Informe Final N° 742-2017 - Departamento de Educacion de Santiago - sobre Auditoria Al Proceso de Formulacion, Ejecucion y Control del Presupuesto - Diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699056341

Informe Final N° 742-2017 - Departamento de Educacion de Santiago - sobre Auditoria Al Proceso de Formulacion, Ejecucion y Control del Presupuesto - Diciembre 2017

PonenteNo aplica.
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2017
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago
ServicioDepartamento de Educacion de Santiago
Número de informe18354/2017
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral
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DE
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Municipalidad de Santiago
Informe
Final
No
: 7 42/2017
1
de
diciembre
de
2017
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
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de
Santiago.
· Sobre el particular, corresponde
que
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autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada
caso
se
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es a subsanar las situaciones observadas, aspectos que
se
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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
Resumen
Ejecutivo
Informe Final
No
7 42 de 2017
Área
de
Educación
.de
la Municipalidad
de
Santiago
Objetivo: Evaluar que el proceso de formulación, ejecución y control del
presupuesto del Área de Educación de
la
Municipalidad de Santiago, haya sido
efectuado de manera eficiente y eficaz, a través de la forinulación de presupuestos
debidamente financiados y autorizados. Lo anterior, en el período comprendido entre
el1
de enero y el31 de diciembre 2016, agregándose revisiones de años anteriores,
en la medida que se consideraron necesarias.
Preguntas
de
la auditoría ·
¿La Dirección de Educación de esa entidad edilicia cuenta con procedimientos de
monitoreo para
la
ejecución presupuestaria que permita detectar desviaciones y su
corrección?
¿El monitoreo aplicado a la ejecución presupuestaria permite corregir las
desviaciones detectadas y mejorar los procesos presupuestarios futuros?
Se comprobó que, al término del ejercicio contable 2016, el Área de Educación
presentó una situación deficitaria de $ 1.481.925.668, cifra que sumada al saldo
inicial de caja determinado al 1 de enero de ese mismo año, negativo de
$ 1.802.416.259, resulta un déficit final de $ 3.284.341.927. Además, se estableció
que la ejecución presupuestaria del año 2015, alcanzó
un
déficit
de$
1.802.416.259.
La repartición municipal deberá, en lo sucesivo, examinar trimestralmente el
programa de ingresos y gastos e introducir las correcciones pertinentes
pa~a
mantener el equilibrio presupuestario que exige la legislación, evitando de esta
manera un déficit en la aplicación del presupuesto, de acuerdo a lo dispuesto en el
81
de la ley No 18.695, procurando además, acatar el principio de sanidad y
equilibrio financiero consagrado tanto por la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades como por el decreto ley
No
1.263, de 1975.
Se detectó inobservancia de la normativa que regula las clasificaciones
presupuestarias, lo que redundó
en
la
determinación del saldo inicial de caja
negativo para el año 2016,
de$
1J~02.416.259.
El
ente edilicio deberá implementar
un procedimiento de monitoreo que permita detectar de manera oportuna
lr;¡s
desviaciones del remanente presupuestario del año anterior,· a fin de ajustarlo a la
definición del subtítulo 15, contenido en el decreto
No
854, de 2004, del Ministerio de
Hacienda.
Se estableció que el presupuesto inicial del Área de Educación, que consideró
ingresos y gastos por M$ 44.996.025, fue ajustado al
31
de diciembre de 2016, a la
cantidad de M$ 63.
571
.095, cifra que comparada con el presupuesto final vigente a
esa misma data, de M$ 64.090.293, muestra una diferencia de M$ 519.198, suma
de
la
que no consta la correspondiente corrección presupuestaria. La entidad
comunal deberáen adelante, dictar
~portunamente
los actos administrativos que
aprueban los ajustes al presupuesto del Área de Educación, de acuerdo con lo
dispuesto
en
los artículos 65, letra a) y
, de
la
ley No 18.695. Del mismo modo, esa
repartición deberá dar estricto cumplimiento a las
instruccion~s
que este Organismo
Fiscalizador imparte para cada ejercicio contable, relativas a las normas de
flexibilidad presupuestaria.
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1
CONTRALO~[A
REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
PUCE: No 13.062/2017
UAN
° 3
1
INFORME FINAL No 742, DE 2017, SOBRE
AUDITOR(A AL PROCESO DE
FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y
CONTROL DEL PRESUPUESTO DEL
ÁREA . DE EDUCACIÓN,
EN
LA
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO.
SÁNTIAGO, 1 -
DIC
.
2017
En cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta Contrataría Regional Metropolitana para el año 2017, y en
.conformidad con lo establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley No 10.336,
de Organización y Atribuciones de esta Institución, y 54 del decreto ley No 1.263, de
·1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría al
proceso de formulación, ejecución y control del presupuesto del área de educación,
en la Municipalidad
de
Santiago.
El equipo que ejecutó la auditoría f ue
integrado por las señoras Magdalena Orellana Antil
ef
y Jacqueline Airaldi Correa,
auditora y supervisora, respectivamente. ·
JUSTIFICACIÓN
La
actual revisión se fundamenta en el
a.nálisis realizado a
la
información presupuestaria y contable remitida a esta Entidad
Fiscalizadora, por los municipios de la Región Metropolitana, el que determinó -en el
marco del· proceso de planificación para el año 2017, de este Organismo
de
Control-
que la Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago, al
31
de diciembre
de
2016
presentaba un déficit presupuestario de M$ 5.264.65
3.
· ·
Asimismo, a través
de
esta auditoría, esta
Contraloría Regional busca contribuir a la implementación y cumplimiento de los 17
Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados
por
la
Asamblea General de las
Naciones . Unidas en su Agenda 2030, para
la
erradicación de la pobreza,
la
protección del planeta y
la
prosperidad
de
toda la humanidad.
En tal sentido, esta revisión se enmarca en
el ODS, N° 16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
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AL SEÑOR
VfCTOR HENRIQUEZ
GONZÁlEZ
CONTRALOR REGIONAL
1 CONTRALOR(A REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
PRESENTE
1
J
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANTECEDENTES GENERALES
De manera previa, cabe precisar que las
municipalidades se encuentran sujetas,
en
los ámbitos presupuestario y financiero,
a las reglas generales consignadas
en
el citado decreto ley
No
1.263, de 1975, y
la
ley
No
· 18.695, Orgánica Constitucional . de Municipalidades,
la
cual contempla una
serie de preceptos especiales que dicen relación con la aprobación del presupuesto
municipal y de los correspondientes a los servicios traspasados o incorporados a la
gestión municipal.
Enseguida,
en
cuanto a las normas que la
propia ley
No
18.695 consigna en lo relativo a las atribuciones de orden financiero y
presupuestario de que están investidas las municipalidades, es pertinente destacar
el artículo
5o
de ese cuerpo legal que determina que, para el cumplimiento de sus
funciones, las municipalidades tendrán, entre otras atribuciones esenciales, según
lo indica la letra b), la de elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto
municipal, incluido el de educación.
A
su
turno, el artículo.
56
del mismo texto
normativo previene que el Alcalde es
la
máxima autoridad de
la
municipalidad
y,
en
tal calidad, le corresponderá
su
dirección y administración superior y la
s4pervigilancia de
su
funcionamiento y agrega, el inciso segundo, que, en la
condición antedicha, esa jefatura comunal deberá, en lo
ql:Je
interesa, presentar
oportunamente y
en
forma fundada, a la aprobación del concejo, entre otras materias
que indica, el presupuesto municipal. ·
Por
otra parte, el artículo 63, letra e), del
anotado cuerpo legal, previene que la autoridad edilicia tendrá la atribución de
administrar. los recursos financieros de
la
municipalidad, de acuerdo con las normas
sobre administración financiera del. Estado.
En tanto el artículo 65, inciso primero, regula
especialmente las materias que requieren el acuerdo del concejo municipal. Es así
que, en lo que interesa, el literal a) de dicha disposición dispone que se exige tal
acuerdo pata aprobar el presupuesto municipal y sus modificaciones, como
asimismo los presupuestos de salud y educación ·y los programas de inversión
correspondientes.. .
. Enseguida, según el inciso primero del
81
del mismo texto legal, el concejo solo podrá aprobar presupuestos
debidamente financiados, concerniéndole especialmente al jefe de la unidad de
control representar los déficits que en él advierta, debiendo el órgano pluripersonal
examinar trimestralmente el programa de ingresos y gastos, introduciendo las
variaciones correctivas a que hubiere lugar, a proposición
d~l
Alcalde.
Por último,
su
inciso final prescribe que, "
En
todo caso,
e)
concejo solo resolverá las modificaciones presupuestarias una vez.que .
haya tenido a la vista todos los antecedentes que justifican
la
modificación
propuesta, los cuales deberán ser proporcionados a los concejales
con
una
anticipación de a lo menos 5 días hábiles a
la
sesión respectiva".
3
/
CONTRALORfA GENERAL DE LA REPUBLICA
1 CONTRALORfA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Sobre lo anterior, es menester señalar que
la Municipalidad
de
Santiago cuen.ta con una Dirección de Educación, integrada por
, los Departamentos Técnico Pedagógico, de Administración Finanzas, de Gestión de
personas, de Infraestructura, de Asuntos Estudiantiles y las Unidades
de
Asesoría
Jurídica, Control
de
Gestión y Comunicaciones, según lo dispuesto en el artículo 92
· del reglamento de organización interna, aprobado por el decreto alcaldicio
No 2.209, de 14
de
julio
de
2015.
En tanto, su objetivo
es
el
de
-procurar las
condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos
de enseñanza a cargo
de
la municipalidad, conforme
lo
preyisto en el artículo 93 del
aludido reglamento. ·
Cabe mencionar que, con carácter
confidencial, a través del acta de entrega ICRM No 1.680, de
21
de septiembre de
2017, fue puesto en conocimiento
de
la
autoridad comunal, el Preinforme de
Observaciones
No
7 42, de. igual año, con la finalidad de que formulara los alcances
y precisiones que, a su juicio, proc.edieran, lo que se concretó mediante el oficio ord.
No
2601 , de 16.de octubre
de
la misma anualidad, emitido por el Director
de
Asesoría
Jurídica de la Municipalidad de Santiago.
OBJETIVO
La auditoría tuvo por óbjeto evaluar que el
proceso de formulación, ejecución y control del presupuesto del Área
de
Educación
de la Municipalidad
de
Santiago, haya sido efectuado de manera eficiente y eficaz,
a través de la formulación de presupuestos debidamente financiados y autorizados.
Lo anterior, en el período comprendido entre
e1
·1 de enero y el31 de diciembre 2016,
agregándose revisiones de años anteriores, en la medida que se consideraron
necesarias.
citada ley No 10.336.
METODOLOG.
ÍA
Todo lo anterior,
en
concordancia con la
El examen se ejecutó
de
acuerdo con
la
metodología de auditoría
de
esta Entidad Fiscalizadora, contenida en la resolución
No 20, de 2015, que Fija Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por
la
Contrataría General
de
la República, y con los procedimientos de control
sancionados mediante la resolución exenta
No
1.485, de 1996, que
Apru~ba
Normas
de Control Interno
de
esta Entidad
de
Control, considerando el resultado
de
la
evaluación de control interno respecto
de
la materia examinada y, determinándose
la
realización
de
pruebas
de
auditoría en la medida que se estimaron necesarias,.
tales comoanálisis documental, validaciones en terreno, entre_ otros.
