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Modifica la ley N° 19.451, con el objeto de incentivar la donación de órganos.

Fecha20 Junio 2018
Número de Iniciativa11849-11
Fecha de registro20 Junio 2018
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.145 (Diario Oficial del 12/03/2019)
Autor de la iniciativaAravena Acuña, Carmen Gloria, Girardi Lavín, Guido, Kast Sommerhoff, Felipe, Quintana Leal, Jaime
MateriaCOMISIÓN NACIONAL DE TRANSPLANTES, DONACIÓN UNIVERSAL, DONACIONES DE ÓRGANOS, DONANTE UNIVERSAL, DONANTES DE ÓRGANOS, VOLUNTAD DEL DONANTE
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín N° 11.849-11


Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Girardi, señora Aravena y señores Kast y Quintana, que modifica la ley N° 19.451, con el objeto de incentivar la donación de órganos.



A. FUNDAMENTOS


I. Resumen situación


El año 1996 se promulga la Ley N° 19.451 con el objeto de regular la extracción de órganos tanto a donantes vivos como a personas en estado de muerte, creando además la Comisión Nacional de Trasplante de Órganos. Catorce años más tarde, en el año 2010, como efecto del bajo número de donantes registrados en el país en comparación con el resto de la región y el mundo, se introduce la primera modificación a la ley original mediante la Ley N° 20.413 con que se instaura el sistema de donante universal. Mediante esta modificación todas las personas pasaron a ser donantes, con excepción de aquellas que manifestaren expresamente su deseo de ser No Donante ante el Registro Civil con la obtención o renovación de la cédula de identidad o licencia de conducir.


En el año 2011, dieciocho meses después de establecida la universalidad de las donaciones, el Departamento de la Evaluación de la Ley de la Cámara de Diputados entregó un informe sobre la aplicación de la Ley N° 20.413. Y las cifras fueron alarmantes: durante el año 2010 se registraron únicamente 92 casos de donantes efectivos, el número más bajo desde la creación de la Ley original. El nuevo sistema de manifestación de voluntad resultó a todas luces desacertado.


Con el fracaso de la modificación de esa ley, se introdujo en 2013 un nuevo proyecto que buscó revertir la situación. Para ello se mantuvo la figura del donante universal pero modificó la forma de expresar la voluntad de ser no donante, estableciendo que dejará de serlo la persona que manifieste expresamente su negativa ante notario público.


Para el año 1998, el primero en que se pudo medir el impacto de la legislación en la materia, el país presentaba una tasa de 7,7 donantes efectivos por millón de habitantes. Hoy, dos décadas y dos modificaciones a la ley después, las proyecciones apuntan a que este año superaremos por poco la mitad de esa cifra. ¿Cómo hemos llegado a esto pese a que se han hecho dos modificaciones cuyo espíritu es incentivar la donación de órganos? Son varias las razones.


II. Desglose del fracaso


1) El problema de la manifestación de voluntad ante el Registro Civil


Para comprender la contradictoria situación ocurrida con la modificación a la ley, se encuentra la explicación en el desconocimiento generalizado de la población y la imposibilidad para los


ciudadanos de adoptar una voluntad certera e informada sobre la disposición de los propios órganos a la hora de la muerte cuando se estaba yendo a hacer un trámite muy distinto: renovar su cédula de identidad o su documento para conducir.


Para el año 2011, el 87% de las personas que fueron a renovar su carné de identidad manifestaron su voluntad de no ser donantes (son, aproximadamente a esa fecha 1.600.000 personas). Las instancias para manifestar la voluntad cuando se renuevan documentos de identidad o de conducir, respectivamente, donde probablemente las personas no están preparadas para hacer la consulta, por lo que estima necesario tener otra instancia para hacer la consulta sobre si una persona quiere o no ser donante.


Con aplicación de dicho sistema, en el período comprendido entre los meses de enero de 2010 y septiembre de 2013 se inscribieron en el registro nacional de No Donantes 3.889.711 personas. Entre octubre de 2013 y mayo de 2017, bajo el nuevo sistema de declaraciones notariales de voluntad, donde se comenzaba a hacer reflexivamente, sólo se inscribieron 11.551 personas.



2) Nueva modificación: Ley 20.673


Ante las catastróficas cifras que se obtuvieron bajo la aplicación de la nueva ley, fue urgente para los legisladores introducir nuevas modificaciones a la Ley 19.451. Para eso mantuvo la figura del donante universal pero modificó la forma de expresar la voluntad de ser No Donante, estableciendo que dejará de ser donante la persona que presente documentación fidedigna, otorgada ante notario público, en la que conste que en vida manifestó su voluntad de no ser donante. El notario deberá remitir esa información al Servicio de Registro Civil e Identificación que deberá incorporar a la persona al Registro Nacional de No Donantes.


Con ello se buscó obstaculizar la negativa a donar órganos, pero sin quererlo, se definió el nefasto futuro de la donación en Chile que nos tiene con cifras críticas. Los problemas fueron:


i. No se dejó sin efecto la voluntad irreflexiva expresada en el Registro Civil por quienes fueron a hacer el trámite de renovar u obtener carnet. Esto dejó sentenciados al Registro de No Donantes a casi 4 millones de adultos, que representan poco menos de un tercio de la población potencialmente donante. Para peor, se estableció que todos quienes quieran salirse de dicho sistema, deben hacerlo conforme a las nuevas reglas del juego: Mediante una declaración jurada ante notario.


- Primero se aplica un sistema en que queda totalmente demostrado que incentiva la negativa injustificada e irreflexiva a donar órganos, por el que ingresan 4 millones de









personas a un registro del que no tienen mucha idea significa y que los aleja de la posibilidad de donar.


- Segundo, con la modificación de la Ley, ese simple (e irreflexivo) paso para ser No Donante se perpetúa cuando se impone la...

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