Justicia Transicional en Democracias Establecidas: Análisis de las experiencias canadiense, sudafricana y chilena - Núm. 10-2, Diciembre 2022 - Revista Latin American Legal Studies - Libros y Revistas - VLEX 926070238

Justicia Transicional en Democracias Establecidas: Análisis de las experiencias canadiense, sudafricana y chilena

AutorHugo Rojas, Salvador Millaleo, Miriam Shaftoe
CargoUniversidad Alberto Hurtado, Santiago, Chile; Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia y Democracia, Chile - Universidad Alberto Hurtado, Santiago, Chile; Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia y Democracia, Chile - Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia y Democracia, Chile
Páginas470-533
LATIN AMERICAN LEGAL STUDIES Vol. 10 N° 2 (2022), pp. 470-533
DOI: 10.15691/0719-9112Vol10n2a9
Cómo citar este artículo:
ROJAS, Hugo; MILLALEO, Salvador & SHAFTOE, Miriam (2022). Transitional Justice in Established
Democracies: Analysis of the Canadian, South African, and Chilean Experiences”, Latin American
Legal Studies, Vol. 10 Nº 2, pp. 470-533.
Transitional Justice in Established Democracies: Analysis of the
Canadian, South African, and Chilean experiences
Justicia Transicional en Democracias Establecidas: Análisis de las experiencias
canadiense, sudafricana y chilena
HUGO ROJAS*
SALVADOR MILLALEO**
MIRIAM SHAFTOE***
Resumen
En estas últimas cuatro décadas se han formulado teorías e
implementado mecanismos de justicia transicional en numerosos
países, conformando un corpus teórico-práctico interdisciplinar. En
este documento se propone expandir el ámbito de acción de la
justicia transicional, de modo que pueda ser aplicada en democracias
estables. La reformulación que se propone podría ser de utilidad
para enfrentar injusticias estructurales que afectan a los pueblos
indígenas y que son un legado del colonialismo y políticas
asimilacionistas, y hacerse cargo de actos de represión estatal que son
constitutivos de graves violaciones a los derechos humanos. Estas
reflexiones son formuladas a partir de tres recientes estudios de caso:
1) de la experiencia canadiense se analizan la Comisión Real sobre
los Pueblos Indígenas, la Comisión de Verdad y Reconciliación y la
Investigación Nacional sobre Mujeres y Niñas Indígenas
Desaparecidas y Asesinadas; 2) de Sudáfrica, se aborda la Comisión
de Verdad y Reconciliación, el Proceso Constituyente y la Reforma
Agraria, y 3) del caso chileno se explica la vinculación entre estallido
social y justicia transicional, además del Proceso Constituyente.
Palabras clave: Justicia Transicional; Comisión de Verdad y Reconciliación; Violaciones a los
Derechos Humanos; Proceso Constituyente.
Esta investigación fue desarrollada en el marco de actividades del Instituto Milenio de Investigación
sobre Violencia y Democracia (ANID ICS2019-025). Los autores agradecen las sugerencias de los
evaluadores anónimos. Artículo recibido el 11 de junio de 2022, y aceptado para su publicación el
30 de agosto de 2022.
* Universidad Alberto Hurtado, Santiago, Chile; Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia
y Democracia, Chile. ORCID ID: 0000-0003-3852-454X (hurojas@uahurtado.cl).
** Universidad de Chile, Santiago, Chile; Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia y
Democracia, Chile. ORCID ID: 0000-0001-6559-4856 (millaleo@derecho.uchile.cl).
*** Instituto Milenio de Investigación sobre Violencia y Democracia, Chile (mshaf062@uottawa.ca).
Transitional Justice in Established Democracies 502
Abstract
In the last four decades, theories and mechanisms of transitional
justice have been formulated and implemented in numerous
countries, forming an interdisciplinary theoretical and practical
corpus. This paper proposes to expand the scope of transitional
justice so that it can be applied in stable democracies. The proposed
reformulation could be useful to address structural injustices
affecting indigenous peoples, that are a legacy of colonialism and
assimilationist policies, and to address acts of state repression that
constitute serious human rights violations. These reflections are
formulated on the basis of three recent case studies: 1) from the
Canadian experience, the Royal Commission on Indigenous
Peoples, the Truth and Reconciliation Commission, and the National
Inquiry into Missing and Murdered Indigenous Women and Girls
are analyzed; 2) from South Africa, the Truth and Reconciliation
Commission, the Constituent Process and the Land Reform are