4
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Cabe precisar que las observaciones
que
este Organismo
de
Control formula con ocasión
de
las fiscalizaciones que realiza,
se
clasifican en diversas categorías,
de
acuerdo con su grado
de
complejidad. En
efecto, se entiende
por
Altamente complejas (AC)/Complejas (C), aquellas
observaciones que,
de
acuerdo a
su
magnitud, reiteración, detrimento patrimonial,
eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas
de
especial relevancia
por
esta Entidad Fiscalizadora; en tanto,
se
clasifican como Medianamente
complejas (MC)/Levemente complejas (LC), aquellas
que
tienen menor impacto en
esos criterios. '
UNIVERSO Y MUESTRA
. La auditoría al proceso
de
formulación,
ejecución y control del presupuesto del Área
de
Educación
de
la Municipalidad
de
Santiago, se focalizó en determinar si los procedimientos llevados a cabo en dichas·
instancias, se ajustaron a las normas que regulan los aspectos financieros y
presupuestarios en el ámbito municipal, no determinándose para tales efectos, un
universo y muestra
de
datos para revisar.
·La información utilizada fue proporcionada
por
el Jefe
de
Recursos Financiéros
de
la Subdirección
de
Administración y Finanzas
de
la Dirección
de
.Educación, y puesta a disposición
de
esta Contraloría Regional
Metropolitana, mediante correo electrónico
de
fecha
31
de
agosto
de
2017.
RESUL
TACO
DE
LA AUDITORÍA
Del examen practicado, y considerando los
argumentos y antecedentes aportados por la jefatura comunal respecto
de
las
situaciones observadas en este informe, se determinó lo siguiente:
l.
ASPECTOS
DE
CONTROL
INTERNO
. El estudio.
de
la estructura ·
de
control interno
y
de
sus factores
de
riesgo, permitió obtener una comprensión del entorno en
que
se
ejecutan las operaciones, del cual
se
desprende lo siguiente:
'
1. . Reglamento
de
organización interna.
. Tal como
se
indicó en el apartado
antecedentes generales, la Municipalidad
de
Santiago dispone
de
un reglamento
de
organización interna, aprobado
por
el decreto alcaldicio
No
2.209,
de
2015
,
-que
reemp.lazó el reglamento
No
476
,
de
2013-
que regula tanto la estructura
como las funciones asignadas a las distintas unidades, entre las
que
se
encuentra
la Dirección
de
Educación,
que
conforme su artículo 7°, depende
de
la autoridad
comunal.
5
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Sobre la materia fiscalizada, el citado
instrumento establece en el artículo 94, acápite "departamentos de administración
y finanzas
",
letra
b)
, que a esa unidad le corresponderá entre otras funciones
la
de
"formular el presupuesto anual de la Dirección de Educación e informar
su
ejecución
".
Asimismo, se constató que
el
referido
reglamento no se encuentra publicado en
la
página web municipal, en contravención
a lo dispuesto en el artículo r . letras a) y b), de
la
ley No 20.285, sobre Acceso a
la
Información Pública, precepto que establece el deber de los órganos de
la
Administración de mantener a disposición permanente
público, a través de sus
sitios electrónicos, entre otros antecedentes,
su
estructura orgánica, facultades,
funciones y . atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos,
actualizada, a lo menos, una vez al mes.
. El Abogado Jefe de la Dirección de Asesoría
Jurídica en
su
respuesta, confirma lo observado y señala que se ordenó a
la
Dirección de Administración y Finanzas de ia municipalidad, dar cumplimiento a lo
exigido en la citada ·norma legal, motivo por el cual, se mantiene la falta advertida,
en tanto la medida dispuesta no se concrete.
2.
Manual de
P,rocedimientos
de operación y contabilidad.
1
Se
advirtió que la Dirección de Educación
carece de
una
manual de procedimientos que
fij~
los cursos de acción respecto del
proceso de formulación, ejecución y control del presupuesto ..
Lo
expuesto,
no
se ajusta a
lo
previsto en el
numeral 45, de
la
resolución exenta
No
1.485, de 1996, de este Organismo de
Control,
el
cual consigna que "La documentación relativa a las estructuras de control
interno debe incluir datos sobre la estructura y políticas de una institución, sobre sus
categorías operativas, objetivos y procedimientos de control. Esta información debe
figurar en documentos tales como
la
guía de gestión, las políticas administrativas y
los manuales de operación y de contabilidad
".
, En su oficio de respuesta,
la
jefatura
comunal ratifica la omisión detectada y señala
-en
síntesis- que la Dirección de
Educaéión se encuentra rea!izando
un
análisis de l
os
procedimientos internos de
control sobre
la
administración de cuentas corrientes bancari
as
, caución de
giradores y conciliaciones bancarias, para posteriormente confeccionar
Jos
manuales de procedimientos que correspondan.
L"7l
Al tenor de lo expuesto, se mantiene
el
\\
hecho objetado
inicialme
.
~te
,
en tanto no
s~
concrete la medida infonnada.
\ 1
J
6
CONTRALORfA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANJIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3_
3. Realización
de
auditorías.
Por otra parte, se estableció
que
para la
Dirección de Control ese municipio mediante el decreto alcaldicio No 91, de 13 de
enero
de
2016, aprobó la planificación anual de auditorías para esa misma
anualidad, en virtud de la cual, esa dirección ejecutó
-una
revisión al inventario de los
planteles educacionales correspondiente al año 2015; examinó los gastos cursados
.con cargo a los fondos de la Subvención -Escolar Preferencial, SEP; y, realizó un
análisis a las diferencias en el pago
de
cotizaciones previsionales. Los resultados
de
los mencionados trabajos fueron informados a la Dirección de Educación mediante
los oficios ordinarios N.5-723,
de
1 & de abril; 1.275, de 29
de
junio; y, 1.899, del 23
de
septiembre, todos
de
2016, respectivamente.
Se constató, además, que durante los 3
últimos años la referida dirección revisó los procesos de compra de bienes y
servicios por valores iguales o inferiores a 100 UTM, y de remuneraciones, según
consta
de
los oficios ordinario N
·s
2.593, de 31 de diciembre de 2015, y 1.279, de 29
de
junio de 2016, en cada caso, no determinándose aspectos que representar.
4. Cuentas corrientes.
En materia
de
admin.istración
de
los
recursos financieros, se determinó que este Organismo de Control en conformidad
con lo dispuesto en el artículo 54
de
la ley No
10
.336, otorgó autorización para la
\
apertura
de
8 y
43
cuentas
banca_rias
administradas por la Dirección de Educación,
y los establecimientos educacionales
de
esa comuna, respectivamente, no
detectándose hechos·que objetar. El detalle consta en el Anexo No 1.
5. Cauciones de los giradores de cuentas corrientes.
En cuanto a las cauciones destinadas a
asegurar el correcto cumplimiento
de
deberes y obligaciones de los giradores de las
cuentas bancarias individ
t!s
alizadas en el apuntado Anexo No 1, las validaciones
efectuadas en el Sistéma de Información y Control del Personal
de
la Administración
del Estado
de
esta Entidad Fiscalizadora, SIAPER, comprobaron qúe, durante el
período examinado, todos contaban con dicha garantía, tal como lo exige el artículo
68 de la aludida ley No 10.336, no advirtiéndose situaciopes que cuestionar.
6. Conciliación bancaria.
En lo referido a la tarea de cOnfeccionar la
conciliación bancaria de las cuentas corrientes descritas en el enunciado Anexo
No 1, se obtuvo que tanto la
Di
rección de Educación como los planteles de
enseñanza, durante el período fiscalizado, realizaron las cuadraturas
de
los
movimientos de fondos de las cuentas bancarias que administran, acatando lo
instruido por este Órgano Fiscalizador a través del oficio circular No
11
.629, de 1982,
el cual Imparte Instrucciones al Sector Municipal sobre ·Manejo
de
Cuentas
· Corrientes Bancarias, no determinándose objeciones que formular.
7
CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
11.
EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA
1. Formulación y aprobación del presupuesto inicial.
Como cuestión previa, es dable recordar
que el proceso de formulación y aprobación presupuestaria se encuentra radicado
en. los respectivos Alcaldes con la intervención y acuerdo del concejo, según se
prevé en los artículos 56, inciso segundo; 65, letra a);
; y, 82, letra a
),
de la anotada
ley No 18.695, que señalan, en lo que interesa, que le corresponde a dicha autoridad
edilicia presentar oportunamente y en forma fundada al concejo municipal, para su
aprobación o rechazo, tanto el presupuesto comunal como el
de
los servicios
traspasados o incorporados a la gestión municipal, y sus posteriores modificaciones.
Precisado el marco jurídico aplicable,
es
del
caso indicar que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, consta que el
concejo municipal, en sesión extraordinaria
No
9/2015,
de
6 de noviembre de 2015,
aprobó el presupuesto del Área de Educación para el año 2016, dando cumplimiento
con ello a lo establecido en las referidas normas legales.
Enseguida, se comprobó que la
Municipalidad
de
Santiago, a través del decreto alcaldicio No 3, de 4
de
enero de
2016, formalizó
la
estimación de ingresos y gastos del presupuesto del Área de
Educación para esa anualipad, por la cantidad
de
$ 44.996.025:000, dando
cumplimiento a lo
ins~ruido
por esta Entidad Fiscalizadora a través del oficio circular
No 20.
101
,
de
15 de marzo de 2016.
En este contexto, cabe indicar que pese
haber sido requerido -mediante correos electrónicos de fecha 28 de julio y 1 de
agosto de 2016-la Dirección de Educación no puso a disposición de esta Contrataría
Regional Metropolitana, los antecedentes que sustentaron el cálculo
de
ingresos y
gastos proyectados en cada rubro en los distintos niveles de desagregación que
establecen las clasificaciones presupuestarias, situación que implica la infracción del
artículo
131
de la citada ley
No
10.336. '
En
su respuesta, el Director de Asesoría
Jurídica de esa entidad edilicia reconoce la situación representada, señalando que
ella se debió a que, por una parte. la información solicitada por esta Contraloria
·General no consta en los registros recibidos por esa Administración, y por otra, los
funcionarios que participaron en el proceso
de
formulación del presupuesto se
encuentran desvinculados del municipio o dejaron de pertenecer a la dotación
de
educación.
Continúa señalando que una vez asumidas
las nuevas autoridades municipales, se comprobó la falta
de
política de respaldo de
información financiera y contable.
Añade, en síntesis, que con motivo
de
las
situaciones expuestas, la Dirección de Educación Municipal se encuentra trabajando
en implementar medios de respaldo automático y periódicos de
la
información
de
los
computadores, para evitar la pérdida
de
datos sensibles o información innecesaria.
