INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 09-10 MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT PROCESO DE ADQUISICIÓN BUSES USADOS-MARZO 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 565307270

INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 09-10 MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT PROCESO DE ADQUISICIÓN BUSES USADOS-MARZO 2010

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2010
EmisorRegional Los Lagos
ServicioMUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Número de informe9/2010
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional
  1. Existió incumplimiento a las especificaciones técnicas de la Bases de la licitación E-17/2006, para la internación de buses escolares americanos reacondicionados, por parte de la empresa Servicios y Seguridad Industrial Ltda., en el sentido que el año de fabricación de los buses no debía ser inferior al año 1995; internándose vehículos del año 1993.

  2. La Municipalidad de Puerto Montt, no incorporó en las bases administrativas de la licitación E-3/2008, - internación de microbuses escolares americanos reacondicionados para la Dirección de Educación Municipal -, la exigencia de constitución de la garantía de seriedad de la oferta, contraviniendo el artículo 11 de la ley 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en concordancia con el artículo 31 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.:

  3. No consta que se hayan realizado trabajos de mantención y reparación a los buses internados por la Municipalidad de Puerto Montt durante los años 2008 y 2009, por parte de la empresa Don Brown Bus Sales, Inc.

  4. La internación de buses escolares efectuada por la Municipalidad de Puerto Montt, destinados además y en virtud de un convenio del año 2009. a las Municipalidades de Maullín, Punta Arenas, Collipulli y Pitrufquén, consistió en los hechos en una operación de compra, que se realizó a la empresa estadounidense comercializadora de estos vehículos, Don Brown Bus Sales, Inc, y no mediante una donación, como se hizo parecer, obteniendo con ello la posibilidad de ingresar vehículos usados al territorio nacional, prohibida en el artículo 21 de la ley 18.483, además de las franquicias que para dichas donaciones contempla la normativa aduanera vigente.

  5. Esta Contraloría Regional efectuará un...

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