Decreto 33 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240689250

Decreto 33 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

San Pedro, 14 de enero de 2008.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 33.- Vistos:

El decreto de Alcaldía Nº 167 de fecha 29 de marzo de 1996, que modifica decreto alcaldía Nº 186 de fecha 31 de diciembre de 1985 y sus modificaciones posteriores.

Acuerdo Nº 115 de sesión ordinaria del Concejo Municipal de fecha 11 de enero de 2008, que agrega a la Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios;

Teniendo presente las facultades que me confiere la ley 18.695 de 1968, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en vigencia,

Decreto:

Modifíquese la Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, con la finalidad de agregar al final del artículo 5º de la citada Ordenanza, los siguientes derechos que deberán ser girados por la Dirección de Obras Municipales, por servicios, concesiones o permisos que se otorguen:

  1. - Fotocopia Plano Comunal 0,1 U.T.M.

  2. - Ocupación bienes nacionales de uso:

    03.1.- Ocupación vía pública con materiales de

    construcción, andamios y cierros para construcción por

    mt2, diario:

    03.1.1 De 30 a 60 días 0,003 U.T.M.

    03.1.2 Plazo superior a 60 días 0,005 U.T.M.

    03.2 Remoción transitoria de pavimento en

    la vía pública mt2 diario:

    03.2.1 Hasta 30 días 0,01 U.T.M.

    03.2.2 Plazo superior a 60 días 0,05 U.T.M.

    03.3 La ocupación temporal del espacio público por faenas relacionadas con infraestructura, pagará un derecho municipal básico equivalente a 0,06 U.T.M. más la cantidad que se indica en el inciso siguiente.

    * Sin perjuicio de la suma señalada, se pagará

    además un 0,006 U.T.M. por mt2 diario,

    ocupado.

    * Se exceptúa de esta disposición la ocupación

    de bien nacional de uso público que por

    efecto de la materialización de la obra

    cumplen función de bodegaje u ocupación

    esporádica del BNUP.

    * Estará exenta del pago de estos derechos la

    ejecución de aquellas obras que en

    definitiva beneficiarán la concesión de un

    servicio sanitario de agua potable y

    alcantarillado, que sean personas jurídicas

    sin fines de lucro, sin importar la persona

    que las realice.

  3. - Certificado de informaciones

    previas 0,09 U.T.M.

  4. - Certificado de deslinde 0,09 U.T.M.

  5. - Certificado de expropiación...

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