Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para prohibir y sancionar toda alteración o modificación de los sistemas de escape o silenciador de los vehículos, por sobre los límites de las normas de emisión de ruido
Fecha | 09 Marzo 2021 |
Fecha de registro | 09 Marzo 2021 |
Número de Iniciativa | 14078-15 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones |
Autor de la iniciativa | Alessandri Vergara, Jorge, Bobadilla Muñoz, Sergio, Coloma Alamos, Juan Antonio, Fuenzalida Cobo, Juan, Hernández Hernández, Javier, Moreira Barros, Cristhian, Noman Garrido, Nicolás, Norambuena Farías, Iván, Urrutia Soto, Osvaldo, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón |
Materia | SILENCIADOR DE VEHÍCULOS |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL N° 1, DEL
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES, DEL AÑO 2009,
QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA
MODIFICACIÓN DE SILENCIADORES EN TUBOS DE ESCAPE.
I. IDEAS GENERALES.
La Constitución Política de la República, reconoce y ampara en su artículo 19 N° 8, a todas
las personas, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Este mandato
constitucional ha obligado al legislador a adoptar una serie de normativa tendiente a la
disminución de agentes contaminantes, incluyendo la contaminación acústica.
En efecto, tal como se señala dentro de los considerandos del Decreto N° 7, del año 2015,
del Ministerio de Medio Ambiente, que establece norma de emisión de ruido para vehículos
livianos, medianos y motocicletas, el tránsito vehicular es reconocido internacionalmente
como responsable de más del 70% del ruido ambiental de una ciudad, donde los vehículos
livianos, medianos y las motocicletas representan un gran aporte, dado por lo numeroso de
éstos en el parque vehicular. El aumento de la densidad poblacional así como del
crecimiento que experimentan los sistemas de transporte terrestre en los centros urbanos,
incluso pueden encarecer las medidas correctoras que se adopten en el futuro, por lo que
existe la necesidad de actuar en forma preventiva.
No obstante lo anterior, el legislador ha dictado una serie de normativas tendientes a
disminuir los ruidos molestos derivados del tránsito vehicular, estableciendo los límites de
decibeles permitidos para los ruidos de escape según tipo de vehículo, peso y cilindrada.
obligaciones sobre el uso de silenciadores en tubos de escape y otros.
09-03-2021
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