Decreto 293 - APRUEBA REGLAMENTO SOBRE FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN CONSERVACIÓN, REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE HUELLAS Y CAMINOS VECINALES PRIVADOS DE USO PÚBLICO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO 3 DE LA GLOSA Nº 5 DE LA PARTIDA 12, CAPÍTULO 02, PROGRAMA 04, DE LA LEY Nº 20.232 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2008
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA REGLAMENTO SOBRE FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN CONSERVACIÓN, REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE HUELLAS Y CAMINOS VECINALES PRIVADOS DE USO PÚBLICO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO 3 DE LA GLOSA Nº 5 DE LA PARTIDA 12, CAPÍTULO 02, PROGRAMA 04, DE LA LEY Nº 20.232 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2008
Núm. 293.- Santiago, 25 de abril de 2008.- Vistos: La facultad que me confiere el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile, y lo dispuesto en la ley Nº20.232, de 2007,
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento sobre financiamiento de proyectos de inversión en conservación, rehabilitación y mejoramiento de huellas y caminos vecinales privados de uso público a que se refiere el párrafo 3 de la glosa Nº 5 de la Partida 12, Capítulo 02, Programa 04 de la ley Nº 20.232 de presupuestos del sector público para el año 2008.
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Definiciones
Para todos los efectos de este Reglamento se entenderá por:
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Caminos vecinales privados de uso público: Vía de comunicación terrestre privada de uso público, en los que existe un compromiso formal de transferencia de la faja respectiva a la propiedad del Municipio, y que cumplen las características mínimas de selección reguladas en el presente Reglamento.
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Huellas privadas de uso público: Son fajas de terreno en las que existe un compromiso formal de transferencia a la propiedad del Municipio, que permiten principalmente el tránsito de personas o animales, y que cumplen las características mínimas de selección reguladas en el presente Reglamento.
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Operación de Conservación: Trabajo de
mantenimiento vial que es posible definir, individualizar y diferenciar de otros y que tiene por objeto la conservación de una parte de la obra para la cual se describen los procedimientos de ejecución que se utilizan habitualmente, se regulan y estipulan los materiales requeridos y se establecen los requisitos de calidad a que debe ajustarse.
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Operaciones de Conservación Rutinaria: Las destinadas a reparar o reponer situaciones de deterioro que se producen a lo largo de todo el año cualquiera sea el nivel del tránsito y el clima. Entre otras, se incluyen en este grupo la limpieza de la faja, el perfilado de carpetas granulares, bacheos, limpieza de obras de drenaje, reparación y reemplazo de señales camineras, reemplazo de barreras de contención, demarcación del pavimento, despeje de la nieve, remoción de derrumbes, etc.
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Operaciones de Conservación Periódica: Las que pueden programarse con alguna anticipación pues son determinadas por el tránsito y/o el clima. Son repetitivas cada cierto tiempo que puede...
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