Matrimonio 'igualitario' y borrado de la mujer - 8 de Diciembre de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 878841439

Matrimonio 'igualitario' y borrado de la mujer

La Cámara de Diputados se tomó en serio lo de "igualitario" del matrimonio entre personas del mismo sexo y realizó modificaciones al proyecto. Fue consecuente, primero, con la idea de que la filiación deriva más de la voluntad que de la biología y con la necesidad de equiparar en materia de técnicas de reproducción asistida a las parejas de mujeres con las de varones.La Cámara suprimió la norma que señalaba que una persona no podía tener "nunca" más de dos progenitores. Esta exigencia se entiende cuando la filiación es determinada por la procreación entre un hombre y una mujer, pero si cualquiera puede ser "progenitor" -es la nomenclatura elegida- solo por la voluntad de serlo, no se entiende por qué no puede haber más de dos progenitores si los que se sienten padre o madre son tres o más. Esta opción permitiría que el niño que nace como resultado de inseminación artificial con semen de donante, en parejas de mujeres, o de arriendo de útero, en parejas de varones, pudiera tener un padre varón o una madre mujer.La Cámara fue también consecuente en equiparar la situación de las parejas de mujeres con la de varones. El proyecto aprobado por el Senado modificaba el art. 182 del Código Civil para disponer que si un niño nacía como resultado de una técnica de reproducción asistida practicada entre dos mujeres (inseminación artificial con gametos de varón), eran madres la mujer que alumbraba al niño y su compañera.La Cámara advirtió que aquí había una discriminación con los matrimonios entre varones y amplió la regla para establecer que "la filiación del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas". En esto la Cámara tiene razón, pero el problema es que para que una pareja de varones pueda tener un hijo mediante técnicas de reproducción asistida es necesaria la intervención de una mujer que se contrata como gestante; es decir, mediante el llamado arriendo de útero. La comisión mixta no logró modificar esta norma, por lo que no se ha cerrado la puerta al arriendo de útero. Con esto se cosifica a la mujer y se la entiende una mera máquina de reproducción. ¿No era que la mujer no presta el cuerpo?; resulta que ahora no solo lo prestará, sino que lo...

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