INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL 25-14 MUNICIPALIDAD DE LA SERENA SOBRE EVENTUAL INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES INJURIAS VULNERACIÓN POR PARTE DEL PERSONAL DEL MUNICIPIO - OCTUBRE 2014
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2014 |
Emisor | Regional Coquimbo |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE LA SERENA |
Número de informe | 25/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe de Investigación Especial |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir que:
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En relación con la acusación de la recurrente en cuanto a agravios proferidos en su contra por la señora Ana Bahamondes Rodríguez, según aparece de los antecedentes tenidos a la vista, la materia de que se trata reviste el carácter de litigiosa, por cuanto se encuentra referida a un eventual delito de injurias, razón por la cual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, esta Contraloría General se encuentra impedida de intervenir o informar en asuntos que por su naturaleza tengan propiamente dicho carácter, como ocurre en la especie.
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En cuanto al incumplimiento de funciones, vulneración de derechos y hostigamiento, la señora Alcaya Maturana se limita a indicar su ocurrencia, sin presentar hechos concretos y específicos que den cuenta de tales conductas por parte de doña Ana Bahamondes Rodríguez, a quien dirige su acusación, por lo que se cumple con señalar que la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control ha señalado que aun en aquellos casos en los que los peticionarios detallen situaciones que darían cuenta de eventuales o posibles irregularidades, corresponde desestimar las peticiones de indagar cuando no se acompañan antecedentes precisos en respaldo de lo aseverado.
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En cuanto a la falta de uniformidad —y por ende, arbitrariedad— de esa corporación edilicia en la aplicación de la normativa sobre la materia, respecto de los dos módulos aludidos, se verificó que tanto el municipio como la Capitanía de Puerto de Coquimbo, adoptaron medidas al efecto, que fueron comunicadas a la recurrente, por lo que procede desestimar lo representado. En relación a la inspección realizada en el mes de junio de 2014, a “Herradura Experience”, esa entidad deberá informar sus resultados en un plazo no superior a 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe.
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Sobre el ocultamiento de información al Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, por parte de la referida funcionaria, en orden a que en la documentación adjunta al parte N° 2.417, de 8 de agosto de 2013, no se incluyó la autorización otorgada por la Capitanía de Puerto de Coquimbo para arrendar patines en el sector de la playa Hipocampo, entre el 19 de marzo y el 30 de septiembre de ese año, lo que habría incidido en que finalmente se le infraccionara, corresponde desestimar lo representado, toda vez que la...
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