La literatura jurídica relativa al dinero - - - Teoría jurídica del dinero. El dinero en la teoría y en la práctica del derecho alemán y extranjero - Libros y Revistas - VLEX 976351066

La literatura jurídica relativa al dinero

AutorArthur Nussbaum
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Berlín (Alemania)
Páginas19-22
19
TEORÍA JURÍDICA DEL DINERO
LA LITERATURA JURÍDICA RELATIVA AL DINERO
En todas las épocas ha sido la doctrina del dinero uno de los temas favoritos
para los economistas. Todas las escuelas de la Economía nacional se ocuparon de
este magno problema, y, al llegar al siglo XIX, la doctrina del dinero, por lo menos
fuera de Alemania, se vid casi por completo absorbida por la ciencia económica. En
realidad es indiscutible la preferencia de la Economía en este punto. Pero es tam-
bién muy legítima la cooperación de la ciencia del Derecho en la elaboración de la
doctrina del dinero, para lo cual puede ostentar títulos muy antiguos. El gran des-
orden monetario de Europ a, s ubsiguiente al derrumbamiento de Franc ia e n lo s
últimos siglos de la Edad Media, determinado por el desarrollo de la eco nomía
monetaria, y que perduró hasta muy entrada la E dad Moderna(1), planteó una in-
mensa multitud de cuestiones jurídicas, cuyo número y dificultad fue aumentando a
medida que se intentaba combatir el mal con medi das de coacción y soluciones
contractuales. La consid eración científica de estos problemas, que ocuparon por
igual la atención de canonis tas y legistas(2), comienza ya en el siglo XII I, pero el
florecimiento de esta antigua teoría jurídica del dinero corresponde a la época del
humanismo. Baste señ alar aquí las manifestaciones más importantes. Son éstas la
parte final (quaestiones 90-100) de la obra del francés CAROLUS MOLINAEUS (DUMOULIN)
Tractatus contractum et usurarum, etc., llamada más brevemente Tractatus «de usuris»
(1546), en donde se establece la doctrina jurídica nominalista del dinero, todavía
imperante hoy en Francia, y la extensa obra del holandés RENERUS BUDELIUS (BUDEL),
maestro monedero de Roermond (Limburgo), de monetis et re nummari a libri dUo
(1591). La obra contiene un completo examen, de carácter crítico, de la técnica y el
derecho moneta rios; el apéndice reproduce lite ralmente una numerosa serie de
escritos antiguos, entre ellos los capítulos principales del libro de MOLINAEUS. Entre
los autores italianos de este período destaca el senador piamontés CASPAR ANTÓN
THESAURUS, cuya obra De augmento ac variatione monetarum (1610) fue publicada tam-
bién en Francfort. El célebre tratadista de derecho mercantil SIGISMUNDOS SCACCIA
consagró también, en estrecha conexión con l a doctrina canónica, hondas considera-
ciones a los problemas jurídicos del dinero en su Tractatus de commerciis et cambiis
(1618). Para cuestiones particulares, ha de mencionarse la importante exposición
que W. ENDEMA NN, en sus St udien zur roman isch-kano nistischen W irtschafts - und
Rechtslehre, t. II (1883), p. 161 y s ig., hace del desenvolvimiento literario de la teoría
(1) V. un resumen sobre los hechos económicos determinantes del desorden monetario de Europa, en
SCHMOLLER,Grundriss der allgemeinen Volkswirtschaftslehre, II (1904), 68 y sig.
(2) Las fuentes romanas, a pesar del discutidísimo pasaje del lib. 1 D. de contrah. emptione, 18, 1, son
estériles en cuanto se refiere a la teoría del dinero. Consideraciones acerca de las fuentes romanas
se hallan, entre otros, en SAVIGNY,Obligationenrecht, I, 469 ss.: GUSTAVO HARTMANN ,Begriff des Geldes,
111 ss.; KNIES,Das Geld, 2. a edic., 401 ss., y en la excelente disertación de Utrecht, debida a W. C.
MEES, titulada De vi mutate monetae (Rotterdam, 1838), 38 ss.

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