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Modifica el Código Civil para excluir a Bomberos de Chile del ámbito de aplicación del Título XXXIII del Libro Primero del citado cuerpo legal

Fecha30 Septiembre 2015
Número de Iniciativa10320-22
Fecha de registro30 Septiembre 2015
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión Especial de Bomberos
Autor de la iniciativaFernández Allende, Maya, Hasbún Selume, Gustavo, Kort Garriga, Issa Farid, Norambuena Farías, Iván, Núñez Arancibia, Daniel, Ojeda Uribe, Sergio, Robles Pantoja, Alberto, Ulloa Aguillón, Jorge, Ward Edwards, Felipe
MateriaBOMBEROS DE CHILE, CÓDIGO CIVIL, CUERPO DE BOMBEROS DE CHILE, JUNTA NACIONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



Modifica el Código Civil para excluir a Bomberos de Chile del ámbito de aplicación del Título XXXIII del Libro Primero del citado cuerpo legal

Boletín N°10320-22



I.- IDEAS GENERALES.

Con la entrada en vigencia de la ley 20.564 Marco de Bomberos, se consagra una nueva normativa, mucho más protectora de los intereses de esta corporación, robusteciendo con ello su peso institucional en nuestro país, situación que redunda en una mayor profesionalización de la actividad y un estatuto jurídico que permeó ciertas demandas históricas al interior de esta entidad.

En este sentido nos parece que esta normativa vino a consagrar un acto de justicia con esta noble institución, consagrando como pocas veces un reconocimiento por parte del Estado de Chile a esta importante labor que manifiesta los valores más preciados de nuestro país como lo es el altruismo, la generosidad, el espíritu y disciplina de equipo, la solidaridad, entre otros como elementos fundantes de esta organización.

De acuerdo a la historia de la ley 20.564, en la actualidad existen son 311 Cuerpos de Bomberos, que conformados por una o más compañías, prestan sus servicios en una comuna o agrupación de comunas, integrados por cerca de 38.000 bomberos voluntarios, de los cuales 4.000 son mujeres. Están distribuidos en 1.100 compañías de bomberos, organizados para prestar sus servicios voluntarios ante siniestros por incendio, agregando a poco andar, los rescates y salvamentos de personas, debiendo posteriormente asumir la atención de rescates vehiculares, subacuáticos, emergencias con materiales peligrosos y la atención de la población en situaciones de terremotos, inundaciones y otras acciones derivadas de fenómenos de la naturaleza, todo lo cual han realizado con singular rapidez y eficiencia.

En este sentido, todas estas agrupaciones han constantemente funcionado de acuerdo a parámetros propios respecto de lo cual no se ciñen estrictamente a lo establecido en las normas que al efecto el Código Civil establece. Es así como es posible concluir que las normas que estatuyen al cuerpo de bomberos son incompatibles con su sistema de funcionamiento, hecho que por cierto requiere de un pronunciamiento expreso de parte de la autoridad legislativa.

En efecto, de conformidad al artículo 1° de la ley 20.564, marco de Bomberos, los cuerpos de...

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