INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 13-11 SERVICIO DE SALUD DE ANTOFAGASTA SOBRE IRREGULARIDADES EN CONTRATO CONSTRUCCIÓN CENTRO DE RADIOTERAPIA - OCTUBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565327670

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 13-11 SERVICIO DE SALUD DE ANTOFAGASTA SOBRE IRREGULARIDADES EN CONTRATO CONSTRUCCIÓN CENTRO DE RADIOTERAPIA - OCTUBRE 2011

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2011
EmisorRegional Antofagasta
ServicioSERVICIO DE SALUD ANTOFAGASTA
Número de informe13/2011
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir que:

  1. La procedencia de la aplicación de las multas por atrasos en la entrega de las obras por el contratista, y el pago del último estado de pago de la obra se encuentra sometida al conocimiento del Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta y de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.:

    A raíz de lo anterior y en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°. inciso tercero, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Contraloría General. en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880. que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. no corresponde que este Organismo de Control informe o intervenga en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, situación que acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 29.089. 15.964. 55.460. 54.780, todos de 2011, de esta Entidad de Control).

  2. En relación al cobro de las boletas de garantía por parte del Servicio de Salud Antofagasta, se constató que el hecho no se materializó, por lo que no produjo efecto alguno entre las partes. Sin embargo. este Organismo de Control cumple con informar que de acuerdo a lo señalado en el artículo 95 de las bases administrativas del contrato, si en el lapso entre la recepción provisoria y definitiva de la obra se produjeran defectos, desperfectos o fallas atribuibles a problemas en la construcción y el contratista no hubiese hecho las reparaciones correspondientes en el plazo señalado por la comisión de recepción definitiva o la Unidad Técnica, éstas las efectuará el Servicio de Salud Antofagasta, con cargo a las retenciones y garantías prestadas por el contratista.:

  3. En cuanto a la emisión de documentos con posterioridad a la conformación de la comisión a cargo de la recepción provisoria de las obras. en fechas no acordes al desarrollo de los hechos. no se acompañaron antecedentes que permitieran avalar lo señalado. Asimismo. de las indagaciones y procedimientos practicados por este Organismo de Control no se determinaron situaciones que informar.

  4. En lo relativo a la falta de entrega de las observaciones técnicas elaboradas por la comisión...

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