Decisión nº C204-14, de Consejo de Transparencia de 6 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544598838

Decisión nº C204-14, de Consejo de Transparencia de 6 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C204-14

Entidad pública: Municipalidad de Colbún.

Requirente: María Rodríguez Araya.

Ingreso Consejo: 23.01.2014.

En sesión ordinaria N° 528 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de junio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C204-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 23 de diciembre de 2013, doña María Rodríguez Araya efectuó una presentación a la Municipalidad de Colbún, requiriendo lo siguiente:

a) Se indique el procedimiento de cierre del local ubicado en calle O'Higgins N° 720, comuna de Colbún, por acumulación de infracciones.

b) Se informe cuántas infracciones le han cursado al local indicado, en el transcurso del mes de noviembre de 2013.

c) Se informe cuántas veces el referido local ha sido fiscalizado por los inspectores municipales y el resultado de sus visitas, si están dando cumplimiento a la norma y funcionamiento en relación a la clase de patente que ellos tienen.

d) Se informe el tipo de patente y si es indefinida o provisoria.

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 23 de enero de 2014, doña María Rodríguez Araya dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Colbún, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Colbún, mediante el Oficio N° 519, de 5 febrero de 2014. El órgano reclamado evacuó sus descargos el 19 de marzo siguiente, por oficio Ordinario N° 201, en síntesis, en los siguientes términos:

a) La solicitud de información fue respondida por oficio N° 141, de 4 de marzo de 2014, indicando a la recurrente lo siguiente:

i. Al literal a), el artículo 47, inciso , de la Ley N° 19.925 sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, establece que: "La contravención al artículo 21, será sancionada con multas de 4 a 12 UTM. Los que vuelvan a incurrir en dichas contravenciones serán sancionados con el doble de la multa aplicada a la primera infracción. La tercera transgresión se sancionará con la clausura temporal del establecimiento por un período no superior a tres meses. La cuarta transgresión se sancionará con la clausura definitiva, pudiendo imponerse además la cancelación de la patente de alcoholes respectiva".

ii. Al literal b), el municipio no dispone de mayores antecedentes respecto a las infracciones cursadas por Carabineros de Chile y denunciadas al Juzgado de Policía Local, de Colbún, debido a que los Tribunales de Justicia no están afectos a la Ley de Transparencia.

iii. Al literal c), dada la reducida planta de personal que tiene esta Municipalidad, no cuenta con Inspectores Municipales que ejerzan el control del cumplimiento de la Ley de Alcoholes en horario nocturno, quedando este control a cargo de Carabineros de Chile.

iv. Al literal d), mediante Decreto Alcaldicio Exento N° 3.044 de 7 de noviembre de 2013 se otorgó patente de alcoholes del rubro "restaurante" a don Claudio Felipe Rosson Muñoz, para funcionar en su local ubicado en Avenida Bernardo O'Higgins N° 720. Para el otorgamiento de esta patente el contribuyente contó...

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