Decreto núm. 184, publicado el 07 de Septiembre de 1998. INSTITUYE PREMIO BENJAMIN TEPLIZKY LIJAVETZKY
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE MINERÍA |
Rango de Ley | Decreto |
INSTITUYE PREMIO BENJAMIN TEPLIZKY LIJAVETZKY
Santiago, 30 de junio de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 184.- Vistos: Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 302 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que aprueba disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería; el decreto supremo Nº 72 del Ministerio de Minería, de 1986, que aprueba Reglamento de Seguridad Minera; la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; los artículos 19 Nº10 y 32 Nº8 de la Constitución Política de la República y,
Considerando:
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- Que en el marco de los derechos y deberes constitucionales, corresponde al Estado estimular la investigación científica y tecnológica así como fomentar y promover su desarrollo en todos los niveles.
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- Que el Ministerio de Minería está encargado por ley de la planificación y ejecución de la política de fomento minero, la cual debe considerar siempre la Seguridad, componente determinante en el desarrollo de las labores mineras y la Sustentabilidad de la actividad desde el punto de vista ambiental.
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- Que en consideración a lo anterior, corresponde compatibilizar el fomento de la minería con la protección del entorno natural y la Seguridad en todos los procesos productivos, toda vez que es la base para el progreso económico-social de un país tanto en el presente como también para las futuras generaciones.
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- Que atendido el rol de importancia que ambos temas desempeñan en el desarrollo integral de un país, y por su gran rentabilidad tanto social como económica, deben impulsarse mecanismos para promoverlos en el ámbito de las empresas, sean éstas del sector público o privado, a fin de formar personal para desarrollar estas disciplinas y con ello mejorar el potencial innovador y exportador de la industria minera y metalúrgica, produciendo en definitiva un impacto positivo en pos del desarrollo, del crecimiento y del beneficio económico y social del país.
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- Que se ha estimado conveniente otorgar una distinción, que se denominará ''Premio Benjamín Teplizky Lijavetzky'', a las empresas que desarrollen investigación científica y/o tecnológica en el ámbito de la Seguridad Minera y de la Protección del Medio Ambiente en dicha actividad, como una motivación al esfuerzo por crear algo mejor a lo existente y que sea aprovechado, incluso, traspasando los límites territoriales.
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- Que dicho premio se otorga con el fin de incentivar la participación de los distintos actores de la actividad científico-tecnológica en los procesos de investigación, innovación y formación de recursos humanos, en la búsqueda de nuevas tecnologías en el área del desarrollo sustentable de la actividad minera y de la Seguridad en dicho sector, como una forma de impulsar el crecimiento de la industria minera...
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