Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914500111

Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los consejos comunales y los planes comunales de seguridad pública

Fecha24 Septiembre 2014
Número de Iniciativa9601-25
Fecha de registro24 Septiembre 2014
EtapaTramitación terminada Ley N° 20.965 (Diario Oficial del 04/11/2016)
MateriaCONSEJOS COMUNALES, MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, MUNICIPIOS, PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 18.695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, Y LA LEY N° 20.502, QUE CREA EL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, PERMITIENDO LA CREACIÓN DE LOS CONSEJOS COMUNALES Y LOS PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA.


SANTIAGO, 9 de septiembre de 2014.-





MENSAJE 463-362/




Honorable Cámara de Diputados:

A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS.

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto modificar la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo la creación de los Consejos Comunales y los Planes Comunales de Seguridad Pública.
  1. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

En el ámbito de la seguridad hay consenso sobre que, a nivel local, existen oportunidades para ejercer políticas públicas eficaces en materia de prevención del delito, disminución de la violencia y el temor.


Las Municipalidades son los órganos públicos que tienen la mayor cercanía con la población, lo que les permite encauzar adecuadamente el sentir de la sociedad civil, de gran importancia al momento de adoptar mecanismos de solución en esta materia, pues son los ciudadanos y ciudadanas quienes conocen mayormente cuál es su realidad cotidiana y cuáles son los problemas particulares que se plantean con mayor frecuencia en su territorio.


Asimismo, y a diferencia de lo que ocurre a nivel del gobierno central, en que los organismos públicos se especializan en un área determinada (salud, educación, seguridad pública, etc.) y desarrollan mecanismos de solución de conflictos sociales de manera sectorial, en el ámbito comunal es posible abordar políticas sociales de manera integral, lo que resulta relevante dado el carácter multicausal del delito y la violencia.


Por lo anterior, es esperable y deseable fortalecer el rol del municipio en el ámbito de la seguridad y propender a que, aquellos proyectos que se impulsen desde la administración local en esta materia, se evalúen tomando especialmente en cuenta la opinión de los ciudadanos y ciudadanas, y así incrementar el nivel de coordinación entre éstos y las instituciones públicas locales.


Lo anterior ha sido reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, institución que “ha avanzado en el desarrollo de iniciativas de cooperación descentralizada que buscan fortalecer las capacidades locales para garantizar la seguridad de la ciudadanía latinoamericana”. (Informe Regional de Desarrollo Humano 2013-2014 “Seguridad Ciudadana con rostro humano: diagnóstico y propuestas para América Latina”, Programa de Naciones Unidas”).


Cabe señalar, además, que la experiencia comparada da cuenta que diversos países europeos han adoptado políticas de seguridad que incorporan prioridades locales; consideran los diagnósticos que sobre este ámbito realiza la sociedad civil y fortalecen la coordinación entre los ciudadanos y las instituciones a cargo de la seguridad. Tal como lo señalan Chalom, Leonard, Vanderschueren y Vezina, en Francia se han diseñado políticas proactivas locales viables, con la participación de todos los actores del ámbito de la seguridad y prevención, tales como alcaldes, representantes políticos locales, planificadores y administradores urbanos, ciudadanos, policías, etc. En Gran Bretaña, en tanto, se ha puesto en práctica la asociatividad local entre los servicios policiales y las entidades territoriales y mediante la Ley sobre Criminalidad y Desorden (Crime and Disorder Act), promulgada en 1998, se estipuló que los gobiernos municipales y los 43 servicios de policías regionales, que cubren la totalidad del país, deben elaborar conjuntamente estrategias locales de reducción de la criminalidad e inseguridad.


En América Latina, en tanto, también se han adoptado políticas similares. Así, en Brasil existen los CONSEG (Consejos de Seguridad), que son grupos de personas del mismo barrio o municipio que se reúnen para discutir, analizar, planificar y proponer las soluciones de sus problemas comunitarios de seguridad, desarrollan campañas educativas y estrechan lazos de entendimiento y cooperación entre los diversos líderes comunitarios. Asimismo, en Colombia, se ha establecido al alcalde como una autoridad con vinculaciones profundas con el orden público, asumiendo el liderazgo y la coordinación de la política pública de seguridad ciudadana en la ciudad. Esto permitió darle prioridad radical a la protección de la vida e impulsar proyectos innovadores que mejoraron la convivencia, la seguridad ciudadana y la coordinación interinstitucional.

  1. EL CASO CHILENO Y LA VINCULACIÓN CON EL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

Por su parte, en nuestro país, siguiendo la experiencia comparada y de los órganos internacionales en esta materia, los gobiernos de la Concertación de Partidos por la Democracia (1990-2010) pusieron énfasis en atacar la criminalidad a nivel local. En este contexto, se crearon diversos programas y planes de seguridad que han tenido por objeto fortalecer la labor de los municipios en materia de seguridad, dentro de los cuáles se han implementado Consejos Comunales de Seguridad, aunque estos actualmente no tienen consagración legal.


Por lo anterior, el Gobierno busca poner énfasis en el desarrollo de políticas públicas que tengan por objeto priorizar el establecimiento de medidas de seguridad a nivel de barrios y comunas, fortalecer el rol de los Municipios en este ámbito y propender a la adecuada coordinación interinstitucional.


Coincidente con lo señalado en el párrafo precedente, las policías de nuestro país han desarrollado en el último tiempo planes y mecanismos que dan cuenta de la importancia de lo local en materia de seguridad. En ese contexto, Carabineros de Chile ha implementado una Plataforma de Análisis Criminal (PACIC) que ha sido diseñada y complementada por el Departamento de Análisis Criminal que pertenece a la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de dicha institución. Esta plataforma ofrece un acceso más eficiente, rápido y sencillo a los datos reunidos y procesados por ese organismo y, en el último tiempo, ha incorporado indicadores locales, tales como datos y mediciones provenientes de subcomisarías, tenencias y retenes, lo que representa una mejoría en la gestión a nivel local y posibilita la toma de decisiones eficientes por parte de Carabineros de Chile. Cabe señalar que esta Plataforma se nutre de la información que proporciona la misma comunidad.


Ahora bien, durante el presente año se ha comenzado a implementar una de las líneas programáticas del Gobierno, el Plan Nacional de Seguridad Pública y Prevención de la Violencia y el Delito, “Seguridad para Todos”, por medio del cual se propone, entre otras cosas, articular una oferta programática integral y adaptada a las necesidades de cada una de las 346 comunas del país, estableciendo como una de sus herramientas el “Plan Comunal de Seguridad Pública”, el que, en primera instancia, focalizará una inversión en las 74 comunas con mayor inseguridad de nuestro país.


Además, la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mantiene una Unidad de Apoyo a la Gestión Municipal, cuyo objetivo es proporcionar asesoría técnica y metodológica para que las comunas puedan acceder a distintas fuentes de financiamiento para la ejecución del Plan Comunal de Seguridad Pública respectivo.


En este mismo sentido, los Consejos Regionales de Seguridad Pública constituyen otra herramienta de apoyo, asesoría y evaluación de los planes de Seguridad del nivel local.

  1. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
  1. Fortalecimiento del rol municipal en la seguridad pública.

Como reflejo del incremento cualitativo del rol de las Municipalidades en materia de seguridad pública, se auspicia la modificación de la letra j), del artículo , de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de cambiar el rol de apoyo y fomento en medidas de prevención en seguridad ciudadana, para otorgarles un rol en tareas activas de desarrollo, implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social, situacional y de reinserción social y la adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal.

  1. Establecimiento de un plan...

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