Medidas preventivas - Gestión del riesgo COVID-19 - Núm. 97, Julio 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920536

Medidas preventivas - Gestión del riesgo COVID-19

AutorRicardo Garrido.
Páginas14-20
14
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
Los trabajadores(as) podrán manifestar sus dudas e inquietudes referente a lo indicado
en el Protocolo a [indicar persona o teléfono o correo electrónico establecido para ello].
[Cuando existan trabajadores en régimen de subcontratación, se deberá explicitar que
la empresa principal o mandante se coordinará con la contratista y/o subcontratista para
dar cumplimiento a las normas para la prevención del contagio de COVID-19 y vigilará
el cumplimiento de las normas que correspondan por parte de dichas empresas.]
6. Difusión
Se entregará una copia de este Protocolo a los trabajadores(as) y se dará a conocer
su contenido, mediante los siguientes medios: [indicar correo electrónico, video
conferencia u otro medio].
Además, se les informará los cambios en el protocolo, producto de modicaciones
de las medidas decretadas por la autoridad, mediante [indicar correo electrónico,
videoconferencia u otro medio].
II. MEDIDAS PREVENTIVAS - GESTIÓN DEL RIESGO COVID-19
1.Reincorporación Laboral
[Señale si la actividad que desarrolla la entidad empleadora es considerada como
esencial o no, y si lo es, indique que se contempla su apertura en la fase o etapa
uno (cuarentena). En caso que no realice actividades esenciales, indicar la apertura
de acuerdo a lo establezca el Plan Paso a Paso, precisando que los trabajadores
no realizaran actividades presenciales cuando la comuna de la entidad empleadora
o dependencia o la procedencia o domicilio del trabajador se encuentren en la fase
de cuarentena, y la reincorporación de los trabajadores en el resto de las etapas del
Plan Paso a Paso. Respecto a este ítem, además se debe considerar la situación de
los trabajadores del artículo 1° de la Ley N°21.342. Asimismo, se deben indicar los
turnos establecidos y el horario diferido de ingreso o salida que establezca la entidad
empleadora, cuando corresponda].
2. Elementos de protección
a. Uso de mascarilla
Se hará entrega de [indicar número de mascarillas; el tipo de mascarilla y la periodicidad
de su entrega, si será diaria, semanal u otro].
Se deberá hacer uso de la mascarilla1 dentro de la entidad empleadora, en lugares
abiertos o cerrados. En los espacios cerrados, se exceptúan de esta obligación a
aquellos trabajadores(as) que estén solos, o con un máximo de dos trabajadores
siempre que entre ellos exista una separación física que impida el contacto estrecho.
1. Se entenderá por mascarilla certicada aquella que se encuentre certicada por entidades competentes nacionales
o extranjeras, de acuerdo a lo señalado en el Ord. B33/N°1963, de 31 de mayo de 2021, de la Subsecretaría de
Salud Pública.

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