8
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL-METROPOLITANA DE SANTIA
GO
UNIDAD DE
AUDITORIA3
Pese a lo informado por esa jefatura, y
atendido que la irregularidad detectada
se
trata de un hecho ya acaecido, que no es
susceptible de regularizar
p~ra
el período fiscalizad
o,
éste debe ser mantenido. ·
Sin perjuicio de lo anterior, la revisión sobre
la materia permitió establecer lo siguiente:
- 1.1 Equilibrio presupuestari
o.
\
Del examen practicado al proyecto de
presupuesto del año 2016, presentado por el Alcalde al concejo municipal y que fue
posteriormente aprobado por dicho cuerpo colegiado, se advirtió que el monto de los
ingresos planificados, coinciden
con
el total de los gastós presupuestados, no
determinándose situaciones que observar.
Lo
expresado se muestra en el Anexo
N° 2.
1.2 Distribución del presupuesto del año 2016.
A ·modo ilustrativo,
se
ha estimado
presentar, a nivel de subtítulo, gráficamente la distribución del programa de ingresos
y gastos del Área de Educación aprobado por el citado decreto alcaldicio No 3, de
20
16,
constando el detalle en el precitado Anexo No 2.
Ingresos Presupuestados
5. Transferencias Corrientes 89%
8. Otros Ingresos Corrientes 1
3%
15. Saldo Inicial de Caja
8%
PRESUPUESTO INICIAL
$
40.240.695.000
1.285.403.000
3.469.927.000
44.996.025.000
Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base del presupuesto del año 2016, del
Ár
ea
de Educación, sancionado por el decreto alcaldicio N" 3, de 4
de
enero de 2016.
_ . Como puede apreciarse, la principal fuente
de recursos del Área de Educación correspondió a la partida de ingreso del subtítulo
05, Transferencias Corrientes, compue.sta por los recursos provenientes de la
Subsecretaria de Educación, por $ 30.226.795.000; del Tesoro Público, por
$ 1.
181
.303.000; de Otras Entidades Púbíicas, por $ 312.597.000; y, de
la
Municipalidad de Santiago,
por$
8.520.000.000, con una significación del
89
%.
'
9
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA /
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIA
GO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Gastos Presupuestados
PRESUPUESTO INICIAL
--
---
----
---------------------------------
---
--------------
~
---------------·
2
1.
Gastos
en
Personal
••••••••
82,10% 36.942.966.000
---
..........
......
.......
................
.................
.................
.............................
..
...
-----.......
.......
..
.....
-
..
.;
..........
-----
.....
.
22
. Bienes y Servici
os
de Consumo 12,
67
% 5.698.759.000
23
. Prestaciones de seguridad social 1 0,74% 332.332.000
29.
Adquisición_ de activo no 1
3
61
%
f111anc1ero
1.625.963.000
31
. Iniciativas de inversión 1 0,
88
%
396
.005.000
44.996.025.000
Fuente de Información: Elabo
ra
ción propia sobre'la base
del
presupuesto d
el
año 2016, del Área de
Educaci
ón
,
sa
ncion
a~o
por
el
decreto a
lc
aldicio N" 3, de 4 de enero de 2016.
De lo anterior,
se
advierte que la asignación
de
Jos
recursos estuvo orientada a financiar gastos
en
personal que representó
un
82,1
% del total proyectado.
En
tanto que el 0,74% del gasto se presupuestó para
prestaciones de seguridad social.
2. Apertura de las cuentas del ejercicio 2016.
Mediante el oficio circular No
101
.973, de
2015, este Organismo de Control impartió instrucciones
al
sector municipal sobre
el
_ ejercicio contable año 2016, estableciendo en el
n~meral
1_"Apertura de Cuentas
";
en
lo pertinente, que las entidades edilicias que
al
· inicio del ejercicio contable,
mantuvieran . saldo en la cuenta 12192 Cuentas por Cobrar de Ingresos
Presupuestarios, deberán traspasarlo en su totalidad a la cuenta contable 1151210
Cuentas por Cobra¡ - Recuperación de Préstamos- Ingresos por Percibi
r,
y 2153407
Cuentas por Pagar -Servicio de la Deuda Flotante, respectivamente, en armonía
con los conceptos establecidos
en
el
clasificador presupuestario para registrar los
derechos por percibir (ingresos devengados y no percibidos) y las deudas exigibles
(compromisos devengados y
no
pagados) pendientes al
31
de diciembre del año
anterior.
Asimi.smo:
se
señaló para tal efecto, que
correspondía aplicar el procedimiento asignado como L-01, incluido en el oficio
circular No 36.640, ·de 2007, sobre Procedimientos Contables para el Sector
Municipal, de esta Entidad de Control.
Al respecto, analizados los deudores y
acreedores presupuestarios del año 2016, consultados
en
el Balance de
Comprobación y de Saldos, obtenido del sistema SICOGEN 1, de este_ Organismo
Fiscalizador, se advirtió que la Dirección de Educación dio cumplimiento a lo
establecido en la precitada circular No 101.973, de 2015, toda vez que el abono
10
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORíA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
imputado en enero de 2016, en la cuenta 121-92, Cuentas por Cobrar de Ingresos
Presupuestarios, por $ 603.682.262, y el cargo registrado en la cuenta 221-92,
Cuentas por Pag'
ar
de Gastos Presupuestarios, por $ 1.471.719.988, guardan
relación
con
los ingresos no percibidos y gastos devengados y no pagados del
ejercicio anterior, no detectándose observaciones al respecto. ·
Luego, se constató que, al inicio del ejercicio
contable del año 2016, esa dirección realizó el traspaso de los deudores y
acreedores presupuestarios del año 2015, reflejados en las aludidas cuentas
121-92 y 221-92, a las . cuentas contables: 115-12 Cuentas por Cobrar
-Recuperación de Préstamos y 21534 Cuentas por Pagar -Servicio de la Deuda,
respectivamente, no advirtiéndose situaciones que objetar.
3. Modificaciones presupuestarias.
3.1
Decretos alcaldicios. -
Sobre la materia, el artículo 65, letra a
),
de
la
anotada· ley No 18.695, dispone que el jefe comunal requerirá el acuerdo del
concejo para aprobar, entre otros, el presupuesto municipal y sus modificaciones,
como asimismo los presupuestos de salud y educación y los programas de inversión
correspondientes.
A
su
turno, el artículo
81
del mismo texto
legal, establece que el concejo deberá examinar trimestralmente el programa de
ingresos y gastos, introduciendo las modificaciones correctivas a que hubiere lugar,
a proposici
ón
del Alcalde, considerando el informe que debe presentar el jefe de
la
unidad encargada del control o el funcionario que cumpla
con
esa tarea.,
En
relación con la materia, durante el
período
en
revisión, el municipio efectuó diecinueve modificaciones presupuestarias,
por
un
total de
M$
18.575.070, las cuales fueron aprobadas por el concejo municipal,
conforme lo establecido
en
el citado artículo 65 de
la
ya
citada ley No 18.695, cuyo
detalle consta
en
el Anexo No 3.
En
este ·contexto, y · considerando las
adecuaciones presupuestarias individualizadas en el aludido Anexo No 3, se
estableció que el presupuesto inicial del Area de Educación, que consideró ingresos
y gastos por M$ 44.996.025, fue ajustado al31 de diciembre de 2016, a
la
cantidad
de M$ 63.571.095, cifra que comparada
.con
el presupuesto final vigente a esa
misma·data, de M$ 64.090.293, muestra una diferencia de M$ 519.198, suma
de
la
que'no consta
la
correspondiente corrección presupuestaria, lo cual infringe
lo
expresado en la citada norma legal.
En
este mismo orden, se advirtiq que ese
municipio omitió aprobar las enunciadas 9orrecciones presupuestarias, mediante el
correspondiente decreto alcaldicio, incumpliendo las instrucciones impartidas por .
este Organismo de Control por el oficio circular
No
20.
101
, de 15 de marzo de 2016,
\ que dispuso
en
el numeral2.2, referido a las normas de flexibilidad presupuestaria,
( } que "las modificaciones presupuestarias deberán ser estructuradas conforme a las
~
11
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
normas de flexibilidad presupuestaria establecidas anualmente por
la
Dirección de
Presupuestos, según lo dispuesto en el artículo
26
del decreto ley No 1.263, de 1975,
las cuales establecen, entre otros, que éstas deben efectuarse
por
decreto del
alcalde respectivo, con acu.erdo del concejo; cuando corresponda".
El Director de Asesoría Jurídica de esa
repartición comunal, en su respuesta, en síntesis, señala que durante el último mes
de cada año calendario se confecciona la modificación presupuestaria que incluye
todas las correcciones realizadas en el período extraordinario, la que es informada
al Concejo Municipal
de
conformidad con lo establecido . en ·la ley No 18.695,
agregando además, que la correspondiente al mes
de
diciembre
de
2016, no fue
presentada en su oportunidad a dicho cuerpo colegiado producto del cambio
de
administración del gobierno comunal y
la
asunción
de
las nuevas autoridades, lo que
aconteció el 6
de
diciembre
de
ese mismo año.
Sin
pe~uicio
de lo indicado por esa jefatura
comunal, corresponde mantener la observación formulada, considerando que, a
la
fecha, no resulta susceptible de ser regularizada, por tratarse
de
un ejercicio
presupuestario fenecido.
3.2 Saldo inicial
de
caja.
Sobre este punto, es del caso señalar que
de acuerdo a lo prescrito por el decreto
No
854, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
que Determina Clasificaciones Presupuestarias, el saldo inicial
de
caja
. -subtítufo 15-corresponde a las disponibilidades netas en cuenta corriente bancaria
y en efectivo de los organismos públicos, además de los fondos anticipados y no
rendidos, excluyendo los depósitos
de
terceros, tanto en moneda nacional o
extranjera,
al1
de enero. '
De la verificación del cumplimiento
de
la
normativa contable y presupuestaria vigente sobre la materia, se establecieron las
siguientes situaciones:
3.2.1 Determinación.
El cálculo del referido saldo, al 1 de enero
de 2016, conforme
la
metodología impartida
por
este
Órgan.o
de Control, a través
del oficio
No
46.211 , de
21
de
juliq
de
2011 y, la información registrada en el Balance
de Comprobación y de Saldos, al
31
_de
diciembre de 2015, obtenido del precitado
sistema SICOGEN 1, dio como resultado la cantidad negativa
de$
1.802.416.259,
situación que resultó improcedente, atendida la definición del citado subtítulo 15, en -
el decreto
No
854, ya citado (aplica dictamen
No
11.450,
de
2014, de esta Entidad
Fiscalizadora). El detalle pertinente se muestra en el Anexo
No
4.
En su oficio
de
respuesta, la jefatura
municipal expresa que
de
la situación detectada
por
esta Contraloría General se ,
advierte que
la
administración anterior no dio cumplimiento a la
normativa
~
legal,
informando al respecto que la Dirección de Educación
se
encuentra realizando las
gestiones necesarias para lograr la correcta determinación del precitado saldo inicial
12
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORiA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
de caja, de acuerdo
con
la metodología impartida por el citado oficio
No
46.211 , de
2011
.
No obstante la acción informada por ese
mumc1p1o
, y atendido. que la irregularidad detectada
se
trata de . una situación
consolidada que no es posible de corregir para el período auditado, se mantiene
la
falta advertida.
3
.2.
2 Comprobación.
Cabe precisar ·que, conforme · al inciso
segundo del artículo 12 del decreto ley
No
1.263, de, 1975,
ya
citado, el saldo final
de caja al cierre de cada ejercicio y los ingresos que se perciban
con
posterioridad
se incorporarán al presupuesto vigente.
En
concordancia
con
lo anterior, el acápite
V, letra b
),
numeral1.5, del decreto No 1.987, de 2015, Ministerio de Hacienda, Sobre
· Modificaciones Presupuestarias para el Año 2016, faculta a las municipalidades,
para aprobar la incorporación de las disponibilidades financieras reales al1 de enero
de 2016 y
su
distribución presupuestaria o creación de· rubros presupuestarios,
cuando proceda.
/ Dichas disponibilidades corresponden al
t11.
remanente presupuestario del año anterior, constituido por compromisos en
obligaciones sin cumplirse o pendientes· de pago en tal ejercicio y compromisos no
devengados. ·
En
el marco de la verificación del saldo
i
ni
cial de caja del año 2016, se procedió a calcular las disponibilidades financieras
reales al
31
de diciembre de 2015, lo que arrojó la cifra negativa de $ 1.802.416.259,
suma que coincide
con
el saldo inicial de caja determinado al 1 de enero de 2016,
no advirtiéndose situáciones que objetar. Lo descrito se presenta en el Anexo No 5.
3.2
.3
Estudio del compqrtamiento' del saldo inicial de caja.
Considerando que el saldo inicial de caja
configura una de las fuentes de financiamiento del Área de Educación, se. estimó
necesario analizar los datos históricos de dicho rubro, respecto del período
2014-2016, los que se muestran a continuación:
13
~
-
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE
AUD
ITORIA 3
1• de
en
ero de 2014 de enero de 2015 de enero de 2016
5.000.000.000
4.000.000.000
3.000.000.000
2.000.000.000
1.000.000.000
-1.000.000.
000
-2.000.000.
000
-3.000.000.
000
3.717.452.489. 3.170.333.949
. .
.
.
.
-1.802.416.
259
Fuente de Información: Elaboraci
ón
propia sobre la base de la informaci
ón
reg
istrada en los Balances de Comprobación y
de
Saldos obtenidos del sistema
SICOGEN
11,
de la Contraloria Genera
l,
y de los proporcionados por la Dirección de
Educación de Municipalidad de Santiago.
De lo expuesto, se advierte que el Área de
Educación al inicio
de
los
ejerc1c1os
2014 y .2015, .contó con disponibilidades
financieras para solventar las obligaciones devengadas pendientes de pago al 1 de
enero de cada una
de
dichas anualidades, situación que se explica principalmente
por el hecho de que los recursos en cuentas bancarias o efectivo que se registran
en las cuentas de activo del subgrupo 1
11
~~
D
i
sponibilidades
en Moneda Nacional",
más los fondos puestos a disposición
de
terceros
que
se reflejan en las cuentas de
activo
de
los subgrupos 114 "Anticipos y Aplicación de fondos" y 116 "Ajustes a
Disponibilidades
",
superaron en un 261 % y 184%, respectivamente, los recursos
recibidos
de
terceros pendientes de su aplicación o devolución.
P~r
el contrarío, respecto del ejercicio 2016,
se aprecia que la nominada área no dispuso de fondos para financiar los
compromisos no pagados al 1 de enero
de
ese año, debido a que, los recursos
recibidos de terceros pendientes
de
su aplicación o devolución, excedieron en un
98
%,
los registrados en las cuentas de activo del precitado subgrupo
11
1
"Disponibilidades en Moneda Nacional".
/
3.3 Deuda exigible y flotante.
Examinada la integridad
de
las obligaciones
financieras devengadas al
31
de
diciembre
de
2016, se advirtió compromisos
pendientes de pago a esa data de, a lo menos,
de$
21.515.485, los cuales, al término
del ejercicio del año 2016 no se encontraban registrados como deuda exigible, no
obstante cumplir con los requisitos para ser reconocidos como tal, conforme a la
normativa del sistema contable vigente.
Se constató además que dicha direcéi
ón
omitió contabilizar como deuda exigible en el año
2016
~
la suma
de$
54.926.885,
que corresponde a gastos por concepto de arriendo
de
inmueble tanto para las
escuelas Libertadores
de
Chile y Básica Miguel de Cervantes y Saavedra, como para
14
{ll
.
-
a
CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
el Liceo Miguel
de
Cervantes y Saavedra, del mes
de
diciembre de 2016,
compromisos que fueron pagados mediante los decretos de pago
No
21
y 1.896, de
12
d~
enero y 24
de
marzo,
~espectivamente,
ambos
de
2017.
De igual modo, y de los antecedentes
proporcionados, se detectaron facturas recepcionadas por la citada dirección en el
año 2016, y servicios prestados durante esa anualidad, ascendentes
a$
57.113.673,
que no fueron registrados como obligación exigible en el año 2016, y que al
21
de
agosto de 2017, no se encontraban pagadas, según consta del correo electrónico
de
igual data, emitido por la Jefa del Departamento
de
Contabilidad y
Finanz~s
de
la
Dirección de Educación.. ·
En el Anexo
No
6,
se consigna
pormenorizadamente los casos objetados.
Lo anterior, generó que
la
deuda flotante del
año 2017, que corresponde a la deuda exigible al término del ejercicio presupuestario
2016, se encuentre subvalorada en
la
cifra mencionada,
la
cual, al estar
debidamente contabilizada, compromete el presupuesto municipal del año 2017, en
dicho monto.
. Asimismo, el hecho detectado distorsiona los
pasivos registrados por esa entidad comunal, al31 de diciembre de 2016.
Cabe _
puntualizar que las precitadas
obligaciones financieras debieron contabilizarse e informarse como exigible al31 de
diciembre de 2016, no resultando procedente su omisión, toda vez que se cumplían
los requisitos para ser reconocidas como tal, conforme a la normativa del sistema
contable público. vigente.
En
efecto, los sistemas de contabilidad
de
los servicios públicos, incluidas las municipalidades, deben registrar todas las
operaciones que realicen, en conformidad con las normas y procedimientos que al
efecto imparta este Organismo Fiscalizador, con
ra
finalidad
de
informar acerca de
su situación presupuestaria, financiera y patrimonial.
. Es así que, la normativa del Sistema de
Contabilidad General
de
la Nación aprobada por el oficio circular
No
60.820, de 2005,
y sus modificaciones, entre otras regulaciones, establece el principio de devengado
para el recono9imiento de los hechos económicos, en virtud del cual deben
contabilizarse todos los recursos y obligaciones en
la
oportunidad
en
que se generen
u ocurran, independientemente de que éstos hayan sido o no percibidos o pagados.
En
relación
'con
la materia, este Órgano de
Control mediante el dictamen
No
12.612,
de
2010, precisó que para efectos del
reconocimiento de
la
obligación exigible y su contabilización, deberá considerarse la
documentación pertinente, señalándose además, que tratándose de compras de
bienes, prestaciones de servicios y ejecución
de
obras, .los documentos que sirven
de respaldo a
la
respectiva Cuenta por Pagar, estarán constituidos por las guías de
despacho, facturas, boletas y estados de pago de los contratistas; segú!l
15
\
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
' UNIDAD DE AUDITORIA 3
corresponda, sin
pe~uicio
que previamente lo constituyeron el contrato u orden de
compra, según la operación que se trate.
Asimismo, conforme a las instrucciones
anuales impartidas por esta Entidad Fiscalizadora, sobre cierre del ejercicio contable ·
al
31
de diciembre de cada año, se deben reflejar los compromisos que estén
totalmente perfeccionados, lo que, en
su
concepto, corresponde a
la
instancia de
"Devengado
".
Esto es porque, desde la dictación del anotado
de~reto
ley
No
_1.263,
de 1975, tanto el presupuesto como la contabilidad se han regido en
su
registro
en
base al principio del devengo, que significa que la Administración debe contabilizar
todos los recursos y obligaciones en la oportunidad que
se
generen u ocurran,
independiente de que éstos hayan sido o no percibidos o pagados" (aplica
dictámenes
Nos
12.612, de
201
O,
24.602, de
2011
, 10.135 y 29.819 de 2017).
En
su
respuesta, el Director de Asesoría
Jurídica de esa entidad comunal informa que a partir de los resultados obtenidos de
los procesos de auditoría tanto privada como
la
realizada por este Organismo de
Control, la Dirección de Educación Municipal está poniendo especial énfasis
en
el
devengo de los compromisos comerciales adquiridos,
en
orden a contabilizar los
·hechos económicos cuando éstos se generan u ocurren, lo que permitirá disponer
de
la
información detallada y exacta de la deuda flotante.
Enseguida, hace presente que, no obstante
-las observaciones formuladas por esta Institución Contralora, ese municipio no ha
incurrido en enriquecimiento ilícito con respecto a sus proveedores, y que las
demoras en los pagos ha sido por motivos de disponibilidad presupuestaria y no por
otras razones.
Pese a lo informado por esa entidad edilicia,
y dado que la objeción planteada se trata de un hecho consumado que no es
susceptible de regularizar para el período examinado, se mantiene lo observado.
4. Ejecución presupuestaria.
En
primer ,término, resulta útil recordar que
la
ejecución presupuestaria corresponde a la obtención de los recursos y la
aplicación de los gastos durante el ejercicio presupuestario, que se registran
contablemente en el Sistema de Contabilidad General de la Nación de acuerdo con
la
normativa, procedimientos y plan de cuentas impartidos por este Organismo
Fiscalizador,
en
los señalados oficios circulares N·s 60.820, de 2005, y 36.640, de
2007. .
Efectuada la precisión ' precedente, y de
conformidad con las indagaciones efectuadas, antecedentes recopilados y
considerando la normativa aplicable en la especie, se determinaron las situaciones
-que
se
exponen .a continuación:
16
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE
SANT
IAGO
UNIDAD DE AUDI
T0!1
1A
3
4.1 Ingresos y gastos ejecutados.
Cabe puntualizar que,
la
ejecución del
presupuesto del año 2016, se expone en términos de efectivo, en
lo
que se refiere a
los ingresos percibidos y ·gastos pagados, respecto del presupuesto actualizado al
31
de diciembre de esa anualidad.
Lu~go
,
conviene hacer presente que, para tales
efectos, no se consideró el saldo i
ni
cial ni final de caja
de
ese año.
Acotado lo anterior, y
de
la información
consignada en el
Est~do
Analítico de Situación Presupuestaria obtenido del sistema
SICOGEN 1, de esta Entidad de Control, se advirtió que, al31
de
diciembre de 2016,
los ingresos ejecutados alcanzaron la suma de $ 55.439.184.374, equivalentes al
86%, de los recursos programados, de $
64
.090.293.000.
En
tanto, los gastos
aplicados, a igual fecha, ascendieron
a$
56.
921
.110.042, esto es, el 89% de los
fondos que la Dirección de Educación había proyectado utilizar ($
64.0~0.293
.
000
).
Lo expuesto, se refleja gráficamente a nivel
de subtítulo
de
la siguiente forma, y el detalle se muestra en el Anexo No
7.
Estructura Porcentual del Total
de
los Ingresos
P~rcibidos
Presupuesto Ingresos
Vigente Ejecutados
-------------------------------------------------
-------
_________
¡_
___________
_
________
$
_________
_
5.
Transferencias
Corrientes
•••••••••••••
-
----------
61.410.689.000 52.767.500.541
86%
--------
-----
-
-------
--------------------
--
---------------
--
------------------·
--
-----
----
--
----·
8. Otros Ingresos Corrientes
97.%
1.954.582.000 1.888.659.181
12. Recuperación de Préstamos 108% 725.022.000 783.024.652
6~.090.293.000
55.439.184.374
Presupuesto Vigente Ingresos Ejecutados
Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base de la información consignada en el Estado Analítico de
Situación Presupuestaria obtenido del sistema SICOGEN
11,
de la Contraloría General.
De lo expuesto, se desprende que los
ingresos por recuperación de préstamos sobrepasaron el presupuesto vigente al
31
de diciembre de 2016, excediéndolo en
un
8%, y que los ingresos portransferencia.s
~
corrientes, registraron el mayor aporte al financiamiento de la educación municipal,
. ' con una significación del 82%, en relación al total del presupuesto vigente.
u
/
1
17
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITOR
IA
3
Estructura Porcentual del Total de los Gastos Pagados
Presupuesto Obligaciones
Vigente Pagadas
$ S
---------
----
---------·------·······--··---------------
------
--------------
--------·------·-··----...--------------
21.
Gasto en Personal
---
------------
-------------·····--------
--------------
-
~-~~~
-~
~
:
389
:
~~·~':.
--
~
-
~
:
~~~!..~
:
?!~
22. Bienes y Servicios de Consumo
55
% ' 8.256.544.000 4.606.826.463
--------------------------------
---
------------
---------------------
--------
----
23.
Prestaciones
de
Seguridad Social
~
%
3.138.374.000 1.030.316.451
24.
Transferencias CorrientH 13% 4.342.
2n
---------
------
--------·------·--·----·---------------
----
--
--
----------
-------------·-----------------
29
. Adquisición
de
Activos no Financieros 29% 1.491.510.000 427.254.
22(1
31.1niciativasde Inversión 1 44% 298.606.000 132.137.590
................................
......................
....
....................................................
__
__
__________
............................
..
.........
.
.......................
_
........
____
.
_____________
_
34.
Servicio
de
la Deuda 94% 1.481.835.000 1.391.060.267
Presupuesto Vigente Obligaciones Pagadas
64
.090.293.000 56.921.110.
04;,
Fuente de lnfonnación: Elaboración propia sobre la
base
de la información consignada
en
el
Estado
Analítico de Situación Presupuestaria obtenido
del sistema SI
COGEN
11,
de
la
Contraloria General. ·
Del gráfico anterior, se advierte que, al
cierre del ejercicio del año 2016, los gastos
en
personal presentaron
un
grado de
cumplimiento del 100% del presupuesto vigente. En tanto, el rubro que registró
menor ejecución
en
relación a su propio presupuesto, fue el de transferencias
corrientes, alcanzando un nivel_ de aplicación del 13%.
4.2 Situación presupuestaria.
4.2.1 Ejercicio presupuestario año 2016.
1 Cabe precisar sobre la materia, que el
estudio de la infonnación presupuestaria de esa anualidad, se realizó en ténninos
de efectivo, en lo que se refiere a los ingresos percibidos y gastos pagados.
Ahora bien, practicado el análisis al Estado
Analítico de Situación Presupuestaria, y al Balance de Comprobación y de Saldos,
ambos obtenidos del sistema SICOGEN
1,
de
este Organismo de Contro
l,
se
detenninó que, al ténnino del ejercicio contable 2016, el Área de Educación presentó
una situación deficitaria
de$
1.481.925.668, toda vez que los compromisos pagados .
excedieron a los recursos percibidos, sin considerar el saldo inicial de caja de esa
anualidad.
Ef~ctivamente
,
a fines del mes de diciembre
del año 2016, los ingresos ejecutados totalizaron $ 55.439.184.37 4 , y las
obligaciones pagadas, ascendieron a la suma de $ 56.921.110.042, según consta
en el Anexo No
8.
·
A lo anteriór, se debe agregar el saldo inicial
de caja determinado al 1 de enero de 2016, expuesto en el numeral 3.2.1, del
presente capítulo, que ascendió a la cifra negativa de $ 1.802.416.259,
detenninándose
un
déficit final
de$
3.284.
341
.927.
18
1
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
~
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Lo descrito, constituye una vulneración al
principio
de
sanidad y equilibrio financiero, consagrado tanto por en la ley
No
18.695,
como en el referido decreto ley
No
1"
.263, de 1975, el que debe aplicarse en todos
Jos
procesos que conforman el sistema de administración financiera municipal, esto
es, presupuestario, contable y
de
administración de fondos (aplica criterio contenido
en el dictamen No 39.729,
de
2013, de esta Entidad de Control
).
La jefatura de esa repartición edilicia, en su
respuesta, manifiesta que la nueva administración llamó a licitación para la
contratación del servicio·
de
revisión
de
las cuentas contables y cuentas corrientes,
cuyo resultado arrojó un déficit financiero
de
M$ 21.364.503, producto -según indica-
de irregularidades en la gestión
de
Jos
recursos relacionados con la subvención
escolar preferencial, fondo
de
apoyo a la educación pública, y programa de
integración escolar.
Además, precisa
que
la diferencia entre el
déficit comprobado por la empresa auditora externa y el establecido
por
esta
Contrataría General,
de$
3.284.341 .927, se explica por la circunstancia de que esta
entidad no consideró en el análisis de la ejecución presupuestaria las precitadas
subvenciones, como tampoco los impuestos retenidos, licencias médicas
de
otras
áreas, fondos en administración, y anticipo
de
subvenciones.
De igual modo, sostiene que el déficit
advertido por este Organismo
de
Control, se origina
por
el hecho
de
qye la
administración municipal anterior declaró y no pagó cotizaciones previsionales por
los meses
de
septiembre, octubre y noviembre de 2016.
Añade, en síntesis, que con el objeto
de
corregir la situación financiera, la Municipalidad de Santiago, con la autorización del
Ministerio de Hacienda durante el año 2017 realizó una operación de leaseback, lo
que permitió que el Departamento
de
Educación 'pagara las cotizaciones
previsionales solo declaradas y proveedores atrasados.
A su vez, indica que al 12
de
octubre de
20
17
el monto pagado
por
concepto de leyes sociales adeudadas, asciende a la cifra
de
$ 1.540.965.719, y que las causas judiciales de cobranza previsional
que
serán
regularizadas
totalizan$
327.414.169. Luego, cita las causas judiciales en que se
decretó embargo y remisión de fondos al Ministerio
de
Educación, las que dicen
relación con la subvención ordinaria, por Uf) monto
de$
229.474.650.
Finalmente, informa que, con motivo de los
hechos expuestos ese municipio interpuso una acción penal por malversación de
caudales públicos y
fraud~
al Fisco en contra de quienes resulten responsables, la
cual se encuentra en tramitación en el r Juzgado
de
Garantía de Santiago bajo el
RIT 5285-2017.
/'!'\
Sobre lo expuesto; debe precisarse
que
, la
0 ' \ metodología utilizada por este Organismo
de
Control para determinar la situación
presupuestaria del Área de Educación, consideró los ingresos percibidos y gastos
/)
pagados
~1
término del e:ercicio 2016, y el saldo inicial
de
caja
al1
d
~
enero de esa
(__
~
19
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA
DE
$
ANT
IAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
misma anualidad,
el
que correspof)dió a las disponibilidades netas en cuenta
corriente bancaria y en efectivo, además de los fondos anticipados y no rendidos,
excluyendo los depósitos de terceros (administración de fondos, depósitos
previsionales, otras obligaciones financieras, retenciones, entre otros).
, Establecido lo anterior, y del análisis
realizado a los documentos adjuntos a la respuesta, se advirtió que la diferencia en
el monto del déficit establecidO-para el ejercicio 2016, se debe a que
el
procedimiento
de
cálctJio
aplicado por esta Instituci
ón
Contralora para l
os
efectos de que se trata,
difiere del empleado por la empresa auditora externa contratada por esa
municipalidad.
Sin
pe~uicio
de lo informado por esa entidad
municipal, corresponde mantener la observación formulada, considerando que se
trata de
un
hecho consumado,
no
susceptible de ser regularizado para el período
fiscalizado.
4.2.2 Comportamiento históric9 de la situación presupuestaria.
En este mismo orden, y considerando '
el
volumen del déficit que arrojó
la
ejecución presupuestaria del año 2016, se real izó
en
los mismos términos planteados
en
el
punto 4.2.1,
un
estudio de la situaci
ón
presupuestaria durante el período 2014-2016, cuyo resultado se presenta
gráficamente a continuación:
4.000.000.000
3.000.000.000
2.000.000.000
1.000.000.000
1 .000.000.000
-
2.000.QOO.OOO
-3.000.000.000
. -4.000.000.000
Ejercicio Presupuestario Ejercicio Presupuestario Ejercicio Presupuestario
2
01
4 2015 2016
3.170.333.489
1
.
.
..
•·····
···
.
..
··.
-1.802.4
;
·
6:2~
······
·•••·•····
-3.284.341.927
Fuente de Información: Elaboración propia sob
re
la base de la información-registrada en el Estado Analíti
co
de
Situación Presupuesta
ri
a, y en el Balance
de
Comprobación y
de
Saldos, ambos obtenidos del sistema
SI COGEN
11
,
de
la Contraloria General.
Como se puede apreciar, el Área de
Educación desde el año 2015 ha transgredido 'el principio de sanidad y equilibrio
financiero aludido en
el
citado punto
4.2.1
, del presente capítulo, por cuanto ejecutó
presupuestos desfinanciados, lo que llevó a generar
un
déficit en
su
aplicación.
Además, se advierte que la variación porcentual negativa del año 2016, resulmuy
20
1
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
significativa, pues registró un aumento
de
un 82,22%, en comparación con la
anualidad anterior.
Acerca
de
lo observado para el año 2015, el
Director
de
Asesoría Jurídica
de
la Municipalidad
de
Santiago no se pronunció, por ,
lo que se mantiene la objeción formulada a su respecto. En cuanto a lo advertido
para el año 2016, esa jefatura no se manifestó, sin embargo, dado que la
irregularidad detectada corresponde a la misma analizada en el punto 4.
2.1
, del
presente acápite, debe estarse a lo concluido
a11í,
en el sentido
de
mantenerse lo
cuestionado, atendido
que
se trata
de
una situación ya acaecida, que no es posible
de corregir para el período auditado.
4.2.3 Análisis del comportamiento histórico de la situación presupuestaria.
De
manera previa, cabe puntualizar que
para el análisis de que se trata se consideró como base de partida la ejecución
presupuestaria del ejercicio 2014, que presentó
al31
de diciembre
de
esa anualidad,
un superávit
de
$ 3.170.333.489. ·
Ahora bien, del estudio realizado a los
ingresos percibidos y gastos pagados durante el año 2015, se estableció que el
. déficit determinado para esa anualidad, se explica por el hecho que en los meses_ de
abril, mayo, julio, agosto, octubre, noviembre y diciembre, los recursos aplicados
superaron los fondos percibidos.
Idéntica situación se observó respecto del
ejerc1c1o
2016, por cuanto se constató que el desequilibrio en la ejecución
presupuestaria se generó por la circunstancia que en los meses de marzo, mayo,
junio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre
de
ese año, los fondos disponibles
fueron menores a los desembolsos incurridos por la Dirección de Educación.
El comportamiento indicado, se demuestra
dado que al 1 de enero
de
2015, el saldo inicial
de
caja presentaba la cifra positiva
de $ 3.170.333.949, y al
31
de
diciembre de 2016, la suma negativa de
$ 2.338.141.950.
En el ARexo
No
9, se presenta el detalle
pormenorizado de lo advertido . .
En virtud
de
lo expuesto, la Dirección de
Educación omitió examinar el programa de ingresos y gastos a objeto de introducir
los ajustes a que hubiere lugar para restablecer el equilibrio quebrantado en las
enunciadas mensualidades. En efecto, no consta que esa dirección haya reasignado
gastos a través de modificaciones estructuradas conforme a las normas de
flexibilidad presupuestaria establecidas
anualm~nte
por la Dirección
de
Presupuestos, según lo dispuesto en el artículo 26 del precitado decreto ley
No 1.263, de 1975, y en el oficio circular
No
20.101,
de
.2016, de esta Entidad
Fiscalizadora.
21
·
~
CONTRALORfA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
· En su oficio
de
respuesta, la jefatura edilicia
ratifica lo advertido, señalando
que
efectivamente existió poca prolijidad
en
el
cumplimiento
de
las obligaciones
de
control
por
parte
de
la administración municipal
pasada, aspecto
que
, según indica,
ha
sido abordado
de
manera distinta
por
el
actual
Alcalde,
ya
que
ordenó poner especial énfasis
en
la correcta ejecución
presupuestaria y
en
el
uso
de
los fondos asignados exclusivamente para los fines
que
se
encuentran establecidos, a fin
de
evitar incurrir
en
hechos como los
observados.
No obstante
lo
indicado por
el
Director
de
Asesoría. Jurídica, procede mantener la irregularidad descrita, atendido
que
se
trata
de
una
~ituación
consolidada
que
no
es
posible
de
corregir para
el
período auditado .
. (
5. Control.
5.1 Dirección
de
Control.
A este respecto, cabe recordar lo
establecido
en
la letra d) del artículo
29
de
la anotada ley No 18.695,
que
dispone,
que
a la unidad encargada del control le corresponderá colaborar directamente con
el
concejo para
el
ejercicio
de
sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos,
emitirá, entre otros, un informe trimestral acerca del estado
de
avance del ejercicio
programático presupuestario.
Añade
esta norma
que
,
en
todo caso, deberá
dar
respuesta
por
escrito a las consultas o peticiones
de
informes
que
le
formule un
concejal,
en
materias
de
su
competencia.
' · ' En relación · con la disposición legal
transcrita, este Órgano
de
Control ha concluido, entre otros,
en
el
dictamen
No
6.643,
de
2002,
que
corr~spondía
a la Dirección
de
Control respectiva informar al concejo
municipal, no sólo
el
estado
de
avance
de
que
se
trata, sino
que
, adem'ás, los déficits
que
advir1iera en la situación financiera del municipio y
de
los servicios traspasados.
· En este sentido,
se
comprobó
que
esa
dirección a través
de
los Qficios Nos 1.191 ,
17
de
junio; 1.169,
de
19
agosto
; 2.115,
de
10
de
noviembre, todos del 2016; y,
341
,
de
15
de
febrero
de
2017, remitió a
dicho órgano colegiado los informes trimestrales del año 2016, informando
en
el
primer, tercer y cuarto trimestre,
el
déficit presupuestario del Área
de
Educación,
aludido en el punto 4.2.1, del presente capítulo, según consta
en
las sesiones
ordinarias del concejo municipal
Nos
18,
de
22
de
juni~;
21,
de
27
de
junio; 33,
de
23
de
noviembre; 1,
de
14
de
diciembre; y, 3
de
28
de
diciembre, todas
del2016,
dando
cumplimiento a
lo
prescrito
en
la anotada norma legal y la jurisprudencia del
Organismo
de
Control,
no
detectándose situaciones
que
representa
r.
5.2 Dirección
de
Administración y Finanzas.
En torno a esta materia, se debe tener
presente que, conforme lo dispuesto
en
el artículo 27, letra e),
de
la anotada ley
No
18.695, la unidad
de
administración y finanzas
de
la entidad edilicia, tiene la
obligación
de
entregar trimestralmente
al
concejo municipal,
el
detalle mensual
de
los pasivos acumulados desglosados
por
cuentas
por
pagar:-
22
(11
.
a
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTlAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
En
este contexto, es del caso señalar que
no consta que la Dirección de Administración y Finanzas haya cumplido con
la
obligación que le impone el citado texto legal, por cuanto pese haber sido solicitados
mediante correo electrónico de 22 de agosto de 2017, los
anfeceden~es
que
acreditaran la entrega del precitado informe a dicho órgano pluripersonal, estos no
fueron proporcionados.
En
su
respuesta, el Director de Asesoría
Jurídica de esa entidad comunal acompaña copia de las actas de las sesiones del
Concejo Municipal
N"s
7,
de 9 de marzo; 25, de
14
de septiembre;
1,
de 14 de
diciembre, todas de 2016;
y,
9,
de 22 de marzo de 2017, en la ·que consta que el
Secretario Municipal dio cuenta a ese cuerpo colegiado de los informes· trimestrales
. sobre el pasivo exigible de la Municipalidad de Santiago emitidos por
la
Dirección de
Administración y Finanzas, documentos que validados conforme, permiten levantar
la
omisión detectada. ·
6.
Remisión de informes presupuestarios a esta Entidad Fiscalizad_ora .
Como se señalara
en
el numeral
2,
del
presente capítulo, este Organismo Fiscalizador . a través del oficio circular
No
101.973, de 2015, puso en conocimiento de las municipalidades, las fechas
establecidas para la presentación -entre otros-. de los informes contables y
presupuestarios correspondientes al éjercicio 2016.. ·
·
De
acuerdo
con
los antecedentes de que
dispone esta Contrataría Regional Metropolitana,. la Dirección de Educación de la
Municipalidad de Santiago dio cumplimiento a tales instrucciones, al remitir los
señalados informes, no advirtiéndose situaciones que objetar al respecto. /
CONCLUSIONES
· Atendidas las consideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Santiago, ha aportado
antecedentes que ha permitido sálvar solo una de las situaciones planteadas en el
Preinforme de Observaciones
No
742, de 2017, de esta 1 Contrataría Regional
Metropolitana.
En
efecto,
la
observación señalada en el
capítulo
11,
examen de la materia auditada, punto 5.2, sobre la obligación que le
impone el artículo 27, letra
e),
de
la
ley
No
18.695, a la Dirección de Administración
y Finanzas; se da por levantada, considerando las explicaciones y antecedentes
aportados por la citada entidad comunal.
Respecto de aquellas observaciones que se
mantienen, esa entidad comunal deberá adoptar las medidas pertinentes con el
objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglame_ntarias que las
rigen, entre las cuales se estima necesario atenger, a lo menos, las siguientes:
./
23
CONTRALOR[A GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE
SANT
I
AGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
1.
Sobre, lo indicado
~n
el capítulo 1,
aspectos de control interno, numeral 1, referido al . reglamento de organización
interna, (MC)1 esa entidad edilicia deberá acatar-lo dispuesto en el artfculo r, letras
a) y b)
de
la ley No 20.285, en el
~entido
de publicar en la página web municipal el
precitado instrumento alcaldicio, informando de ello
~n
el plazo
de
60
días hábiles,
contado desde la recepción del presente informe.
Asimismo, en cuanto a lo mencionado en el
numeral 2, relativo a
la
falta
de
manual
de
procedimientos que fije los cursos de
acción respecto del proceso de formulación, ejecución y control del presupuesto (C)2,
corresponde que el municipio confeccione dicho documento en armonía con lo
previsto en el numeral45, de la resolución exenta
No
1.485, de 1996,
de
esta Entidad
de
Control, y proceder a sancionarlo a través del decreto alcaldicio respectivo, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo de la ley
No
19.880, que establece Bases de
los· Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos
de
los Órganos
de
la
Administración del Estado, lo que deberá ser acreditado documentadamente en el
plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
2.
En
relación a lo planteado en el
apartado
11,
exarnen de la materia auditada, numeral
1,
atingente a
la
formulación y
aprobación del presupuesto inicial, (MC)3, la municipalidad deberá mantener a
disposición
de
esta Institución Fiscalizadora los antecedentes fundantes de los
ingresos y gastos indicados en dicho instrumento financiero, a fin de verificar el
sustento de las proyecciones de entradas y egresos del órgano edilicio.· ·
. A su turno, acerca de lo advertido en el
punto
3.1
, alusivo a los decretos alcaldicios que formalizan las modificaciones
presupuestarias, (MC)3, procede que esa entidad municipal, en lo sucesivo, dicte
oportunamente los actos administrativos que aprueban los ajustes al presupuesto
del Área de Educación,
de
acuerdo con lo dispuesto en los artfculos
65
, letra a) y
,
de
la ley
No
18.695. Del mismo modo, esa repartición deberá dar estricto
cumplimiento a las instrucciones que este Organismo Fiscalizador imparte para cada
ejercicio contable, relativas a las normas
de
flexibilidad presupuestaria.
Tratándose de lo señalado en el punto 3.2.1,
relacionado con
la
determinación del saldo inicial de caja , (MC)3, corresponde que
ese ente edilicio implemente
un
procedimiento de monitoreo que permita detectar
· de manera oportuna las desviaciones del remanente presupuestario del año anterior,
a fin de ajustarlo a
la
definición del subtítulo 15, contenido en el decreto
No
854, ·de
2004, del Ministerio de Hacienda.
1
MC
: Observación
med
ianamente i:ompleja: Incumplimiento de procedimientos que di
cta
la
normativa.
2 C: Observación compleja:
Falta
de revisión de operaciones, procesos y actividades.
3
MC:
Observación
med
ianamente compl
eja:
Incumplimiento de procedimientos que dicta
la
normativa
24
L1
.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
Acerca de lo establecido en el punto 3.3,
concerniente a
la
deuda exigible y flotante, (AC)4, la entidad comunal deberá,
en
adelante, dar estricto cumplimiento a
la
normativa del Sistema de Co.ntabilidad
General de la Nación aprobada por el oficio circular
No
60.820, de 2005, y sus
modificaciones, de este Órgano de Control, a fin de reconocer como acreedores .
presupuestarios, los compromisos financieros
d~vengados
al
31
de diciembre de
cada año.
