Informe de seguimiento n° 377-2017 sobre inspección a la obra construcción iii etapa avenida juan cisternas - las torres - la cantera, comunas de la serena y Coquimbo, vialidad urbana - diciembre 2018. - Doctrina Administrativa - VLEX 844305719

Informe de seguimiento n° 377-2017 sobre inspección a la obra construcción iii etapa avenida juan cisternas - las torres - la cantera, comunas de la serena y Coquimbo, vialidad urbana - diciembre 2018.

Fecha21 Diciembre 2018
Número de informe377/2017
EmisorRegional Coquimbo

INFORMES VINCULADOS
Número Tipo Nombre
377/2017 Informe de Inspección de Obra Pública INFORME FINAL N° 377-17 VIALIDAD, SOBRE INSPECCIÓN A LA OBRA CONSTRUCCIÓN III ETAPA AVENIDA JUAN CISTERNAS-LAS TORRES-LA CANTERA, COMUNAS DE LA SERENA Y COQUIMBO-NOVIEMBRE 2017
OBJETIVO De acuerdo con las facultades establecidas en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la
República, se realizó el seguimiento a las observaciones contenidas en el Informe Final N° 377, de 2017, sobre Inspección a la obra "Construcción III Etapa Avenida Juan Cisternas, Las Torres, La Cantera, comunas de La Serena y Coquimbo,
Vialidad Urbana", en el Servicio de Vivienda y Urbanismo, SERVIU, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de Control a la entidad examinada. Las funcionarias que ejecutaron esta fiscalización fueron la
señora Mireya Gallegos Muñoz, de la Unidad de Apoyo al Cumplimiento y la señorita Jimena González Vega, de la Unidad de Obras. El proceso de seguimiento consideró el referido informe N° 377, de 2017, y las respuestas del servicio a dicho documento, remitida mediante oficio N° 554, de 2018, a este Organismo Contralor.
Los antecedentes aportados fueron analizados y complementados con las validaciones correspondientes en la entidad,
a fin de comprobar la pertinencia de las acciones correctivas implementadas.
CONCLUSIONES En mérito de lo expuesto, cabe concluir que el Servicio de Vivienda y Urbanismo, realizó acciones que permitieron subsanar las observaciones contenidas en el cuadro N° 1, del presente informe.
No obstante lo anterior, se mantiene la situación informada en el cuadro N° 2, con la acción derivada que se indica.
Acerca de la materia para la que se ha otorgado un nuevo plazo, éste comenzará a regir a partir del día hábil siguiente a la
recepción del presente documento.
En lo referente a las observaciones contenidas en el acápite 1, numeral 1, letra a) y b), sobre demolición de tramo vial
ejecutado recientemente por el MOP dada la incompatibilidad con el proyecto en estudio, este Organismo de Control se encuentra sustanciando un sumario administrativo mediante la resolución exenta N° PD00106, de 2018, según lo
dispuesto en los artículos 131 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la
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