Modifica la ley de alcoholes. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914508325

Modifica la ley de alcoholes.

Fecha02 Enero 2007
Número de Iniciativa4777-11
Fecha de registro02 Enero 2007
EtapaArchivado
MateriaALCOHOLES
Autor de la iniciativaCristi Marfil, María Angélica, Egaña Respaldiza, Andrés, Kast Rist, José Antonio, Lobos Krause, Juan, Uriarte Herrera, Gonzalo
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Modifica la ley de alcoholes

Modifica la ley de alcoholes

Boletín N° 4777&8209;11


Modifica la ley de alcoholes

Boletín N° 4777&8209;11


FUNDAMENTOS.


I. La aplicación de la Ley N° 19.925 , Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, por los Juzgados de Policía Local ha evidenciado algunos de sus vacíos, que permiten a los propietarios de patentes de alcoholes, empresarios, regentes e incluso empleados de establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, utilizar resquicios para evitar la responsabilidad solidaria que consagra el artículo 51 del cuerpo; y para entorpecer o demorar la sustanciación de los procesos, por un vacío legal en materia de emplazamiento y del registro de la patente en la Dirección de Rentas Municipales en caso de arriendo o subarriendo.


II.&8209; El artículo Primero propuesto, tiene por objeto sustituir el inciso 2° del artículo de la Ley N° 19.925 , para ampliar la norma a fin de evitar que, por la vía del arriendo de la patente u otra forma de posesión o tenencia de la misma, se desconozca quien es el empresario que explota el negocio. Si, además, este es una persona jurídica, más importante es conocer dicha inscripción.


III.&8209; El artículo Segundo propuesto, tiene por objeto terminar con la practica de evitar el emplazamiento, por la vía de alegar que la persona notificada no es el propietario ni el administrador o regente del establecimiento. Esta situación tiene lugar en la práctica cuando, concertados previamente, los mozos y el regente del bar o restaurante, responden a !os fiscalizadores que el propietario o regente no está y cualquiera de los empleados señala que él es el administrador.


IV.&8209; El artículo tercero tiene por finalidad otorgar al juez de Policía Local la facultad de entrada y registro de un establecimiento de expendio o consumo de bebidas alcohólicas, en los casos de contravención del artículo 14 de la ley de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Ello resulta necesario para el establecimiento de los hechos, puesto que en el juicio de policía local las diligencias probatorias deben decretarse y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR