Decreto núm. 184, publicado el 07 de Septiembre de 1998. INSTITUYE PREMIO BENJAMIN TEPLIZKY LIJAVETZKY - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471129362

Decreto núm. 184, publicado el 07 de Septiembre de 1998. INSTITUYE PREMIO BENJAMIN TEPLIZKY LIJAVETZKY

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

INSTITUYE PREMIO BENJAMIN TEPLIZKY LIJAVETZKY

Santiago, 30 de junio de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 184.- Vistos: Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 302 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que aprueba disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería; el decreto supremo Nº 72 del Ministerio de Minería, de 1986, que aprueba Reglamento de Seguridad Minera; la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; los artículos 19 Nº10 y 32 Nº8 de la Constitución Política de la República y,

Considerando:

  1. - Que en el marco de los derechos y deberes constitucionales, corresponde al Estado estimular la investigación científica y tecnológica así como fomentar y promover su desarrollo en todos los niveles.

  2. - Que el Ministerio de Minería está encargado por ley de la planificación y ejecución de la política de fomento minero, la cual debe considerar siempre la Seguridad, componente determinante en el desarrollo de las labores mineras y la Sustentabilidad de la actividad desde el punto de vista ambiental.

  3. - Que en consideración a lo anterior, corresponde compatibilizar el fomento de la minería con la protección del entorno natural y la Seguridad en todos los procesos productivos, toda vez que es la base para el progreso económico-social de un país tanto en el presente como también para las futuras generaciones.

  4. - Que atendido el rol de importancia que ambos temas desempeñan en el desarrollo integral de un país, y por su gran rentabilidad tanto social como económica, deben impulsarse mecanismos para promoverlos en el ámbito de las empresas, sean éstas del sector público o privado, a fin de formar personal para desarrollar estas disciplinas y con ello mejorar el potencial innovador y exportador de la industria minera y metalúrgica, produciendo en definitiva un impacto positivo en pos del desarrollo, del crecimiento y del beneficio económico y social del país.

  5. - Que se ha estimado conveniente otorgar una distinción, que se denominará ''Premio Benjamín Teplizky Lijavetzky'', a las empresas que desarrollen investigación científica y/o tecnológica en el ámbito de la Seguridad Minera y de la Protección del Medio Ambiente en dicha actividad, como una motivación al esfuerzo por crear algo mejor a lo existente y que sea aprovechado, incluso, traspasando los límites territoriales.

  6. - Que dicho premio se otorga con el fin de incentivar la participación de los distintos actores de la actividad científico-tecnológica en los procesos de investigación, innovación y formación de recursos humanos, en la búsqueda de nuevas tecnologías en el área del desarrollo sustentable de la actividad minera y de la Seguridad en dicho sector, como una forma de impulsar el crecimiento de la industria minera...

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