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Modifica el Código Civil en materia de tramitación de muerte presunta de personas desaparecidas en el mar durante faenas de pesca

Fecha14 Abril 2016
Número de Iniciativa10624-07
Fecha de registro14 Abril 2016
Autor de la iniciativaBerger Fett, Bernardo, Campos Jara, Cristián, Espinoza Sandoval, Fidel, Flores García, Iván, Fuentes Castillo, Iván, Hernando Pérez, Marcela, Morano Cornejo, Juan Enrique, Núñez Arancibia, Daniel, Pacheco Rivas, Clemira, Ulloa Aguillón, Jorge
MateriaCÓDIGO CIVIL, DESAPARECIDOS EN EL MAR, FAENAS DE PESCA
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



Modifica el Código Civil en materia de tramitación de muerte presunta de personas desaparecidas en el mar durante faenas de pesca

10624-07




Antecedentes:



Encabezan los periódicos de la región del Bío Bío, titulares referidos a una situación, que hasta el momento descansaba en el silencio y dolor de algunos pocos.


Con letra grande, y reflejando una realidad oculta, señalan; “ EL DESAMPARO DE LAS VIUDAS QUE ESPERAN FRENTE AL MAR” - “ HASTA 40 AÑOS ESPERAN FAMILIARES DE PESCADORES QUE SE PERDIERON EN EL MAR PARA ACREDITAR SUS MUERTES” – “DICEN EXIGIR COMPROMISOS DE AUTORIDEADES VIUDAS DE PESCADORES”.


Lo anterior, no es sino la situación que viven los deudos de pescadores desaparecidos en el Mar, quienes por largos años guardaron bajo un secreto el consuelo de búsqueda de justicia y protección, para aquellos seres queridos que partieron un día, sin retorno hasta hoy.


En el año 20141, en la comuna de Talcahuano se forma una organización con anhelos comunes, con esperanzas y deseos que inspiran su actuar, esto es la necesidad imperiosa de aunar voluntades para buscar soluciones concretas a las problemáticas humanas y sociales que enfrentan las familias al desaparecer trágicamente el pescador en el Mar.


Esta agrupación abarca un universo de personas, lo que involucran distintos sectores de la Península de Tumbes, entre ellos se encuentra la Población Los lobos, Cerro La Gloria, entre otros. Sin considerar la presencia de esta realidad en otras zonas costeras de nuestro país, puesto que aún no existen antecedentes de ello.


Tras un trabajo organizado, la citada agrupación ha establecido sus objetivos claro, los que considera los siguientes aspectos:





1.- Lograr una anhelada pensión para las viudas de pescadores y sus familias:


Más de 40 años en algunos casos, se encuentran las viudas y familiares de pescadores desaparecidos sin percibir ningún tipo de ingreso, el cual era proporcionado por el principal proveedor del sustento. Ello, acarreo fuertes deserciones escolares de los hijos/as, quienes a temprana edad tuvieron que tomar el lugar de sus padres, “ entrar en el mar”, para otorgar el alimento a sus madres y hermanos, sin embargo ello propicio el circulo de pobreza entre los familiares, puesto que cerro oportunidades laborales y educacionales.

2.- Rescate de la pertenencia material del espacio de duelo de las familias de pescadores.

En palabras de la propia agrupación, los Cementerios Simbólicos vienen en “acoger la espera y plegaria de la gente de mar”, los cuales son espacios familiares de reencuentro y saneamiento del dolor, es un proceso de termino inmerso en un rito funerarios que recoge la tradición, manteniendo una costumbre que responde a nuestra cultura accidental frente al hecho de la Muerte.


3.- Enmendar el abandono social y humano por parte del Estado:


La Agrupación busca obtener una mejor calidad de vida para las socias y socios. Para ello, se han generado gestiones en mesas de trabajo con autoridades jurídicas, de salud, organismos sociales, culturales y gubernamentales con el claro objetivo de disminuir la situación de vulnerabilidad en la cual se puedan encontrar, haciendo frente a la inequidad social y cultural desarrollando una red de acción.


Cabe tener en cuenta que, frente a los casos de pescadores desaparecidos en la Mar, se genera una incertidumbre ante este hecho natural. Por ello, el ordenamiento jurídico debe responder entregando certeza jurídica ante situaciones desapariciones de personas, es decir ¿Cómo enfrenta el Estado, regulando mediante la normativa la situación de los desaparecidos en circunstancias fortuitas o fuerza mayor?


En este contexto, viene el Código Civil en regular la solución para ello, remitiéndonos al Trámite judicial de Muerte Presunta , el cual proporciona , y solo para efectos jurídicos – administrativos , una integración normativa frente a las consecuencias ( Derechos- Obligaciones- Facultades)que genera el desaparecimiento de las personas en casos como los mencionados.


El trámite judicial de Muerte Presunta, regulada en el Código Civil Libro I “De las Personas”, Título I Capitulo 3. “De la Presunción de Muerte por Desaparecimiento”, contempla un procedimiento no contencioso, con una serie de diligencias las cuales comienzan con los plazos de ausencia requeridos por la normativa actual, exigiendo al menos cincos años para iniciar la solicitud de declaración Muerte Presunta, luego publicaciones de la citación del desaparecido en diarios oficiales y locales, informe del Defensor de Ausentes.

Así, una vez cumplidos todas estas diligencias judiciales, el Juez con competencia en lo Civil deberá declarar el día presuntivo de muerte mediante la dictación de la Sentencia Definitiva.

En la práctica estas diligencias suelen ser engorrosas y dilatorias, toda vez que el tiempo de ausencia del desaparecido es prolongado, luego la duración de la tramitación judicial involucra un espacio de tiempos superior a un año, trayendo como consecuencias necesaria la desmotivación y abandono de los familiares en la tramitación, dejando el pronunciamiento judicial en la deriva.


El trámite judicial de Declaración de Muerte Presunta, ha sido materia de análisis para esta diputación, la incertidumbre natural y jurídica que genera frente a los múltiples pescadores desaparecidos en el Mar, toda vez que el dolor que acarrea la muerte de un ser querido es un hecho complejo, lo cual se agrava aún mas no cuando el cadáver no hubiese sido hallado o no fuese posible su identificación, lo que periodos prolongados de duelos extendidos en el tiempo.


Antecedentes Legales Históricos:

Mediante antecedentes entregados por la Agrupación de Viudas y Familiares de Pescadores Artesanales Desaparecidos en el Mar, existen antecedentes históricos que dicen relación con la preocupación y compromisos que asumieron distintas autoridades de la época en enfrentar esta situación, a fin de dar una certeza jurídica, con soluciones concretas.


Dable es mencionar la intervención en hora de incidentes que sostuvo el senador Allende2, referida a una visita en el Puerto de...

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