Modifica la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, con el objeto de facultar a éstas para gestionar la distribución de alimentos a la población, en el contexto de una pandemia
Fecha | 23 Marzo 2020 |
Número de Iniciativa | 13365-06 |
Fecha de registro | 23 Marzo 2020 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Boric Font, Gabriel, Cicardini Milla, Daniella, Díaz Díaz, Marcelo, Hernando Pérez, Marcela, Hirsch Goldschmidt, Tomás, Lorenzini Basso, Pablo, Marzán Pinto, Carolina, Rosas Barrientos, Patricio, Walker Prieto, Matías, Winter Etcheberry, Gonzalo |
Materia | CORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19, DISTRIBUCION DE ALIMENTOS |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Proyecto
de
ley
que
modifica
la
Ley
N°
18.69
Orgánica
Constitucional
de
I
Municipalidades
para
habilitar
la
gestión
o
creación
de
servicios
encargados
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alimentos
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domicilios
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1.-
El
texto
actual
de
la
Orgánica
Constitucional
de
Municipalidades
dispone
el
marco
normativo
en
el
cual
desarrollan
su
función
los
distintos
Municipio
s
en
nuestro
país.
Cuestión
fundamental
cuando
consideramos
que
estas
instituciones
constituyen
la
capa
institucional
más
cercana
a
la
vida
de
las
personas
en
tanto
incide
en
cuestiones
domésticas
que
afectan
el
diario
vivir.
A
simismo,
los
Municipios
se
alzan
como
la
institución
por
excelencia
a
la
que
recurren
los
vecinos
que
enfrentan
eventualidades
en
distintas
esferas
de
sus
vidas,
propiciando
soluciones
desde
los
distintos
servicios
habilitados
con
los
que
cuentan
ya
sea
en
el
área
del
comercio,
violencia,
seguridad,
etc,
o
acercando
a
los
vecinos
a
otras
in
stituciones
que
los
puedan
ayudar.
A
partir
de
estas
premisas
descansa
la
idea
de
que
la
reacción
ante
catástrofes
a
nivel
local,
debe
ser
en
parte
coordinada
y
desplegada
por
los
Municipios.
2.
-
En
estos
momentos,
en
donde
la
Organización
Mundial
de
la
Salud
y
otros
organismos
internacionales
sugieren
medidas
drásticas
para
la
protección
de
la
salud
para
evitar
contagios
del
COVID
-
19,
la
colaboración
de
cada
una
de
las
instituciones
que
conforman
el
aparato
estatal
resulta
fundamental
para
efectos
de
prevenir,
educar
y
apoyar
a
las
personas.
En
períodos
de
catástrofe,
el
rol
de
los
Municipios
se
ve
acotado
por
el
Articulo
4°
de
la
en
su
letra
i)
que
señala
que,
en
el
ámbito
de
su
territorio,
los
Municipio
podrán
desarrollar
funciones
relacionadas
con:
"La
prevención
de
riesgos y la
pre
stación
de
auxilio
en
situacione
s
de
emergencia
o
catástrofes
. "
Entendemos
que
la
prevención
y
prestación
de
auxilio
en
situaciones
de
emergencia
o
catástrofes,
si
bien
son
vitales
en
estos
momentos,
son
solo
dos
opciones
dentro
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