Decreto núm. 106, publicado el 04 de Mayo de 2010. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'INTERCONEXIÓN VIAL SANTIAGO ? VALPARAÍSO ? VIÑA DEL MAR' Y APRUEBA CONVENIO AD ? REFERÉNDUM N° 1 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469846574

Decreto núm. 106, publicado el 04 de Mayo de 2010. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'INTERCONEXIÓN VIAL SANTIAGO ? VALPARAÍSO ? VIÑA DEL MAR' Y APRUEBA CONVENIO AD ? REFERÉNDUM N° 1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "INTERCONEXIÓN VIAL SANTIAGO – VALPARAÍSO – VIÑA DEL MAR" Y APRUEBA CONVENIO AD – REFERÉNDUM N° 1

Núm. 106.- Santiago, 20 de enero de 2010.- Vistos:

- El DFL Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El Decreto Supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19º.

- El Decreto Supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 69º.

- El Decreto Supremo MOP N° 756, de fecha 29 de mayo de 1998, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los kilómetros 0,000 y 109,600 del balizado existente en la calzada izquierda de la Ruta 68, incluyéndose las obras correspondientes al Troncal Sur, entre los kilómetros 86,850 y 107,911 y la Ruta 60 – CH (Camino Las Palmas o Rodelillo - El Salto) entre los kilómetros 0,0 y 10,7 obra denominada "Interconexión Vial Santiago – Valparaíso – Viña del Mar".

- El Oficio Ord. Nº 1484, de fecha 16 de agosto de 2006, de la Directora de Concesiones de Obras Públicas.

- La Carta Santiago-Valpo. Nº 450/06, de fecha 6 de septiembre de 2006, de Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A.

- Los Oficios Ords. Nº 224, de fecha 24 de agosto de 2007, y N° 268, de fecha 7 de noviembre de 2007, ambos del Inspector Fiscal.

- La Carta Stgo.-Valpo. 1184/07, de fecha 9 de noviembre de 2007, de Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A.

- El Oficio Ord. Nº 282/07, de fecha 12 de noviembre de 2007, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 312/07, de fecha 13 de noviembre de 2007, del Jefe de la División de Explotación de Obras Viales.

- La Resolución DGOP (Exenta) N° 3795, de fecha 26 de noviembre de 2007.

- El Oficio Ord. Nº 110-A/09, de fecha 30 de julio de 2009, del Inspector Fiscal.

- La Resolución Nº 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69° Nº 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que, con la finalidad de contribuir al desarrollo del país mediante la implementación de programas de mejoras continuas, el Ministerio de Obras Públicas estimó de interés público y urgencia ejecutar una serie de medidas a fin de mejorar y estandarizar las obras de los diversos contratos de concesión de obras viales actualmente en operación. Fue en este sentido que, mediante Resolución DGOP (Exenta) N° 3795, de fecha 26 de noviembre de 2007, el Ministerio de Obras Públicas modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que "Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A." debió ejecutar un determinado grupo de proyectos de ingeniería correspondientes a obras de seguridad normativa, pues se estimó que éstas tienen mayor prioridad entre aquellas obras identificadas como parte del mejoramiento continuo del contrato de concesión.

- Que, en el marco de lo dispuesto mediante Resolución DGOP (Exenta) N° 3795, de fecha 26 de noviembre de 2007, se deja constancia que los proyectos de ingeniería de detalle indicados en la citada resolución fueron aprobados por el Inspector Fiscal según informa en su Oficio Ord. N° 110-A/09, de fecha 30 de julio de 2009.

- Que, las modificaciones de las características de las obras y servicios del contrato de concesión dispuestas mediante Resolución DGOP (Exenta) N° 3795, ocasionan perjuicios para la Sociedad Concesionaria, lo que de conformidad con las disposiciones legales citadas, obliga al MOP a compensar a la Sociedad Concesionaria acordando con ella las indemnizaciones necesarias para restablecer el equilibrio económico y financiero del contrato, de manera de no comprometer su buen desarrollo y término. Para tal efecto, las partes han suscrito el Convenio Ad – Referéndum N° 1 de fecha 13 de enero de 2010.

- Que, a objeto de dar cumplimiento a lo indicado en los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, se hace necesaria la dictación del presente decreto supremo fundado, que modifica las características de las obras y servicios del contrato de concesión y aprueba el Convenio Ad – Referéndum N° 1, de fecha 13 de enero de 2010.

Decreto:

  1. Modifícanse, por razones de interés público, las características de las obras y servicios del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Interconexión Vial Santiago – Valparaíso – Viña del Mar", en el sentido que "Sociedad Concesionaria Rutas del Pacífico S.A." debió desarrollar los proyectos de ingeniería de las...

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