Informe de investigacion especial 24 18-servicio de evaluacion ambiental los lagos eventuales irregularidades subdivision proyecto portal del sur diciembre 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840026375

Informe de investigacion especial 24 18-servicio de evaluacion ambiental los lagos eventuales irregularidades subdivision proyecto portal del sur diciembre 2018

Fecha05 Diciembre 2018
Número de informe24/2018
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO Atender la denuncia de la ex Diputada doña Marisol Turres Figueroa, referida a determinar si se ajustó a derecho la aprobación de la división del proyecto “Portal del Sur” por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos; verificar la legalidad de los permisos de edificación asociados al proyecto precitado, aprobados por la Municipalidad de Puerto Montt; y comprobar si era o no exigible un Estudio de Impacto Vial aprobado por parte de la Secretaría Regional Ministerial, SEREMI, de Transportes y Telecomunicaciones de Los Lagos.
CONCLUSIONES • Se constató que la Superintendencia del Medio Ambiente mediante el Informe de Fiscalización Ambiental denominado “Alcantarillado Panitao” N° DFZ-2018-967-X-SRCA-IA, concluyó, principalmente, que la iniciativa denominada “Redes de Alcantarillado del Proyecto Inmobiliario Portal del Sur, Puerto Montt”, no debía ser sometido al SEIA, por no configurarse la tipología o.1 del artículo 3°, del decreto N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, lo que sumado al análisis de antecedentes realizado por este Organismo de Control, permite señalar que no se advierte que haya existido un fraccionamiento para evadir el ingreso del mencionado proyecto al SEIA, pues esa superintendencia, para pronunciarse al respecto, no analizó las diversas etapas del mismo como unidades independientes, sino que lo examinó como un proyecto completo, por lo que cabe desestimar lo denunciado por la peticionaria.
Se advirtió que, la Superintendencia del Medio Ambiente, luego de aproximadamente un año y 5 meses, se pronunció sobre su decisión de no requerir el ingreso del proyecto “Redes de Alcantarillado del Proyecto Inmobiliario Portal del Sur, Puerto Montt” al SEIA, situación que se aparta de los principios de eficiencia, eficacia y celeridad, previstos en los artículos y de la ley N° 18.575 y de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

En relación al Proyecto “Solución Sanitaria de Agua Potable y Aguas Servidas para la Concesión del Sector Panitao – ESSSI S.A”, la SMA a través de la resolución exenta N° 1.008, de 2017, requirió a la empresa ESSSI S.A., ingresar dicho proyecto al SEIA. Luego, el 15 de septiembre de 2017, la empresa presentó un recurso de reposición en contra de la mencionada resolución, ante lo cual la SMA, mediante su resolución exenta N° 1.267, de 2017, decidió acoger la
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