Modelando la «home rule» - Home Rule y sociedad civil. La autonomía local en los Estados Unidos su historia y desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 1028613699

Modelando la «home rule»

AutorMichael E. Libonati
Cargo del Autor«Carnell Professor» de la Temple University School of Law de Filadelfia (Estados Unidos)
Páginas63-82
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HOME RULE Y SOCIEDAD CIVIL. LA AUTONOMÍA LOCAL EN LOS ESTADOS UNIDOS...
G. MODELANDO LA «HOME RULE»
I. El experimento en Missouri
El cam bio de con stit ucio nali zar l ímites legislativos a la
constitucionalización de los poderes locales, comenzó con la Consti-
tución de Missouri de 1875 que sancionó una norma del tipo «home
rule». Debe notarse que el uso del rótulo «home rule» es cuestiona-
ble, toda vez que los debates de la convención constitucional de
Missouri que expresamente confirió la potestad de otorgarse una
Carta Orgánica a la ciudad de St. Louis, no emplea este término256.
El término «home rule», aparentemente fue creado por primera vez
en 1870, con motivo del movimiento que buscaba autonomía local
en Irlanda257. A mediados de 1890 la frase se usaba para referir a
las propuestas que permitirían mayor autonomía a Londres258, y luego
se convirtió en frase general aplicable a «toda forma de autodeter-
minación local o regional»259.
Es interesante notar las preocupaciones presentes mientras se
afianzó lo que se conoció como la «home rule» en la Constitución
de Missouri de 1875. La corrupción y el favoritismo de la Legislatu-
ra estatal respecto a la administración de los asuntos de la ciudad
de St. Louis, era un tema muy dominante en los debates cuando se
apeló al principio de autogobierno local260. En efecto, el principio no
256 Isidor Loeb and Floyd C Shoemaker, eds., Deba tes of the Missouri Constitution Convention
of 1875 (Col umbia, Missour i: State Histori cal Society of Miss ouri, 1944), vol . 12, ps.
444-49 9. (De aquí en más, DE BATES).
257 Oxford English Dictionary (2a edición, Oxford: Oxford University Press, 1989), vol. 7, p. 330.
258 Ibid.
259 William B. Munro, «Home Rule», Encyclopedia of the Social Sciences (New York: Macmillan
and Co., 1930), vol. 4, p. 434 .
260 Como dijo el delegado Todd con colorido lenguaje:
Lo que pedimos figure en la Constitución es la estabilidad. Con el propósito de estable-
cer un gobierno local sobre roca y no so bre are na mov ediza, como ha estado por lo s
últimos veinte añ os, p ara no ser a rrasado por cada viento e inundac ión d e f raude y
especulador es pi llos.
DEBATES, sup ra nota 256, ps . 4 70-471; véase tamb ién, Ibid. ps. 44 5, 468.
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MICHAEL E. LIBONATI
llegó muy lejos desde que el texto propuesto y adoptado, solo se apli-
có a la ciudad nombrada: St. Louis261. El remedio general previsto por
la Convención para evitar los excesos de la Legislatura estatal, consis-
tió en la prohibición sustantiva sobre leyes locales o especiales, que
pudieran alterar las Cartas Orgánicas de las ciudades, municipios o
villas y una provisión procesal, que requería notificar a los habitantes
de un condado o ciudad, tres meses antes de promover leyes loca-
les262. Estas normas se diseñaron para evitar la manifiesta propensión
de la Legislatura a «cambiar las Cartas y la organización de la ciudad
[St. Louis], sin contar con el apoyo de la gente de la ciudad»263.
La parte específicamente innovadora del conjunto de normas, fue
una fórmula que delegó «al pueblo de la ciudad de St. Louis un poder
que hasta entonces exclusivamente poseía la Legislatura»: la potestad
de otorgarse Cartas Orgánicas264. Sin embargo, esta delegación esta-
ba harto saturada de detalles procedimentales prescriptos como «con-
diciones», que debía cumplir la ciudad para poder formular y adop-
tar una carta y sus sucesivas reformas265. También ordenó el tipo de
organización local de gobierno que una Carta podía adoptar por medio
de la «home rule»: «[Un] mandatario Ejecutivo, y dos Cámaras legis-
lativas, una de las cuales elegible por votación general de listas»266.
Que el Estado decidió tener menos control sobre la ciudad de
St. Louis lo demuestran dos cláusulas. Primero, que las normas de la
Carta tenían que estar armonizadas y sujetas a la Constitución y las
leyes de Missouri267. Eso significa que cualquiera sea el principio de
autogobierno local incorporado en el texto constitucional, no tenía
el alcance ni el reconocimiento acordado habitualmente a otros pre-
cep tos co nstit ucion ales. Los ar gumen tos es truct urale s fueron
precluidos, mientras se equilibraron y armonizaron los reclamos cons-
261 Mo. Const. of 1875, Art. IX , § §20-25. Estas provis iones fueron redactada s, patrocina-
das y se las consideró mayormente por iniciativa de la delegació n que St. Louis mandó
a la Convención.
DEBATES, su pra nota 25 6, ps. 473, 476
262 Mo. Const. of 1875, Art. IV, §53.
263 DEBATES, supra not a 25 6, p. 477 (comentariosdel de legado Gottschalk).
264 Id., p.449-50 (com entarios del delegado Hal e).
265 Id., p. 4 67 (c omentarios del delegado Taylor de St. Louis); véase también Ibid. p. 459-
460 (comentarios del deleg ado Gantt).
266 Mo. Const. de 1875, Art. IX, §§ 20-22 .
La implementa ción del proceso de cartas al niv el local está descripta por Thom as s.
Barcla y, The St. Lou is Home Rule Char ter of 1876 (C olumbia, Mis souri: Unive rsity of
Missouri Pres s, 1902).
267 Mo. Const. de 1875, Art. IX, § 20, 22, 23.

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