Inhibición política ha frenado el proceso para restablecer el derecho de propietarios ante tomas de terrenos - 24 de Abril de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 929493830

Inhibición política ha frenado el proceso para restablecer el derecho de propietarios ante tomas de terrenos

"Hay que entender que la autoridad debe ponderar la realidad. Las demoliciones tienen un costo alto y hay temas sociales envueltos. Los hechos escapan al Derecho a veces, pero jurídicamente tienen el deber. Es tema de políticas que los procesos se vayan normalizando".Esta es la reflexión del profesor de Derecho Urbanístico de la PUCV Eduardo Cordero tras los dichos del ministro de la Vivienda, Carlos Montes, a una consulta de "El Mercurio" sobre las coordinaciones que iniciaría el Gobierno para poner fin al asentamiento irregular en el predio de la familia del ingeniero Alejandro Correa, asesinado por un sicario en mayo de 2020, a raíz de conflictos por deslindes que derivaron en una usurpación masiva de su propiedad."Nosotros no tenemos la facultad para ir a demoler", respondió el secretario de Estado al referirse al escenario que se abre luego del fallo de la justicia que estableció la responsabilidad penal como loteador ilegal de Luis Alarcón, líder de la usurpación.Lo primero que Cordero aclara es que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda, tal como lo señala el artículo 157 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), sí tiene la facultad de demoler, desde el año 1975. "El proceso de regionalización se la entrega y la superpone a la de los municipios y sus direcciones de obras (DOM), que cuentan con ella desde 1931", documenta.Otra cosa que el especialista aclara es que aunque el citado artículo de la LGUC señala que el seremi "podrá" ordenar tal demolición, ella no queda a su discreción. "Es una potestad reglada. Si hay una construcción contra norma o sin permiso, la autoridad tiene el deber de restablecer la legalidad urbanística", apunta Cordero.Y añade que si bien un privado puede basarse en el Código Civil para pedir a la justicia la restitución de una propiedad usurpada, la autoridad no depende de que un fallo la habilite para que ejerza sus facultades y restablezca el ordenamiento territorial quebrantado. "En todo caso, la autoridad dispone de un abanico de medidas y la más estricta es demoler", expone.La citada condena fue dictada en un juicio abreviado al que la familia Correa accedió ante el desgaste que sufrió con el juicio oral por el sicariato y el temor de que Alarcón, sobre quien no se pudo comprobar que lucrara, fuera absuelto. Aunque remitida, es la primera en la Región de Valparaíso que castiga un loteo irregular, un fenómeno delictivo cuya magnitud impulsa una explosión de tomas a lo largo de todo...

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