Modifica el Código Civil en lo relativo a la obligación alimenticia que pasa a los abuelos - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914513595

Modifica el Código Civil en lo relativo a la obligación alimenticia que pasa a los abuelos

Fecha15 Diciembre 2021
Número de Iniciativa14761-18
Fecha de registro15 Diciembre 2021
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de la Mujer y Equidad de Género
Autor de la iniciativaCastillo Muñoz, Natalia, Hernando Pérez, Marcela, Mellado Pino, Cosme, Meza Moncada, Fernando, Moraga Mamani, Rubén, Pérez Arriagada, José, Rocafull López, Luis, Rubio Escobar, Patricia, Saffirio Espinoza, René, Sepúlveda Soto, Alexis
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 232 DEL CÓDIGO CIVIL
EN LO REFERENTE AL PAGO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS POR PARTE DE
LOS ABUELOS.
Considerando
1.- Como destaca la Biblioteca del Congreso Nacional la pensión de alimentos es la “Es la
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obligación de dar alimentos, fijada o aprobada judicialmente. Tratándose de niños, niñas y
adolescentes, incluye además, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna
profesión u oficio.” Los hijos e hijas son beneficiarios de esta hasta que cumplen 21, y
cuando estén estudiando una profesión u oficio esta cesará a los 28, del mismo modo si
tienen alguna incapacidad física o mental que los inhabilite.
En cuanto a los montos, el mínimo de este será el equivalente al 40% de un ingreso mínimo
cuando se trate de un solo hijo. Si tiene más de uno será el 30% de un ingreso mínimo por
cada uno. Mientras que el máximo no podrá sobrepasar el 50% de los ingresos totales,
salvo que existan razones para fijar sobre ese límite.
Sobre las consecuencias del no pago de la pensión de alimentos estan las cuales puede
ordenar el juez competente:
1. Suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.
2. Retener su devolución a la renta.
3. Castigar a quien colabore en el ocultamiento del demandado con el fin de
impedir su notificación o el cumplimiento de sus obligaciones parentales, con
la pena de reclusión nocturna hasta por 15 días.
1vease Bibliteca Congreso Nacional https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/pension-alimenticia-para-menores
15-12-2021
12:14

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