Modifica la ley N°19.993 para eliminar la obligación legal de Codelco de mantener, en la Fundición y Refinería Las Ventanas, la capacidad de fusión y refinación necesaria para garantizar el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que envíe la Empresa Nacional de Minería
Fecha | 01 Marzo 2022 |
Fecha de registro | 01 Marzo 2022 |
Número de Iniciativa | 14829-08 |
Etapa | Tramitación terminada Retirado |
Cámara Legislativa de Origen | Mensaje,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 19.993 PARA ELIMINAR LA OBLIGACIÓN LEGAL DE CODELCO DE MANTENER EN LA FUNDICIÓN Y REFINERÍA LAS VENTANAS, LA CAPACIDAD DE FUSIÓN Y REFINACIÓN NECESARIA PARA GARANTIZAR EL TRATAMIENTO DE LOS PRODUCTOS DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA MINERÍA QUE ENVÍE LA EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA.
Santiago, 23 de febrero de 2022.-
MENSAJE Nº 459-369/
Honorable Cámara de Diputados:
A S.E. EL
PRESIDENTE
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADOS
En uso de mis atribuciones constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto eliminar la obligación legal de CODELCO, establecida en la ley N° 19.993, de mantener en la Fundición y Refinería Las Ventanas, la capacidad de fusión y refinación necesaria para garantizar el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que envíe la Empresa Nacional de Minería.- ANTECEDENTES
La fundación del complejo industrial Las Ventanas se remonta a 1961, año en que fue inaugurado el Parque Industrial de Ventanas, que se ubica entre las comunas de Quintero y Puchuncaví, entendiéndolo como un polo de desarrollo económico para el territorio y una importante fuente de trabajo.
La Fundición y Refinería Las Ventanas de la Empresa Nacional de Minería (“ENAMI”), fue construida el año 1964. Posteriormente, en el año 1966 comienza la puesta en marcha de la termoeléctrica Ventanas I, con una potencia de 120 MW y en paralelo se establece la refinería Ventanas, con una unidad de electro refinación de cátodos de cobre y una planta de metales nobles. El año 1977 se pone en marcha la Termoeléctrica Ventanas II, con una potencia de 220 MW.
En virtud de la autorización establecida al efecto en el artículo 1° de la ley N° 19.993, en el año 2005, CODELCO adquirió el ya referido complejo industrial minero metalúrgico Fundición y Refinería Las Ventanas, como parte de un acuerdo con ENAMI.
Para que ENAMI pudiese cumplir con su rol de fomento minero, en virtud del artículo 2° de la misma ley, se estableció para CODELCO - CHILE la obligación de mantener, en la Fundición y Refinería Las Ventanas, la capacidad de fusión y refinación necesaria para garantizar, sin restricción ni limitación alguna, el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que enviase ENAMI, en modalidad de maquila, u otra que acordaren las partes.
En la actualidad, la Fundición y Refinería Las Ventanas es una de las siete fundiciones a nivel nacional, y una de las cuatro pertenecientes a CODELCO, con una capacidad de procesamiento de 410 Kton/año equivalente al 8% de la capacidad instalada en el país, de acuerdo con los antecedentes levantados por el Ministerio de Minería según información proporcionada por CODELCO y Cochilco. En este contexto, el 63% de los concentrados tratados en la fundición son provenientes de las operaciones de la División Andina y la División El Teniente de CODELCO - CHILE, y el 37% restante de ENAMI, que provienen desde las regiones de Atacama a la del Libertador General Bernardo O´Higgins, según información proporcionada por ENAMI al Ministerio de Minería.
Por su parte, es importante considerar que la Fundición y Refinería Las Ventanas está localizada en una zona industrial que cuenta con un alto número de emisores de azufre y otros gases, lo que ha generado gran preocupación en las localidades aledañas y a sus autoridades, lo que llevó, entre otras medidas, a la aprobación de diferentes instrumentos de gestión ambiental, tales como el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, aprobado mediante decreto supremo N° 105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, y la Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Azufre aprobada mediante el decreto supremo N° 104, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente. Considerando las obligaciones que dichas normas establecen, así como los límites máximos en concentración en el aire, la factibilidad de operación de la Fundición se encuentra muy limitada.
En este orden de ideas, la H. Cámara de Diputados, el 9 de octubre de 2019, en sesión especial de Sala, aprobó por unanimidad el proyecto de Resolución N°767, que solicita a S. E. el Presidente de la República el envío de un proyecto de ley para eliminar la obligación legal de CODELCO - CHILE establecida en la ley N° 19.993 de mantener en la Fundición y Refinería Las Ventanas, la capacidad de fusión y refinación necesaria para garantizar el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que envíe la Empresa Nacional de Minería.
- MEDIDAS DE GESTIÓN AMBIENTAL EN LA ZONA
El Estado de Chile se encuentra impulsando una serie de medidas para alcanzar un desarrollo más sustentable, dictando e implementado una variedad de normas e instrumentos regulatorios de especial relevancia para la gestión ambiental de esta zona.
El año 2011, durante nuestro primer gobierno, se desarrolló y publicó la primera Norma Nacional para centrales termoeléctricas en Chile, aprobada mediante decreto supremo N°13, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Esta norma regula las emisiones de Material Particulado (MP), Dióxido de Azufre (SO2), Óxidos de Nitrógeno (NOx) y Mercurio (Hg) obligando a esta actividad productiva a aplicar las nuevas tecnologías existentes y disminuir fuertemente sus emisiones.
Luego, el año 2013 se aprobó y publicó la primera Norma Nacional para fundiciones de cobre en Chile, mediante decreto supremo N°28, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que regula los niveles de dióxido de azufre (SO2) y arsénico (As) obligando a la aplicación de nuevas tecnologías y a reducir fuertemente las emisiones, estableciendo un nuevo estándar para las fundiciones en Chile.
Posteriormente, con un amplio proceso de participación ciudadana, se logró la aprobación de un nuevo Plan de Prevención y Descontaminación Ambiental para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví. Este plan comenzó a regir el 30 de marzo de 2019 y estableció las siguientes medidas:
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Congelamiento de emisiones obligatorio inmediato de MP, SO2 y NOx.
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Reducciones adicionales obligatorias de 700 toneladas de MP y 1.640 de SO2 en 3 años.
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Gestión de Episodios Críticos, con restricciones adicionales preventivas ante malas condiciones de ventilación.
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Traspaso de supervisión de la red de monitoreo al Estado.
Confinamiento obligatorio de graneles de carbón y...
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