Informe de investigación especial n° 715-2020 Municipalidad de purén, sobre presuntas irregularidades-mayo 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052419

Informe de investigación especial n° 715-2020 Municipalidad de purén, sobre presuntas irregularidades-mayo 2021

Fecha31 Mayo 2021
Número de informe715/2020
EmisorRegional Araucanía

OBJETIVO Verificar si existen irregularidades del tipo financieras en el Departamento de Educación Municipal, DAEM, de Purén, tales como el no pago de los créditos que los funcionarios poseen con la cooperativa COOPEUCH y con la Caja de Compensación La Araucana, no pago de cotizaciones previsionales, no pago de bienios, entre otras, durante el período comprendido entre el mes de enero de 2019 y el mes de septiembre de 2020.
CONCLUSIONES - Se advirtió que el DAEM de Purén, para el año 2019, estimó un presupuesto inicial de M$ 4.141.200 para el subtítulo 21, cuentas por pagar gastos en personal, el cual, luego de una serie de modificaciones, resultó en un presupuesto vigente de
M$ 5.082.363, devengando una obligación de M$ 5.036.090. Luego, para el año 2020, se consideró un presupuesto inicial de M$ 4.517.000, sin perjuicio que, tal como se mencionó precedentemente, el año 2019 la obligación ascendió a más
de 5 mil millones de pesos, evidenciándose una subestimación del presupuesto inicial para el subtítulo 21, tanto en el año 2019 como en el 2020, al aprobar esos presupuestos, razón por la cual, no habrían sido analizados, de manera eficaz los
montos de recursos suficientes para atender los gastos previstos, en esos periodos presupuestarios, por lo que, dicha entidad deberá establecer un procedimiento para la determinación del presupuesto e informa de ello a este Organismo de control, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
- Se verificó que, al 31 de diciembre de 2019, la cuenta corriente N° XX, denominada ‘habilitación servicios educación’, evidencia un faltante de a lo menos, un monto de $ 450.257.958, correspondiente a los saldos por rendir de los programas PIE, pro retención y apoyo al mantenimiento. En consecuencia, procede que esa entidad municipal restituya la suma de $ 450.257.958, a la cuenta corriente en comento, lo que deberá ser acreditado ante este Órgano de Control, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de la recepción del presente informe. En el caso contrario, se llevará a cabo el reparo pertinente, conforme a lo señalado en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
- Se advirtió la misma situación indicada en el punto anterior al 30 de septiembre de 2020, donde no obstante no considerarse los saldos pendientes por rendir de los programas antes mencionados, por cuanto aún no se encuentran
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