Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para prohibir y sancionar toda alteración o modificación de los sistemas de escape o silenciador de los vehículos, por sobre los límites de las normas de emisión de ruido - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914515158

Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para prohibir y sancionar toda alteración o modificación de los sistemas de escape o silenciador de los vehículos, por sobre los límites de las normas de emisión de ruido

Fecha09 Marzo 2021
Fecha de registro09 Marzo 2021
Número de Iniciativa14078-15
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
Autor de la iniciativaAlessandri Vergara, Jorge, Bobadilla Muñoz, Sergio, Coloma Alamos, Juan Antonio, Fuenzalida Cobo, Juan, Hernández Hernández, Javier, Moreira Barros, Cristhian, Noman Garrido, Nicolás, Norambuena Farías, Iván, Urrutia Soto, Osvaldo, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
MateriaSILENCIADOR DE VEHÍCULOS
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL N° 1, DEL
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES, DEL AÑO 2009,
QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA
LEY DE TRÁNSITO, Y ESTABLECE SANCIONES ANTE LA ALTERACIÓN O
MODIFICACIÓN DE SILENCIADORES EN TUBOS DE ESCAPE.
I. IDEAS GENERALES.
La Constitución Política de la República, reconoce y ampara en su artículo 19 N° 8, a todas
las personas, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Este mandato
constitucional ha obligado al legislador a adoptar una serie de normativa tendiente a la
disminución de agentes contaminantes, incluyendo la contaminación acústica.
En efecto, tal como se señala dentro de los considerandos del Decreto N° 7, del año 2015,
del Ministerio de Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruido para vehículos
livianos, medianos y motocicletas, el tránsito vehicular es reconocido internacionalmente
como responsable de más del 70% del ruido ambiental de una ciudad, donde los vehículos
livianos, medianos y las motocicletas representan un gran aporte, dado por lo numeroso de
éstos en el parque vehicular. El aumento de la densidad poblacional así como del
crecimiento que experimentan los sistemas de transporte terrestre en los centros urbanos,
incluso pueden encarecer las medidas correctoras que se adopten en el futuro, por lo que
existe la necesidad de actuar en forma preventiva.
No obstante lo anterior, el legislador ha dictado una serie de normativas tendientes a
disminuir los ruidos molestos derivados del tránsito vehicular, estableciendo los límites de
decibeles permitidos para los ruidos de escape según tipo de vehículo, peso y cilindrada.
Por su parte, la ley de tránsito también se hace cargo de tal situación y establece
obligaciones sobre el uso de silenciadores en tubos de escape y otros.
09-03-2021
15:38

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