Modifica Código Penal y tipifica como falta el ensuciar o provocar daños en playas, riberas de río, lagos y parques nacionales. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914517148

Modifica Código Penal y tipifica como falta el ensuciar o provocar daños en playas, riberas de río, lagos y parques nacionales.

Fecha02 Marzo 2012
Número de Iniciativa8179-07
Fecha de registro02 Marzo 2012
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.123 (Diario Oficial del 10/12/2018)
Autor de la iniciativaColoma Correa, Juan Antonio, Horvath Kiss, Antonio, Larrain Peña, Carlos, Novoa Vásquez, Jovino, Prokurica Prokurica, Baldo
MateriaCÓDIGO PENAL, DAÑOS A LA PROPIEDAD PÚBLICA, DAÑOS EN PARQUES NACIONALES, DAÑOS EN PLAYAS, RÍOS Y LAGOS
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Moción

Boletín N° 8.179-07


Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Prokurica, Coloma, Horvath, Larraín Peña y Novoa, que modifica el Código Penal y tipifica como falta el ensuciar o provocar daños en playas, riberas de río, lagos y parques nacionales.


Según el artículo 594 del Código Civil, se entiende por playa del mar la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan las más altas mareas. Este mismo cuerpo normativo señala, que las playas al igual que las riberas de lagos y ríos son bienes nacionales de uso público o bienes públicos. Esto implica que el dominio y su uso pertenecen a todos los habitantes de la nación. Por lo tanto, no existen las playas privadas en ninguna región de nuestro país.


En nuestro país se ha llegado a determinar, a partir de distintos estudios, que la generación de residuos en las playas mismas proviene principalmente de fuentes locales cercanas a las playas. En la Encuesta Nacional de la Basura en las Playas realizada por la Universidad Católica del Norte, en colaboración con el Middlebury College, y el Centro de Estudios Avanzados en Zonas Áridas de Coquimbo, "Muestreo Nacional de la Basura en las Playas", se identificó que la basura de las playas de Chile está compuesta en su mayoría por materiales plásticos que provienen principalmente de fuentes locales. Esto demostró que las comunidades cercanas a las costas y a los ríos son las que ensucian sus playas y, por lo tanto, para disminuir la cantidad de basura son las mismas comunidades las que podrían solucionar el problema. A este problema, se agrega la cantidad de veraneantes en todo el país que en riberas de ríos y lagos además del borde costero, en la época estival elevan la cantidad de desechos contaminantes en estos bienes públicos Patrimonio de todos los chilenos.


El estudio realizado por estas Instituciones, reveló que chilenos están dispuestos a pagar multas por ensuciar playas, siendo en promedio 30 mil pesos, lo que los encuestados consideraron como un mínimo justo de pagar. Uno de cada cuatro chilenos reconoció botar basura en la playa. La investigación reveló que los chilenos están dispuestos a ser sancionados por botar desperdicios en las playas del país.


La responsabilidad de poder encontrar las respuestas y soluciones a preguntas de qué hacer con la basura, cómo sancionar, cómo retirar y reparar el daño que causan los mismo ciudadanos, que son quienes reclaman espacios públicos de recreación, debiera ser el primer paso esencial para el diseño y la generación de líneas de acción que ayuden a resolver el problema de la basura en las playas y en el medioambiente.


Los chilenos saben que son ellos mismos los que contribuyen al problema y esto en realidad es muy bueno, porque desde ahí hay un pequeño paso para convencer a la gente a hacer algo.


Esta iniciativa, si bien pretende establecer que la sanción que sea efectiva, ya sea pecuniaria o alternativa en trabajo comunitarios de limpieza, sea aplicable a toda aquella persona que ensucie y contamina una playa.


Esta medida sería el dar inicio a un programa de educación permanente, ya que existe la necesidad de educar y crear hábito en aspectos de urbanidad en la ciudadanía y sobre todo promover la práctica activa y proteger el patrimonio de todos.

Todo lo anterior, se plantea en el marco de poder sancionar un mal hábito individual que repercute y ocasiona un daño a la comunidad en general y a la sociedad al vulnerar el derecho de las personas a disfrutar de un ambiente limpio en dentro de un bien público que se encuentra bajo administración de el Estado. Por lo que es esencial que, junto con esta medida, se promueva una práctica dentro del núcleo más cercano, la familia, el colegio, el entorno social, para crear conciencia del daño visual y en el tiempo permanente que se ocasiona al espacio público, en este caso las playas de Chile.


Revisando la normativa existente, el artículo 485 numeral 6 del Código Penal, señala que se castigará con la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales a los que causaren daño, cuyo importe exceda de cuarenta unidades tributarias mensuales en puentes, caminos, paseos u otros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR