Modifica la ley N°18.838, que Crea el Consejo Nacional de Televisión, y la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, para regular la publicidad de bebidas alcohólicas - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914512788

Modifica la ley N°18.838, que Crea el Consejo Nacional de Televisión, y la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, para regular la publicidad de bebidas alcohólicas

Fecha13 Diciembre 2018
Número de Iniciativa12342-24
Fecha de registro13 Diciembre 2018
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Segundo informe de comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones
MateriaBEBIDAS ALCOHOLICAS, EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, PUBLICIDAD COMERCIAL
Autor de la iniciativaBernales Maldonado, Alejandro, Cariola Oliva, Karol, Labra Sepúlveda, Amaro, Marzán Pinto, Carolina, Mirosevic Verdugo, Vlado, Rosas Barrientos, Patricio, Santana Castillo, Juan, Santibáñez Novoa, Marisela, Vallejo Dowling, Camila
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



Modifica la ley N°18.838, que Crea el Consejo Nacional de Televisión, y la ley N° 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, para regular la publicidad de bebidas alcohólicas


Boletín N°12342-24


  1. Antecedentes


Existen números intentos de reforma legal para regular la publicidad de bebidas alcohólicas en los últimos años, siendo los más destacados cuatro proyectos de ley fusionados (Boletines 4192-11, 4181-11, 4379-11 y 2973-11), que se encuentran en tercer trámite constitucional en la Cámara de Diputados desde 2015. Dichos proyectos, con una antigüedad de más de 12 años, contemplan la inclusión de advertencias en la publicidad de bebidas alcohólicas en medios de comunicación escrita, carteles publicitarios, audiovisuales, radiales y restricciones de las mismas en cuanto a su contenido, prohibiendo exhibir situaciones de consumo. Si bien es un certero avance, creemos que dichos proyectos están desactualizados y se requiere avanzar decididamente en una regulación más estricta de la publicidad de bebidas alcohólicas.


En relación a la publicidad de las bebidas alcohólicas, la experiencia internacional refiere a que de un total de 170 países, al menos 112 tienen algún tipo de regulación normativa en esta materia y sólo 58 no la poseen. Chile se encuentra dentro de los grupos de países que no cuentan con ningún tipo de restricción legal a la publicidad en los medios de comunicación masiva.1


La exposición a la publicidad y el atractivo de bebidas alcohólicas están relacionados con una mayor expectativa de consumo y con un inicio precoz del mismo. Los jóvenes expuestos al marketing del alcohol, tienen una predicción de probabilidad de beber 50% mayor a los que no lo fueron.2


El consumo de alcohol es el principal factor de riesgo para la salud de nuestra población y el consumo excesivo del mismo genera grandes costos económicos y sociales para nuestro país. El presente proyecto de ley busca restringir al máximo el incentivo al consumo de la droga de mayor consumo y fácil acceso en Chile, homologando su tratamiento a la regulación publicitaria existente del tabaco, restringiendo la publicidad de las bebidas alcohólicas en medios de comunicación masivos y en la vía pública para resguardar la vida y salud de los chilenos.



  1. Fundamentos


2.1. Contexto Internacional


En el año 2015 un informe de la OCDE3 presentó diversas medidas para que los gobiernos enfrenten el alto costo del consumo peligroso de alcohol, dentro de ellas aumentar la regulación sobre el marketing de bebidas alcohólicas.


El problema es especialmente grave entre los jóvenes quienes, junto con las mujeres y las minorías étnicas, son los mercados objetivos del marketing y las promociones. El porcentaje de menores de 15 años que beben ha subido durante la última década; del 30% al 43% para los niños, y del 26% al 41% entre las niñas.


Entre 1990 y 2010, el consumo nocivo del alcohol pasó del octavo al quinto lugar como principal causa de muerte y discapacidad en todo el mundo.


Un análisis del efecto de las políticas de prevención contra el consumo de alcohol en Canadá, la República Checa y Alemania revela que tomar medidas al respecto puede reducir al doble las tasas de consumo excesivo y de adicción crónica al alcohol.


La Organización Mundial de la Salud OMS, señala que es responsabilidad principal de los países formular, aplicar, vigilar y evaluar políticas públicas para disminuir el consumo nocivo de alcohol. La comercialización y promoción de las bebidas alcohólicas, es una de las 10 esferas que componen las opciones de política e intervención que pueden aplicarse a escala nacional. Esto, porque es un compromiso de los Estados Miembro de la OMS aplicar medidas enderezadas a reducir la carga mundial de morbilidad causada por el consumo nocivo de alcohol.


Según la OMS4, cada año se producen 3,3 millones de muertes en el mundo debido al consumo nocivo de alcohol, lo que representa un 5,9% de todas las defunciones. El uso nocivo de alcohol es un factor causal en más de 200 enfermedades y trastornos. En general, el 5,1% de la carga mundial de morbilidad y lesiones es atribuible al consumo de alcohol, calculado en términos de la esperanza de vida ajustada en función de la discapacidad. Para la OMS el consumo nocivo de alcohol provoca pérdidas sociales y económicas importantes, tanto para las personas como para la sociedad en su conjunto.


2.2. Impactos del consumo de alcohol en Chile


El SENDA Y MINSAL en 2016 elaboraron un documento sobre “El consumo de alcohol en Chile: situación epidemiológica” 5, en el cual se devela que “el alcohol es la droga más consumida por los chilenos y las cantidades son considerablemente mayores en comparación con países de la región (OMS, 2014).” Además se detallan las principales consecuencias negativas del consumo de alcohol de riesgo relativos al impacto sanitario, accidentes de tránsito, violencia y delitos, y costos sociales.

En cuanto al impacto sanitario, el alcohol es el primer factor de riesgo que causa más muerte y discapacidad en Chile. La dependencia del alcohol es la 4º enfermedad que produce más años de vida saludables perdidos por muerte o discapacidad (AVISA). En la lista de las enfermedades que más carga significan para el país, se encuentran los trastornos depresivos unipolares (10.5%), la cirrosis hepa&769;tica (7.7%), los accidentes de tra&769;nsito (7.6%) y las agresiones (6.3%), todas ellas fuertemente determinadas por el consumo de alcohol.


En relación al impacto en el tránsito, existe una asociación directa entre los efectos agudos del alcohol y la accidentabilidad.


De acuerdo a las cifras de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET)6, 1 de cada 10 accidentes fatales se debe al alcohol en la conducción. Entre 2008 y 2017, 1.731 personas han fallecido por causa de “Alcohol en el Conductor” y 719 personas por “Alcohol en el Peatón” (un total de 2.450 víctimas fatales).7 Desde el 2012 y gracias a iniciativas legales como la “Ley de Tolerancia Cero” (Ley Nº 20.580) y la “Ley Emilia” (Ley Nº 20.770), se han logrado reducir las víctimas fatales asociadas al alcohol y la conducción, sin embargo, 126 personas han fallecido en el año 2017 por causa de alcohol en el conductor y 30 personas lo han hecho por alcohol en el peatón (un total de 156 víctimas fatales en 2017).


En cuanto a las cifras de accidentes vehiculares en 2017 asociados al consumo del alcohol en la conducción se registraron 6.981 siniestros de tránsito (7,4% del total), con 126 fallecidos (8,5% del total) y 5.760 lesionados (9,3% del total, 881 graves, 481 menos graves y 4.398 leves).8


Se estima que el costo total para nuestro país de los accidentes de tránsito relacionados al alcohol en un año, equivale al 0,2% del Producto Interno Bruto, es decir $359.552.000.000 (520 millones de dólares aproximadamente).9


Respecto a la Violencia y los Delitos, se estima que el 57% de los delitos tienen alguna relación con el consumo o abuso de alcohol y otras drogas en población adulta, mientras que en los adolescentes llega al 32%.


Un estudio en el año 2006 (citado en el mismo documento del Senda y Minsal) arrojó que el costo conjunto para el país que genera el consumo de alcohol en Chile, fue de $550.000 millones de pesos (en moneda de valor de ese año).10 Esto corresponde a un 1,14% del Producto Interno Bruto de Chile del 2006.


El Estudio del año 2017 de la OCDE sobre salud pública, Chile: Hacia un Futuro más Sano. Evaluación y Recomendaciones11, señala que el consumo de alcohol entre los adultos es inferior al promedio OCDE, pero con un consumo en aumento, al contrario de la tendencia promedio del resto de los países de la OCDE que es hacia la baja.


2.3 Legislación y Experiencia Comparada


2.3.1. Argentina


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) comenzó a regir en el año 2017 la Ley Nº 5.708, que en su artículo primero indica que tiene por objeto: “regular la publicidad y promoción de la venta de bebidas alcohólicas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de prevenir y asistir a la población ante las consecuencias negativas de su consumo en exceso.” Dentro de sus finalidades menciona: “Desalentar el consumo por parte de personas menores de dieciocho años”.


Esta legislación establece prohibir cualquier tipo de publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública, con la excepción de aquellos avisos en que el 75% del espacio del aviso deberá ser ocupado por alguna frase que informe sobre los riesgos del consumo. El 25% restante sólo podrá contener el nombre o el logo de la marca. Así también, en su artículo sexto establece que: “queda prohibida toda forma de publicidad, promoción, patrocinio o financiación de...

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