isla Benjamín S3, XI Región
    • Monto de Inversión. Expresado en U.S. Dólares
      500000
    • Total Mano de Obra
      12
    • Mano de Obra Construcción
      0
    • Mano de Obra Operación
      12
    • Vida Útil
      Indefinido
  • Ubicación del proyecto
    • Provincia
      • Aysen

    • Localización
      Canal Bynon, Sur Isla Benjamín Sector 3.
    • Mapa o croquis del lugar
      Ver archivo digital
    • Tipo de figura
      Polígono
    • Tipo de coordenadas
      Geográficas
    • Coordenadas
      Latitud Longitud
      Grados Minutos Segundos Grados Minutos Segundos
      44 47 40.92 74 12 23.10
      44 47 41.30 74 12 14.03
      44 47 31.60 74 12 13.23
      44 47 31.22 74 12 22.30

  • Descripción del proyecto
    • Descripción del proyecto

      La DIA se formula en relación a un nuevo Proyecto Técnico, Nº de Ingreso a Trámite: 207111022, Ingresado a SernaPesca el 15-03-2007, el cual modifica el proyecto y producción de biomasa de salmónidos, como se indica en la Tabla I:

      Tabla I Antecedentes Históricos Comparativos del Proyecto Técnico Original y Nueva Modificación

      Parámetro

      Proyecto Original RCA Nº 210/2005

      Nueva Modificación

      Nº de Ingreso a trámite: 207111022 (15-03-2007)

      Posición de la concesión

      Sin Modificación

      Coordenadas de la concesión

      Sin Modificación (Ver Localización, Pág. 6)

      Nº de Jaulas

      24

      24

      Tamaño Jaulas (m)

      25*25*18

      30*30*15

      Producción Máxima (Ton)

      2.970

      4.900

      Densidad de cultivo Kg/m3

      11

      15.1

      % de Concesión utilizada

      25

      36

      Monto Estimado de la inversión ($ US).

      1.500.000

      500.000

      Vida Útil del Proyecto

      INDEFINIDA

      El nuevo Proyecto Técnico tiene como Titular a la empresa Cultivos Yadran S.A. quienes por transferencia asumirá todas y cada una de las obligaciones contenidas en la resolución que otorga la referida concesión de acuicultura que le pertenecía a la empresa Chile Seafood S. A.

      Las copias de los documentos que acreditan la transferencia se adjuntan en el Anexo 5, los que comprenden: 1.- Solicitud de transferencia a la autoridad el 4/4/2006; 2.- Resolución Nº 1064 del 13/10/2006 del Min. Defensa Nacional, Subsecretaria de Marina; 3.- Extracto de la transferencia de la concesión del 12/12/2006 de la Subsecretaría de Marina y 4.- Publicación del Diario Oficial del 16/01/2007 con la autorización de la transferencia.

      El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10 ° letra n de la Ley 19.300, es decir; Proyectos de explotación intensiva; cultivo y plantas de recursos hidrobiológicos, y Artículo 3° letra n.3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: Producción anual igual o mayor a 35 ton, tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

      Por su ubicación, el proyecto no presenta riesgos para la salud de la población, debido a su cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos. Se pone en antecedentes de ello a CONAMA, con el objeto de dar cumplimiento al Art. 11 literal (a) de la Ley 19.300 y el Art. 5 del D.S. N º 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      La modificación del proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, como lo señala en referencia el Art. 11 literal (b) de la ley 19.300 y el Art. 6 del D. S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      La ampliación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

      Este antecedente permite evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11 literal (c) de la ley

      N º19.300 y el Art. 8 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto contempla la protección a recursos, áreas susceptibles y valor ambiental del territorio en que se emplaza. Se entrega esta información con el objeto de dar cumplimiento de lo señalado en el Art. 11 literal (d) de la ley Nº 19.300 y el Art. 9 del D. S. N º 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto contempla la protección del valor paisajístico y/o turístico, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 11 literal (e) de la ley N º19.300 y el Art. 10 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES. Se pondrá énfasis en conservar y utilizar con especial cuidado el área de concesión. Se implementarán Acciones para conservar el valor paisajístico del lugar de emplazamiento (Anexo 6).

      No se ubicará en una zona con valor paisajístico o turístico, ni zonas declaradas de valor turístico nacional, según lo dispuesto en el D. L. 1294 de 1975.

      No interferirá con lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de la comunidad.

