Ley número 21.523.- Modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales, y evitar su revictimización - 31 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917059744

Ley número 21.523.- Modifica diversos cuerpos legales para mejorar las garantías procesales, proteger los derechos de las víctimas de los delitos sexuales, y evitar su revictimización

Fecha de publicación31 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2245046
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.440
CVE 2245046 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.440 | Sábado 31 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2245046
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES PARA MEJORAR LAS GARANTÍAS
PROCESALES, PROTEGER LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DE LOS DELITOS
SEXUALES, Y EVITAR SU REVICTIMIZACIÓN
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto
de ley iniciado en moción del exdiputado Gonzalo Fuenzalida Figueroa; de las diputadas Maite
Orsini Pascal y Gael Yeomans Araya; de las exdiputadas Paulina Núñez Urrutia y Marcela Sabat
Fernández, y del exdiputado Marcelo Díaz Díaz,
Proyecto de ley:
Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal:
1. Añádese en el artículo 94 bis el siguiente inciso segundo:
“En caso de que el delito previsto en el inciso primero del artículo 366 se cometiere contra
mayores de edad, la prescripción de la acción penal será de diez años.”.
2. Agrégase el siguiente artículo 368 bis A:
“Artículo 368 bis A.- La circunstancia atenuante señalada en el N° 7 del artículo 11 no
podrá aplicarse tratándose de los delitos previstos en los artículos 141, inciso final; 142, inciso
final; 150 A, 150 D, 361, 362, 363, 365 bis; 366, incisos primero y segundo, 366 bis, 366 quáter,
367 y 367 ter, 372 bis, 411 quáter cuando se cometa con fines de explotación sexual, y 433,
número 1, en relación con la violación.”.
3. Incorpórase el siguiente artículo 369 bis A:
“Artículo 369 bis A.- Tratándose de los delitos previstos en los artículos 141, inciso final;
142, inciso final; 150 A, 150 D, 361, 362, 363, 365 bis; 366, incisos primero y segundo, 366 bis,
366 quáter, 367 y 367 ter, 372 bis, 411 quáter cuando se cometa con fines de explotación sexual,
y 433, número 1, en relación con la violación, para la determinación de la cuantía de la pena en
los términos dispuestos en el artículo 69, el tribunal tendrá en especial consideración la
afectación psíquica o mental de la víctima para la calificación de la extensión del mal producido
por el delito.”.
4. Sustitúyese el artículo 372 ter por el siguiente:
“Artículo 372 ter.- En los delitos contemplados en los artículos 141, inciso final; 142, inciso
final; 150 A; 150 D; 361; 362; 363; 365 bis; 366; 366 bis; 366 quáter; 367; 367 ter; 372 bis; 411
quáter; cuando se cometan con fines de explotación sexual, y 433, número 1, en relación con la
violación, el juez podrá en cualquier etapa de la investigación o del procedimiento, y aun antes
de la formalización, a petición de parte, o de oficio por razones fundadas, disponer las medidas
de protección de la víctima y su familia que estime convenientes, tales como la sujeción del
imputado a la vigilancia de una persona o institución determinada, las que informarán
periódicamente al tribunal; la prohibición de visitar el domicilio, el lugar de trabajo o el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR