Informe final n°819-2023 Municipalidad de ercilla, sobre fiscalización al proceso licitatorio de asesoría financiera y contrato de apertura y administración de cuentas corrientes-diciembre-2023. - Doctrina Administrativa - VLEX 974163945

Informe final n°819-2023 Municipalidad de ercilla, sobre fiscalización al proceso licitatorio de asesoría financiera y contrato de apertura y administración de cuentas corrientes-diciembre-2023.

Fecha27 Diciembre 2023
Número de informe819/2023
EmisorRegional Araucanía

OBJETIVO

Efectuar una fiscalización a los procesos de licitación y contratación del servicio de “Contratación de estudio de factibilidad financiera, para mayores ingresos financieros de la Municipalidad de Ercilla”, como también al “Servicio de Apertura y Mantención de Cuentas Corrientes Bancarias en moneda nacional, recaudación de ingresos municipales y otros servicios bancarios”, en el periodo comprendido entre los años 2016 y 2023. En este sentido, se realizó un examen a las cuentas relacionadas con la materia en revisión.

CONCLUSIONES

• Verificar que las licitaciones y contratos se ajustaron a la normativa vigente.

• Determinar si existieron eventuales conflictos de interés entre funcionarios que intervinieron en los procedimientos involucrados y la empresa adjudicada, o vinculación entre los socios de las empresas que ofertaron en los procesos

licitatorios.

• Constatar la existencia de procedimientos de control efectivos para el manejo de contratos en análisis.

Principales resultados:

1. Se constató que el mecanismo para fijar los precios establecido en las bases de la licitación pública ID xxxx , así como también el precio pactado en el contrato de estudio de factibilidad financiera para mayores ingresos financieros en la Municipalidad de Ercilla, firmados por el municipio con la empresa Gestión Global SpA, no se ajustaron a derecho, atendido a que no se fijó en función a la prestación del servicio en cuestión, sino que a los beneficios que se obtendrían de una licitación

distinta y futura (apertura y mantención de cuentas corrientes), de manera que las condiciones en las que aquel se celebró implicó una contravención a los principios de eficiencia y ahorro que debe observar la Administración en sus contrataciones,

vulnerando con ello el interés público.

2. De este modo, se determinó que la Municipalidad de Ercilla efectuó dos pagos a la empresa Gestión Global SpA, por un total de $50.500.000, entre julio de 2018 y mayo de 2019, por servicios de estudio de factibilidad financiera, lo que resultó

improcedente considerando que los servicios no tienen relación directa con el objeto del contrato y el precio pactado no atiende al servicio de los estudios licitados, sino que a los beneficios obtenidos de un proceso de licitación distinto al adjudicado, lo que vulnera el principio de legalidad del gasto, consagrado esencialmente en los artículos , y 100, de la Constitución Política de la República; de la ley N° 18.575; 56 de la ley N° 10.336; y, en...

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