      El centro no contará con instalaciones en tierra.

      El proyecto no generará o presentará alteraciones sobre el patrimonio cultural, según lo establecido en el Art. 11 literal (f) de la ley N º 19.300 y el Art. 11 literal (d) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.

      El proyecto no se encuentra emplazado en ninguna zona latente o saturada por algún contaminante, según exige la Ley N º 19.300.

      El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina y de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 6 Literal (m) del D.S. Nº 95 del 2001 del MINSEGPRES.

      No se emplazará próximo a recursos o áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas negativamente por la presencia de un centro de cultivo de salmónidos (trucha y salmón).

      De acuerdo a estudios, análisis y caracterización del área de influencia, el proyecto no generará o presentará efectos ambientales adversos significativos.



    • Objetivo General del Proyecto

      El presente proyecto corresponde a la modificación a la producción, ampliando la biomasa de cultivo de salmónidos, de una concesión ya existente, la cual posee la siguiente resolución de la COREMA XI región calificada en forma favorable:

      · Resolución de Calificación Ambiental Nº 210 del 28 de abril de 2005 (www.e-seia.cl).

      La Resolución Exenta Nº 210 que aprueba Proyecto Técnico y Cronograma de actividades del Titular se adjunta en Anexo 4.

      Los antecedentes de la modificación se describen y adjuntan en la presente Declaración de Impacto Ambiental (=DIA).


    • Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto

      2.1 Localización

      El proyecto se encuentra emplazado en Canal Bynon, Sur Isla Benjamín Sector 3, comuna de Cisnes, provincia Aysén y Región Undécima.

      Tabla II. Coordenadas Geográficas de los Vértices de la Concesión

      Vértice

      Latitud S

      Longitud W

      A

      44° 47’ 40,92”

      74° 12’ 23,10”

      B

      44° 47’ 41,30”

      74° 12’ 14,03”

      C

      44° 47’ 31,60”

      74° 12’ 13,23”

      D

      44° 47’ 31,22”

      74° 12’ 22,30”

      Superficie autorizada en Hectáreas

      05,99

      Nombre cuerpo de Agua

      Canal Bynon

      Carta SHOA

      801

      Fig. 1. Ubicación Geográfica Centro de Cultivo Canal Bynon, Sur Isla Benjamín Sector 3, Fuente: www.googleearth.com Plano detalle en Anexo 3.

      Consideraciones respecto a la localización del proyecto:

      · No interferirá con lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de la comunidad, de hecho habrá un respeto y apoyo a la cultura local, ya que gran parte del personal pertenece a la comunidad del sector.

      · El centro se encuentra funcionando en la localidad indicada y no se han registrado interacciones negativas con la población local, además constituye una fuente laboral.

      · El Proyecto se emplaza en una Área Apta para la Acuicultura, y el centro opera con balsas jaulas, boyas y bodega flotante. El impacto visual de las instalaciones es mitigado para mejorar el paisaje del entorno. El artefacto naval o bodega es la estructura con mayor volumen del proyecto, equivalente a una casa de un piso. Esta estructura flotante es de color verde, y su avistamiento será sólo desde la cercanía al sitio.

      Con el objeto de mitigar eventuales efectos en el potencial turístico del sector y valor paisajístico, el titular se compromete además a lo siguiente:

      · Efectuar una auditoria para verificar los compromisos adquiridos, especialmente en lo referente al estado de bodega flotante.

      · Se efectuará un estricto control de aseo del borde costero y área de influencia, el que se realizará quincenalmente, y la recolección manual de los desechos plásticos que accidentalmente en la operación del centro llegasen al borde costero, los que se depositarán en basureros exclusivos para desechos inorgánicos, que posteriormente se destinarán en un vertedero autorizado.

      · Se propone la participación en campañas de Playas Limpias, actividad patrocinado, organizado y ejecutado en conjunto por Intesal de SalmonChile (www.salmonchile.cl ). Para mayor información ver:

      [http://www.salmonchile.cl/frontend/seccion.asp?contid=365&secid=4&subsecid=61&pag=1]

      2.2. Monto estimado de la inversión: U. S. $ 500.000

      2.3. Vida Útil del Proyecto

      Debido a la naturaleza del proyecto, no existe un plazo de término del proyecto por lo que corresponde indicar de una vida útil indefinida.

      2.4 Mano de Obra Directa Utilizada en el Proyecto

      ...

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