Modifica el Código Penal y la Ley General de Servicios Eléctricos, para agravar las penas asociadas a los delitos de robo, hurto y receptación de cables, y fijar un plazo máximo para la reposición del servicio a los usuarios afectados por las interrupciones que aquellos provoquen - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914511652

Modifica el Código Penal y la Ley General de Servicios Eléctricos, para agravar las penas asociadas a los delitos de robo, hurto y receptación de cables, y fijar un plazo máximo para la reposición del servicio a los usuarios afectados por las interrupciones que aquellos provoquen

Fecha28 Julio 2021
Número de Iniciativa14499-07
Fecha de registro28 Julio 2021
Autor de la iniciativaAlessandri Vergara, Jorge, Amar Mancilla, Sandra, Baltolu Rasera, Nino, Coloma Alamos, Juan Antonio, Fuenzalida Cobo, Juan, Hernández Hernández, Javier, Noman Garrido, Nicolás, Norambuena Farías, Iván, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A DIVERSOS
CUERPOS LEGALES, AGRAVA LAS PENAS APLICABLES A LOS DELITOS
DE ROBO, HURTO Y RECEPTACIÓN DE CABLES, Y ESTABLECE LA
OBLIGACIÓN PARA LA COMPAÑÍA ELÉCTRICA, DE REPONER EL
SERVICIO EN EL TIEMPO QUE INDICA.
I. Historia de la ley.
El año 2006, mediante moción, se tramitó un proyecto de ley que tenía como objetivol
agravar las sanciones para el delito de el robo de cable. Lo anterior, por cuanto se había
producido un aumento sostenido del robo de cables y del delito de receptación de
metales, especialmente del cobre, cuestión que se debía al buen precio que alcanzaba
este metal en el mercado formal e informal, lo que sumado al baja penalidad de estos
tipos penales, permitía una comisión de los mismos -practiacamente- en esferas de
impunidad.
Así, las cosas, tras dos años de tramitación legisltiva, el año 2008 se promulga la ley N°
20.273, que establece nuevas penas para este tipo penal en cuestión, disponiendo:
- Se sancionará con presidio menor en sus grados medios a máximos, el robo de
cables que se encuentren en bienes nacionales de uso público o en sitio no
destinado a la habitación si el autor hace uso de llaves falsas o verdaderas que
se hayan substraído, de ganzúas u otros instrumentos semejantes o si se
procede, mediante fractura de puertas, vidrios, cierros, candados u otros
dispositivos de protección o si se utilizan medios de tracción.
Si producto de lo anterior anterior, se produce además la interrupción o
interferencia del suministro eléctricola pena se aplicará en su grado máximo.
- El hurto de cosas que forman parte de las redes de suministro de servicios
eléctricos, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo.
Si a raíz de lo anterior, se produce la interrupción o interferencia del servicio,
la pena se aplicará en su grado máximo.
- Receptación de cosas que forman parte de la redes de suministro eléctrico, se
impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo y multa de cinco a
veinte unidades tributarias mensuales.
28-07-2021
18:49

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