discussed; and 3) from the Chilean case, the link between social
unrest and transitional justice, as well as the Constituent Process, are
explained.
Key words: Transitional Justice; Truth and Reconciliation Commission; Human Rights Violations;
Constituent Process.
INTRODUCCIÓN
Este artículo busca explorar la reconfiguración del campo de la justicia
transicional, desde su paradigma clásico hacia perspectivas de transformación
social. En la primera parte se ofrece una revisión de la noción clásica de justicia
transicional, con el objeto de expandir su enfoque de modo que pueda ser aplicado
a procesos que buscan enfrentar violaciones a los derechos humanos dentro de
regímenes democráticos establecidos. La justicia transicional puede ser redefinida
como una justicia de transformación más profunda, respecto de conflictos y
desigualdades históricas. Para ello se requiere visitar los desarrollos teóricos más
recientes en el ámbito de la justicia transicional, ampliado su ámbito a hechos
cometidos en períodos plenamente democráticos y que sean constitutivos de graves
violaciones a los derechos humanos, o bien, respecto de injustas secuelas de las
violencias asociadas a los procesos de colonización. Es necesario abordar de mejor
manera no sólo los daños directos causados por los abusos a los derechos humanos,
sino también las causas subyacentes que conducen a esos abusos a gran escala. Este
nuevo enfoque hace viable y necesaria la aplicación de mecanismos o dispositivos
desarrollados en virtud de la justicia transicional para hechos ocurridos en
democracias establecidas.
503 Hugo Rojas, Salvador Millaleo & Miriam Shaftoe
A continuación, se explican las experiencias de desarrollos recientes de justicia
transicional en tres países: Canadá, Sudáfrica y Chile. Estos casos tienen en común
el uso de los discursos y mecanismos de la justicia transicional para problemas
surgidos durante la evolución de regímenes democráticos, con ocasión de la
necesidad de enfrentar problemas derivados de violencias estructurales. En estos
últimos años la justicia transicional ha sido utilizada en Canadá principalmente para
responder a la violencia colonial contra los pueblos indígenas y sus consecuencias
actuales (infra II). La experiencia sudafricana corresponde a uno de los casos
emblemáticos de la justicia transicional, en el cual los esfuerzos iniciales se centraron
en la transición del régimen del apartheid a la democracia. Pero esta transición se ha
traducido en un proceso prolongado en el que los regímenes democráticos han
debido enfrentar las arraigadas desigualdades estructurales e injusticias sistémicas
(infra III). Por último, se abordan las discusiones más recientes en el ámbito de la
justicia transicional en Chile, ocurridas a propósito de las violaciones a los derechos
humanos cometidas durante el estallido social de 2019 y, posteriormente, en el
trabajo de la Convención Constitucional (2020-2021) encargada de redactar el
proyecto de nueva Constitución (infra III). Como se puede apreciar, se trata de tres
casos que exceden el ámbito “tradicional” de la justicia transicional, cual es hacerse
cargo de las violaciones a los derechos humanos cometidas en regímenes
autoritarios, totalitarios o en conflictos bélicos o guerras civiles, una vez recuperada
la democracia o la paz.1
II. NUEVOS DESARROLLOS TEÓRICOS DE LA JUSTICIA TRANSICIONAL
Por justicia transicional, de acuerdo con la ampliamente conocida definición
proporcionada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, se entiende a
toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una
sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran
escala, a fin de que los responsables rindan cuenta de sus actos, servir a la justicia y
lograr la reconciliación”.2 Según Teitel, se trata de una “concepción de la justicia
asociada a periodos de cambio político, caracterizada por respuestas legales para
hacer frente a las fechorías de los regímenes represivos predecesores”.3
Aunque se puede datar el surgimiento del campo de investigación de la justicia
transicional desde la década de 1980,4 los debates propios de ella se originan
después de las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial, a partir de los juicios de
1 ROJAS & SHAFTOE (2021), p. 9.
2 CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS (2004), p. 4.
3 TEITEL (2003), p. 69; TEITEL (2017), p. 31.
4 HERZ (1982); PEIGE (2009); ZUNINO (2019), p. 59.

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