Decreto 1780 - RENUEVA GARANTÍA DEL ESTADO Y AUTORIZA LA EMISIÓN DE BONOS EN EL MERCADO INTERNO QUE, CON MOTIVO DE LA REESTRUCTURACIÓN DE SUS DEUDAS ACTUALES, EMITA LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 12 de Febrero de 2013 |
RENUEVA GARANTÍA DEL ESTADO Y AUTORIZA LA EMISIÓN DE BONOS EN EL MERCADO INTERNO QUE, CON MOTIVO DE LA REESTRUCTURACIÓN DE SUS DEUDAS ACTUALES, EMITA LA EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO
Núm. 1.780.- Santiago, 17 de diciembre de 2012.- Vistos: El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44, 45, 46 y 70 del decreto ley Nº 1.263, de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; los artículos 1º y 2º de la ley N° 19.847; los decretos del Ministerio de Hacienda Nº 1.046, de 2007; Nº 922, Nº 653, Nº 1.030, Nº 1.317 y Nº 1.745, de 2008; Nº 1.583, de 2009; Nº 1.168, de 2010; y Nº 1.059, de 2012; la ley N° 20.557, de Presupuestos del Sector Público del año 2012, Partida 19 - Capítulo 01 - Programa 02 - Glosa Nº 07; y el Convenio de Programación Nº 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado,
Decreto:
1) Renuévase la garantía del Estado para la emisión de bonos en el mercado interno, que con motivo de la reestructuración de sus deudas actuales emita la "Empresa de los Ferrocarriles del Estado", hasta por la suma total de UF 1.895.000.- (un millón ochocientos noventa y cinco mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, los que serán destinados a refinanciar las cuotas de capital del crédito contratado en virtud de la autorización otorgada mediante el decreto del Ministerio de Hacienda Nº 1.745, de 2008, modificado por los decretos del mismo Ministerio N° 1.583, de 2009, y Nº 1.168, de 2010.
La presente renovación de garantía se otorga de acuerdo a la autorización concedida a la "Empresa de los Ferrocarriles del Estado" para la contratación de créditos externos, mediante decretos del Ministerio de Hacienda Nº 653 y Nº1.030, ambos de 2008, a los que se otorgó garantía estatal por medio de los decretos del Ministerio de Hacienda Nº 1.046, de 2007, Nº 922 y Nº 1.317, de 2008; según lo establecido en el artículo 11° de la ley N° 18.196, en los artículos 44, 45 y 46 del decreto ley N° 1.263, de 1975, en la ley Nº 19.847, como también en virtud de la autorización para renovar la garantía del Estado de Chile otorgada a las deudas actuales de la "Empresa de los Ferrocarriles del Estado" que sean objeto de pago anticipado o de amortización del capital, total o parcial, según lo establecido en la ley Nº 20.557...
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