Modifica la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, con el objeto de facilitar la inserción de los discapacitados al trabajo. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914515170

Modifica la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, con el objeto de facilitar la inserción de los discapacitados al trabajo.

Fecha10 Octubre 1995
Número de Iniciativa1715-06
Fecha de registro10 Octubre 1995
EtapaArchivado
Autor de la iniciativaRuiz De Giorgio, José
MateriaDISCAPACITADOS, ESTATUTO ADMINISTRATIVO
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción
Boletín Nº 1715-06


Boletín Nº 1715-06.


Moción del H. Senador señor Ruiz De Giorgio, con la que inicia un proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, con el objeto de facilitar la inserción de los discapacitados al trabajo.




FUNDAMENTOS




El artículo 3 de la Ley Nº 19.284 señala que se considera persona con discapacidad "a toda aquélla que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizado en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social"


Esta menor capacidad productiva, se convierte para las personas con discapacidad en un verdadero escollo para obtener algún empleo. Sin embargo debemos reconocer que existen muchas ocupaciones que pueden ser desarrolladas en forma eficiente por las personas que sufren una discapacidad.


En gran medida este proyecto se hace eco y pretende materializar las buenas intenciones de la norma contenida en el artículo 37 de la Ley antes citada, que dispone que ”El Estado, a través de sus organismos pertinentes, creará condiciones y velará por la inserción laboral de las personas con discapacidad a objeto de asegurar su independencia, desarrollo personal, ejercicio del derecho a constituir una familia y a gozar de una vida digna."


El Estado, a través de su calidad de empleador, puede y debe contribuir a los objetivos de este proyecto de ley, posibilitando el ingreso de las personas discapacitadas a la Administración Pública. En esto le cabe al Estado una suerte de función ejemplarizadora en la iniciativa que, a este respecto, puedan tomar las empresas del sector privado.


El espíritu de este proyecto no es otro que dar un tratamiento preferente a aquellas personas que, por razones físicas, encuentran serias dificultades para incorporarse a la vida social y particularmente al mundo del trabajo. Esta discriminación, en ningún caso es arbitraria, sino justa y necesaria, pues responde a un imperativo ético del Estado y de la sociedad en general. Así, el proyecto de ley que presento para vuestra aprobación, guarda perfecta armonía con el artículo 1º de la Carta Fundamental que declara y reconoce que “Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y que “El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”


De acuerdo al Estatuto Administrativo, ley 18.834, uno de los requisitos para ingresar a la Administración Pública es tener salud compatible con el cargo; en la práctica, esto se convierte en una limitación para quienes sufren alguna incapacidad física, no obstante, tener las aptitudes necesarias para desempeñar el cargo de que se trate.


Con el objeto de flexibilizar el aludido requisito de ingreso a la Administración Pública, se propone agregar al articulo 11, letra c) de la ley 1S.S34 nuevos incisos que consideran las ideas aquí expuestas.


Por un lado, se recoge la definición de persona con discapacidad que entrega el artículo 3 de la Ley Nº 19.284 que establece normas para la plena...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR