Interrogación N° 32. La prescripción en general y la prescripción adquisitiva. - Primera parte - Curso para preparación de examen de grado. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 939631610

Interrogación N° 32. La prescripción en general y la prescripción adquisitiva.

Páginas227-237
227
CURSO PARA PREPARACIÓN DE EXAMEN DE GRADO
Editorial El Jurista
INTERROGACIÓN N° 32
LA PRESCRIPCIÓN EN GENERAL Y LA PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA
¿Cómo se dene la prescripción?
Se encuentra denida en el artículo 2492 en los siguientes
términos: “La prescripción es un modo de adquirir las cosas aje-
nas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse
poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y dere-
chos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás
requisitos legales”.
¿A qué prescripción se reere la denición del artículo
2492?
Nuestro C.C. dene en dicha norma, tanto la prescripción
adquisitiva (modo de adquirir el dominio) como la prescripción
extintiva (modo de extinguir las obligaciones).
¿Cuál es la razón del Código para denirlas en conjunto?
Existen varias razones:
a) Hay reglas comunes que se aplican a ambos casos de pres-
cripción.
b) En ambas hay un elemento común, el transcurso del tiempo
c) En cuanto a su ubicación nal en el código, obedece que así lo
estableció el código francés, modelo que siguió nuestro Código
Civil, y por lo demás demuestra el carácter consolidador de la
prescripción que viene a concluir toda la obra codicadora.
¿Cuáles son las reglas comunes a toda prescripción?
1. Debe ser alegada: sin embargo hay casos excepcionales en
que el juez puede declararla de ocio (prescripción de la ac-

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