Informe de seguimiento 794 16 Municipalidad de castro auditoría al gasto en periodo electoral uso de bienes vehículos rrhh recursos físicos y financieros diciembre 2017
Fecha | 29 Diciembre 2017 |
Número de informe | 794/2016 |
Emisor | Regional Los Lagos |
INFORMES VINCULADOS
Número | Tipo | Nombre |
---|---|---|
794/2016 | Informe Final de Auditoría | INFORME FINAL 794-16 MUNICIPALIDAD DE CASTRO AUDITORÍA AL GASTO EN PERIODO ELECTORAL - USO DE BIENES - VEHÍCULOS - RRHH - RECURSOS FÍSICOS Y FINANCIEROS - OCTUBRE 2016 |
OBJETIVO
De acuerdo con las facultades establecidas en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se realizó el seguimiento a las observaciones contenidas en el Informe Final N° 794, de 2016, sobre auditoría al uso de bienes, vehículos y recursos físicos y financieros en año de elecciones, en la Municipalidad de Castro, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de Control a la entidad examinada en dicho informe.
CONCLUSIONES
En mérito de lo expuesto, cabe concluir que la Municipalidad de Castro realizó las gestiones que permitieron subsanar las observaciones contenidas en el cuadro N° 1, del presente informe.
No obstante, se mantienen las situaciones informadas en el cuadro N° 2, con las acciones derivadas que se indican.
En lo referente a las observaciones contenidas en el acápite III Examen de Cuentas, numerales 2.2, publicaciones que contienen la imagen y/o nombre del alcalde y 3.1, invitaciones y revistas, este Organismo de Control se encuentra sustanciando un sumario administrativo mediante la resolución exenta N° 393, de 2016, según lo dispuesto en los artículos 131 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
En consideración a que esa entidad edilicia no ha dado inicio al proceso disciplinario requerido a instruir por esta Contraloría General, mediante el Informe Final N° 794, de 2016, remitido con fecha 19 de octubre de 2016, mediante oficio N° 6.048, de igual data, se reitera la obligación de dar inicio a este proceso, otorgándose un plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, para presentar el decreto alcaldicio de inicio respectivo, el que deberá ser remitido a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta...
No obstante, se mantienen las situaciones informadas en el cuadro N° 2, con las acciones derivadas que se indican.
En lo referente a las observaciones contenidas en el acápite III Examen de Cuentas, numerales 2.2, publicaciones que contienen la imagen y/o nombre del alcalde y 3.1, invitaciones y revistas, este Organismo de Control se encuentra sustanciando un sumario administrativo mediante la resolución exenta N° 393, de 2016, según lo dispuesto en los artículos 131 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
En consideración a que esa entidad edilicia no ha dado inicio al proceso disciplinario requerido a instruir por esta Contraloría General, mediante el Informe Final N° 794, de 2016, remitido con fecha 19 de octubre de 2016, mediante oficio N° 6.048, de igual data, se reitera la obligación de dar inicio a este proceso, otorgándose un plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, para presentar el decreto alcaldicio de inicio respectivo, el que deberá ser remitido a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta...
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