Modifica la ley N° 19.995 que establece las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de los Casinos de Juegos, permitiendo la realización de bingos y rifas para fines benéficos.
Fecha | 02 Junio 2015 |
Número de Iniciativa | 10080-06 |
Fecha de registro | 02 Junio 2015 |
Etapa | Tramitación terminada Ley Nº 20.851 (Diario Oficial del 27/06/2015) |
Autor de la iniciativa | Coloma Alamos, Juan Antonio, Gahona Salazar, Sergio, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Hoffmann Opazo, María José, Kast Rist, José Antonio, Molina Oliva, Andrea, Nogueira Fernández, Claudia, Urrutia Bonilla, Ignacio, Ward Edwards, Felipe |
Materia | ACTIVIDADES BENÉFICAS, AUTORIZACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE CASINOS DE JUEGO, BINGOS, FUNCIONAMIENTO DE LOS CASINOS DE JUEGO, JUEGOS DE AZAR, RIFAS |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N° 19.995 que establece las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de los Casinos de Juegos, permitiendo la realización de bingos y rifas para fines benéficos.
Boletín N°10080-06
I.- IDEAS GENERALES.
Como es sabido los juegos de azar se encuentran por regla general prohibidos en nuestra legislación a partir de la clásica idea que constituyen una fuente de vicios, enfermedades y trastornos para nuestra sociedad. En esta lógica los fenómenos como la ludopatía o la adicción al juego son efectos del todo indeseables en nuestra nación y de acuerdo a ello es necesario combatirlos.
Es así como diversas mociones parlamentarias han tenido por objeto precisamente regular la actividad de los diversos casinos establecidos a lo largo de nuestro país en materia de ludopatía, consagrando mecanismos tendientes a restringir o prohibir el ingreso de personas que padecen de esta anomalía a tales recintos. Las sociedades en este sentido se orientan a través de sus normas jurídicas a evitar tales flagelos y por lo mismo tales mociones poseen una clara orientación restrictiva.
De conformidad a la ley 19.995 Corresponde al Estado determinar, en los términos previstos en esta ley, los requisitos y condiciones bajo los cuales los juegos de azar y sus apuestas asociadas pueden ser autorizados, la reglamentación general de los mismos, como también la autorización y fiscalización de las entidades facultadas para desarrollarlos, todo lo anterior, atendido el carácter excepcional de su explotación comercial, en razón de las consideraciones de orden público y seguridad nacional que su autorización implica. De acuerdo a lo anterior es el Estado el encargado de regular y autorizar pormenorizadamente la actividad de azar consagrándose por lo mismo una legislación restrictiva en la materia.
Sin perjuicio de lo anterior, no es menos cierto que nivel comunal y vecinal como una factor de encuentro entre las personas se han generado instancias de participación en donde el...
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