Ley 19959 - CREA LA COMUNA DE ALTO BIOBIO, EN LA REGION DEL BIOBIO - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242053090

Ley 19959 - CREA LA COMUNA DE ALTO BIOBIO, EN LA REGION DEL BIOBIO

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyLey

LEY NUM. 19.959

CREA LA COMUNA DE ALTO BIOBIO, EN LA REGION DEL BIOBIO

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley

"Artículo 1°.- Créase la comuna de Alto Biobío, Sede Ralco (Biobío), en la provincia de Biobío, Región del Biobío. Comprende la parte de la actual comuna de Santa Bárbara, ubicada al oriente del siguiente límite:

El estero Los Coihues, desde su desembocadura en el río Biobío hasta su origen; la línea recta, desde el origen del estero Los Coihues hasta la cumbre del cerro La Pepa; la línea de cumbres que limita por el poniente y el norte la hoya del estero Pirquinco, desde el cerro La Pepa hasta la cota 1670 en la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero Azul Grande, pasando por las cotas 1804 y 1544; la línea de cumbres que limita por el poniente y el norte la hoya del estero Azul Grande, desde la cota 1670 en la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del estero Pirquinco hasta la cota 2035 en la cordillera de Tricauco, pasando por las cotas 1848, 1541 y 2036; la línea de cumbres que limita por el norte las hoyas de los esteros Blanco Grande, Tropelhuén y La Gloria, desde la cota 2035 hasta el cerro Boquete; la línea de cumbres que limita por el sur las hoyas de las quebradas Los Pinos, El Puesto y La Torre y del estero Costillar, desde el cerro Boquete hasta la cota 2010, pasando por el cordón Quilaquín y el cerro Costillar; la línea de cumbres que limita por el poniente y el norte la hoya del estero Cenicienta, desde la cota 2010, en la línea de cumbres que limita por el sur la hoya del estero Costillar hasta la cota 2407, pasando por los cerros Los Mulatos y Pino Hachado; y la línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la quebrada Lleyo, desde la cota 2407 hasta la cota 2453, en la línea de cumbres que limita por el sur la hoya de la laguna de La Laja.

Artículo 2°

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y las disposiciones pertinentes del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, entiéndese incluida la nueva comuna de Alto Biobío en los coeficientes de distribución del Fondo Común Municipal, a contar del 1 de enero de 2004.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículos 1 a 7
Artículo 1°

Durante el período en que la comuna de Alto Biobío, creada por esta ley, no tenga instalada su respectiva Municipalidad, se agrupará con la comuna de Santa Bárbara, para los fines que establece el artículo 107 de la Constitución Política de la República. Para efectos de la administración de la comuna de Alto Biobío, la Municipalidad de Santa Bárbara, en la que recaerá transitoriamente esta función, deberá llevar presupuesto y contabilidad únicos, sin perjuicio de que internamente se...

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