Luego, en lo referente a lo expuesto en los
puntos 4.2.1, 4.2.2 y 4.2.3, que dicen relación con el ejercicio presupuestario año
2016 y ·el comportamiento 'histórico de
la
situación presupuestaria (todos AC)5, la
repartición municipal deberá,
en
lo sucesivo, examinar trimestralmente el programa
de' ingresos y gastos e introducir las correcciones pertinentes para mantener el
equilibrio presupuestario que exige la legislación, evitando de esta manera un déficit
en
la
aplicación del presupuesto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
81
de
la
. ley
No
18.695, procurando además, acatar el principio de sanidad y equilibrio
financiero consagrado tanto por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades
~omo
por el decreto ley
No
1.263, de 1975.
Finalmente, para aquellas observaciones
que
se
mantienen, la Municipalidad de Santiago deberá remitir el "Informe de Estado
de Observaciones", de acuerdo al formato adjunto
en
el Anexo
No
10, en un plazo
máximo de 60 días hábiles, contado desde
la
recepción del presente informe,
comunicando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo
respectivos.
Transcríbase al Alcalde de la Municipalidad
de Santiago, al Concejo Municipal
~
a la Direcciól) de Control de dicha entidad
edilicia. · ' · ,
, -
\
'
MANUEL
ALVAREZ SAPUNAR
JEFE
UNIDAD
DE
AUOITORIA
3
1
CONTRALORIA
RÉGIONAI.
METROPOLITANA
DE
SANTlAGO
4 AC: Observación
alta111ente
compleja: Incumplimiento
del
principio
del
devengado en el registro de operaciones.
5 AC: Observación altamente compleja: Existencia
de
déficit presupuestario. -
25·
1
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
'ANEXO No 1
CUENTAS CORRIENTES
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN .
No
NO CUENTA BANCO CUENTA
CORRIENTE CONTABLE
1 01-07146-7 Santander 1110301201
2 01-07147-5 Santander 1110301202
. DENOMINACIÓN
Fondos Generales
Remuneraciones
\
3 05-93627-6 Santander 1110301203 Aporte Suplementario Ley
No 19.532
4 62-73042-0 Santander 1110301204 Fondo
de
Liceos
-tradicionales MINEDUC
5 62-96423-5 Santander 1110301205 Fondos Tradicionales Liceo
¡ Aplicación
' ' Liceos Bicentenarios
6 64-59473-7 Santander 1110301206. MINEDUC Liceo A-7
7 65-63014-1 Santander 1110301207 Subvención Escolar
Preferencial
Fondo
de
Apoyo a la
8 67
-93522-{5 Santander 1110301208 Educación Pública
Municipal
de
Calidad
..
Fuente de mformaetón: Elaboractón .propta sobre la base de la tnformaetón remtttda por el Subdtrector,
de
Administración y Finanzas
de
la Dirección
de
Educación, mediante correo electrónico del
31
de
mayo
de
2017,
y
de
la registrada en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado
de
este
Organismo
de
Control.
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
No
WCUENTA
BANCO CUENTA ESTABLECIMIENTOS
CORRIENTE CONTABLE RBD NOMBRE
1 / 01-12638-5 Santander
11
.10301251 8485-9 Instituto Nacional
José Miguel Carrera
2 01-12625-0 Santander 1110301252 8487-5 Liceo Javiera Carrera
· 3 00-14566-1 Santander 1110301253 8490-5 Liceo Miguel Luis
Amunátegui
4 00-14567-0
~antander
1110301254 8488-3 Lic
eo
lsaura Dinat
or
de
Guzmán
5 00-14378-2 Santander 1110301255 8489-1 Liceo
Te
resa Prat
de
· Sarratea
6 00-14568-8 Santander 1110301256 8491-3 Liceo
de
Aplicación
7 00-14569-6 Santander 1110301257 8492-1 Liceo Manuel Barros
\ Borgor'\o -
8 00-14570-0 Santander 1110301258 8495-6 Liceo Confederación
Suiza
26
No
9
10
11
12
' 13
14
15
16
17
18 1
19
20
21
.22
23
24
25
26
27 .
28
29
30
31
32
CONTRALORfA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
WCUENTA
BANCO CUENTA 'ESTABLECIMIENTOS
CORRIENTE CONTABLE RBD NOMBRE
' Liceo José
de
San
00-14573-4 Santander 1110301259 8496-4 Martín
00-14574-2 Santander 1110301260 8498-0 Liceo Darío Salas
00-12822-8 Santander 1110301261 8499-9 Internado Nacional
Barros Arana
Liceo Miguel
de
00
-1
4572-6 Santander 1110301262 24638-7 ' Cervantes y
Saavedra
-Liceo Industrial
00-14575-0 Santander 1110301263 8500-6 Eliodoro García
Zegers .
00-12626-8 Santander 1110301264 8501-4 Liceo Gabriel
Go
nzález Videla
00-12880-5 Santander 1110301265 8503-0 Liceo Eduardo Frei
Montalva
00-14576-9 Santander 1110301266 8554-5 Liceo Metropolitano
de
Adultos
00-14585-8 Santander 1110301267 8535-9 Escuela República
de
Brasil F-42
00-14577-7 Santander 1110301268 8530-8 Escuela Cadete
Arturo Prat Chacón
' Escuela República
00-14578-5 Santander 1110301269 8513-8 Oriental del Uruguay
00-14579-3 Santander 1110301270 8531-6 Escuela Irene Frei
de
Cid
' Liceo Libertadores
de
00-14379-0 Santander 1110301271 8532-4 Chile
00-14581-5 Santander 1110301272 8555-3 Escuela República
del Líbano
Escuela Miguel
de
00
-14580-7 Santander 1110301273 24622-0 Cervantes y '
Saavedra
00-14582-3 Santander 11103012
74
8533-2 Escuela Benjamín
Vi
cuña Mackenna
00-14583
-1
Santander 1110301275 8540-5 Escuela República de
Haití
00-14586-6 Santander 1110301277 8520-0 Escuela Provincia
de
. Chil
00-14587-4 Santander 1110301278 8576-6 Escuela Reyes
Católicos
00-14588-2 Santander 1110301279 8536-7 ' Escuela República
de
Israel
00-14591-2 Santander 1110301280 8561-8 Escuela República de
Alemania
00-14594-7 Santander 1110301281 8523-5 Escuela República
de
Panamá \
00-14589-0 Santander 1110301282 8522-7 Escuela República
de
. Colombia
00-14590-4 Santander 1110301283 8581-2 Escuela
Pi
loto Pardo
.
27
No
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
,.
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
WCUENTA
BANCO CUENTA ESTABLECIMIENTOS
CORRIENTE CONTABLE RBD NOMBRE
00-14593-9 Santander 1110301284 8548-0 Escuela Luis Calvo
Mackenna
......
00-14595-5 Santander 1110301285 8562-6 Escuela Santiago
de
Chile
01-12938-4 Santander 1110301286 8563-4 Escuela República
de
México
00-14596-3 Santander 1110301287 8549-9 Escuela Fernando
Alessandri
R.
00-14601-3 Santander 1110301292 8585-5' Escuela Especial
D-
' 84
Escuela Diferencial
01-12636-9 Santander 1110301293 8$86-3 Juan Sandoval
Carrasco
01-12637-7 Santander 1110301294 8569-3 Escuela República
de
l Ecuador
00-14602-1 Santander 1110301295 8552-9 Escuela Salvador
Sanfuentes
Escuela Básica
00-13901-7 Santander 1110301296 25277-8 Especial Santiago
Apóstol
62-73600-3 Santander 1110301297 8541-3 Liceo Herbert Vargas
Wallis
64-31639-7 Santander 1110301298 8571-5 Escuela Centro
de
Detención Preventiva
--
Fuente
de
1nformac~on:
ElaboraCión
prop1a
sobre la base
de
la
10formae~ón
remít1da
por el Departamento
de
Contabilidad y Finanzas de la Dirección de Educación, a través del correo electrónico
del12
de junio
de
2017, y
de la registrada
en
el Sistema
de
Información y Control del Personal
la Administración del Estado
de
este
Organismo de ControL '
1
28
/
SUBTiTULO
-
5
8
15
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
ANEXO No 2 .
EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO
PRESUPUESTO
IN
ICIAL
DE
INGRESOS
DENOMINACIÓN MONTO DISTRIBUCIÓN
$ %
Transferencias 40.240.695.000 89%
Corrientes -
Otros 1
ng
res
os
1.285.403.000 3%
C9rrientes
Saldo Inicial de Caja 3.469.927.000 8%
TOTAL 44.996.025.000 100%
..
Fuente
de
lnformacrón: Elaboracrón propra sobre la base del decreto alcaldrcro
N"
3, de 4 de enero de 2016, que
formalizó la estimación
de
ingresos y gastos del presupuesto del Área de Educación
par~
esa anualidad.
PRESUPUESTO
INICIAL
DE
GASTOS
SUBTÍTULO
DENpMINAéiÓN
MONTO DISTRIBUCIÓN
$ %
.
21
Gastos en Personal 36.942.966.000 82,10%
22 Bienes y Servicios de 5.698.759.000 12,67%
.Consumo
23 Prestaciones
de
. 332.332.000 0,74%
seguridad social
29 Adquisición de activo no 1.625.963.000 3,61%
financiero
31
Iniciativas de inversión
~96.005
.
000
0,88%
TOTAL 44.996.025.000 100%
.. ..
..
Fuente de lnform
ac
ron:
Elaboracron propra sobre la base del decreto alcaldrcro
N"
3, de 4 de enero de 2016, que
formalizó la estimación
de
ingresos y gastos del presupuesto del Área de Educación para esa anualidad.
29
MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA
No
2 ·
3
4
5
6
7
10
11
13
14
15 ·
24 '
/ 27
29
30
32
'33
' 35
36
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
ANEXO N
o'
3
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
1
,
ACL!ERDO
DE
.
INGRESOS
CONCEJO MUNICIPAL
No FECHA AUMENTO DISMINUCIÓN SALDO AUMENTO
M$ M$ M$ M$
38
27-01-2016 3.018.632 2.424.325 594 .307 594 .307
39
27-01-2016 2.014.130 1.384.382 -629.748 629.748
40 '27-01 -2016 1.895.034 . 1.718.
371
176.663 176.663
-
41
27-01-2Q16
~
26.275
18
.178 8.097 8.097
42 27-01-2016 345 .842 o 345.842 345,842
152 23-03-2016 86 .374 o 86 .374 86.374
153 23-03-2016 1.602.
531
. o 1.602.531 1.602 .
531
154 23-03-2016 100.000 o 100.000 100.000
200 20-04-2016· 900.000 o 900.000 1.048.507
201
20-04-2016 . . o -.
o . o
4q
.ooo·
202 20-04-2016 533.116 o 533.116 973.116
360 27-07-2016 5.457.507 o 5.457 .507 5.457.507
413 . 25-08-2016 o o o 90 .000
455 14-09-2016 o o o 77.000
456 14-09-2016 229.450 o 229.450 229.450
500 26-10-2016 4.502.830
....
o 4.502.830 .5.467.830
509 09-11 -2016 490.000 o 490.000 490.000
521
16-11-2016 o o o 200.000
,
522 16-11 -2016 2.918.605 o 2.918.605 2.918.605
" TOTAL, 18.575.070 -
GASTOS
DISMINUCIÓN SALDO
M$ M$
o 594 .307
' o 629.748
o 176.663
- o 8 .097
o 345.
84
2--
o 86.374
o 1.602.
531
o 100.000
148.507 900.000 .
40.000 o.
440.000 533 .116
o 5.457.507
90.000 o
'
77.
.000 o
o 229.450
965.000 4.502.830
o 490.000
200.000 o
o 2.918.605 .
18.575.070
..
..
..
. . . .
Fuente de lnformac1on: Elaborac1on
prop1a
sobre la base de
la
mformac1on proporcionada por
el
Secretano
Mun1c1pal
a través de los correos electrómcos de fecha 28 de
Julio
y 3 de
agosto de 2017. 1 .
30
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORíA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
ANEXO
N°4
DETERMINACIÓN DEL SALDO INICIAL DE CAJA
DEL
AÑO 2016
DETALLE SALDOS
AL
31
/1212015
$
Disponibilidades
Cuentas subgrupo 111, disponibilidades
en
moneda 1.393.652.315
nacional.
(TODAS)
Más:
Cuentas deudoras representativas
de
movimientos
financieros no presupuestarios.
-
i.
Cuentas subgrupo 114, anticipos y aplicacn
de
fondos. 451.579.832
ii.Cuentas subgrupo 116, ajustes a disponibilidades. 2.272.788
.
Menos:
Cuentas acreedoras representativas
de
movimientos
financieros no presupuestarios.
i.
Cuentas subgrupo 214, depósitos
de
terceros. 3.375.161.549
ii. Cuentas subgrupo 216, ajustes_ a disponibilidades. 274.759.645
SALDO INICIAL DE CAJA DETERMINADO
AL
01/01/2016 -1.802.416.259
. .
..
Fuente de Información:
Elaborac1on
prop1a
sobre la base de la InformaCión
reg1strada
en
el
Balance de
Comprobación y de Saldos, obtenido del Sistema de Contabilidad General de
la
Nación (SICOGEN
1),
de este
Organismo de Control.
31
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No 5
COMPROBACIÓN
DEL
SALDO
INICIAL
DE
CAJA
AL
1
DE
ENERO
DE
2016
DETALLE
MONTO
1
$
Saldo Inicial
de
Caja Real
01
/
01
/2015 3.170.333.949
Más:
Ingresos Percibidos
01
/01/2015
al
31112/2015
46
.179.532.673
Menos:
Gastos Pagados 01/01/2015 al31/12/2015 51.152.282.881
Saldo Final de Caja Real31/12/2015 -1.802.416.259
1 Saldo iniéial de caja determinado
al1
/1/2016
-1
.802.416.259 1
1 Comprobación de igualdad O 1
Fuente
de
Información: Elaboración propia sobre la base de la información consignada en el Estado Analítico
de
Situación Presupuestaria obtenido del Sistema
de
Contabilidad General
de
la Nación {SICOGEN
1)
,
de
este
Organismo de Control, y del Balance
de
Comprobación y de Saldos proporcionado
por
la Dirección
de
Educación
de
la Municipalidad
de
Santiago.
1
'
32
\
-.
/
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORiA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
6
DEUDA EXIGIBLE Y FLOTANTE
1
COMPROMISOS PENDIENTES DE PAGO QUE
NO
SE
ENCONTRABAN REGISTRADOS COMO DEUDA EXIGIBLE
EN
EL
AÑO 2016, Y QUE FUERON PAGADOS
EN
EL AÑO 2017.
,
DECRETO DE PAGO NOMBRE FACTURA FECHA DE RECEPCIÓN ·FECHA DE MONTO
No
FECHA
No
L FECHA DEVENGO $
605 31-01-2017 Francisco Antonio Ponce -30-01-2017
2.924 30-05-2017 lnostroza 25 07-04-2016 10-05-2016 30-05-2017 1.698.812
Construcciones EIRL
Francisco Antonio Ponce /
"
1.985 28-03-2017 lnostroza 20 18-03-2016 04-04-2016 28-03-2017 4.333.131
Construcciones EIRL
.
1.895 24-03-2017 Winstar lmport Export S/N 05-11-201.6 Gasto por arriendo del mes de 24-03-2017 15.367.938
Ltda. noviembre de 2016
-
1.987 28-03-2017 Movistar 29617015 01-01-2013 ServiGios prestados
en
los 28-03-2017 102.463
34468177 01-12-2014 año 2013 y 2014 13.
141
TOTAL 21.515.485
..
.,
" . .
- ·Fuente de
mformac1ón:
Elaboración prop1a sobre
la
base
_9e
la
1nformac1on
proporcionada por
la
DJrecc1on
de
Educac1
on
de
la
Mumc
1
pahdad
de
Santiago,
m5ld
1ante l
os
memorándum
N'S
83
y 84, ambos
de
10
de
aaosto, y
85
de
11
de agosto, todos
de
2017 .
. 1
33
-
CONTRALORÍA GENERAL DE 'LA REPÚBLICA
1 CONTRALORiA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
. GASTOS POR c-oNCEPTO
DE
ARRIENDO DEL MES DE DICIEMBRE DE 2016, PAGADOS
EN
EL AÑO 2017, QUE
NO
FUERON RECONOCIDOS-COMO OBLIGACIÓN
EXIGIBlE
EN
EL AÑO .2016.
DECRETO DE PAGO NOMBRE . COMPROBANTE
FECHA
DE RECEPCIÓN FECHA DE MONTO
No
FECHA
No
FECHA / DEVENGO $
Corporag.lón para el
21
12-01-2017 Desarrollo de S/N '2&-12-2016 '05-01-2017 . 12-01-2017 39.528.345
Santiago
1.896 24-03-2017 Winstar lmport S/N 05-12·-2016 23-12-2016 24.:03-2017 15.398.540
-Export Ltda. '
TOTAL 54.926.885
..
Fuente
de
mformac1ón:
Elaboración propia sobre la base
de
la
mformac1ón
proporcionada por la
D1recc1ón
de
Edu«ae~ón
de
la
Mumc
1
pahdad
de
Santiago,
med1ante
el memorándum ,
N.
83/2017,
de
10
de
agosto
de
2017. · ·
. '
DOCUMENTOS TRIBUTARIOS RECEPCIONADOS
EN
EL AÑO 2016, , NO DEVENGADOS
EN
ESA ANUALIDAD, Y
PENDIENTES
DE
PAGO AL
21
DE AGOSTO DE 2017.
· DECRETO DE PAGO FACTURA . FECHA DE MONTO
No
FECHA NOMBRE
No
FECHA FECHA
DE
RECEPCIÓN DEVENGO $
2.517 . 28-04-2017 Ausin Hnos. S.A 2359795 27-12-2016 ' 29-12-2016 26-04-2017 113.302
-
'
Repuestos 1
2.296 17-04-2017-37 29-09-2016 04-10-2016 17-04-2017 . 221.507
Automotrices Limitada (
2.310 17-04-2017 Repuestos 22 14-09-2016 27-09;.2016 17-04-2017 618.800
Automotrices Limitada
34
DECRl=TO
DE
PAGO
o FECHA
1.431 . 28-02-2017
\
-·
'
2.
032
. 30-03-2017
-
2.916 29-05-2017
,
2.
322
: 18-04-2016
4
-
-
~
2.2
90
13-04-2017'
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
-
NOMBRE . FACTURA . FECHA DE RECEPCIÓN
No
FECHA -
-
2748 09-12-2016
09-12
~
2016
-
2749 30-11--2016 . 09-12-2016
2752 30-11-2016 ·o9-12-2016
2751
30-11-2016 09-12-2016
Comercial de 2750 30-11-2016 09-12-2016
Alimentos S.A . 2757 30-11-2016 09-12-2016
2755 30-11-2016 09-12-2016
2756 30-11-2016 09-12-2016
2754 30-11-2016 09-12-2016
2753 30-11-2016 . 09-12-2016
Eventos Robert
'.
\
55 22-12-2016 ' s/fecha
PrQducciones Ltda.
Eventos Robert · 50 /
Producciones Ltda. 13-12-2016 07 -02-2017'
~
Empresa de
Transportes y Turismo
201
25-11-2016 30-01-2017
Landeros y Cia Ltda.
'
Empresa de -r
Transportes y Turismo 203 '15-11-2016 30-0.1-2017
landeros
y Cia Ltda.
TOTAL ' '
FECHA
DE
MONTO
DEVENGO $
2.850.
051
10.462.103
471.394
866.203
. 20-02-2017 2.322.751
1.023.844
3.128.956
. 1.757.312
19
.744.303
6.701.486
23-02-2017 1 248 .214
'
09-05-2017 1.483.447
.
17-04-2017 2.500.000
13-04-2017 2.600.000
-
57.113.673
..
..
..
..
..
. .
Fuente
de
1¡1formac1on: Elaborac1on prop1a sobre la
base
de
la mforiT)ac1on
proporcionada
por
Ja
D1recc1on
de
Educac1on de la Mumc1pahdad
de
Sant1ago, med1ante el
memorandum
a N" 78/20
17
. de 9
~e
ago,to
de 2017 · · .
35
,
o
/
.
SUBTITULO
5
8
12
CO
.NTRALORÍA
GENER
AL
DE
LA REPÚBLI
CA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
A
NE
XO
No 7
ING
RES
OS
Y
GAS
T
OS
EJEC
UT
AD
OS
.
INGRESOS.AL
31
/12/2016
PRESUPUESTO INGRESOS EJECUCIÓN
DENOMINACIÓN VIGENTE EJECUTADOS
$ $ %
Transferencias Corrientes 61.410.689.000 52.767.500.
541
86%
Otros Ingresos Corrientes 1.954,582.000 1.888.659.1
81
97%
Recuperación
de
Préstamos 725.022.000 78.3.024.652· 108%
TOTAL 64.090.293.000 55.439.184.374
..
..
Fuente de lnformacron: Elaboracrón propra sobre la base de la rnformacron consrgnada en el Estado Analítico de
Situación Presupuestaria
al31
de
diciembre
de
2016, obtenido del Sistema de Contabilidad Generatde la Nación
(SICOGEN
1),
de este Organismo de Control. 1
GASTOS
AL 31/12/2016
PRESUPUESTO OBLIGACIONES EJECUCIÓN
SUBTÍTULO
DE
NOMINACIÓN VIGENTE PAGADAS
'
$ $ %
21
Gasto en Personal 49.389.274.000
49
.329.172.779 100%
22
Bienes y Servicios
de
8.256.544.000 4.606.826.463 56%
Consumo
23 Prestaciones
de
Seguridad 3.138.374.000 1.030.316.
451
33%
Social
24 Transferencias Corrientes 34.150.000 4.342.272 13%
' 29 Adquisición de Activos no 1.491.510.000 427.254.220 29%
Financieros
31
Iniciativas de Inversión ' 298.606.000 132.137.590 44%'
'
34 Servicio
de
la Deuda 1.481.83s:ooo '1.
391
.060.267 94%
TOTAL
64
.
090
.
29~.000
56.
921
.110.042
..
..
..
. .
Fuente de lnformacron: Elaboracron propra sobre la base de la rnformacron consrgnada en el Estado Anahtrco de
Situación Presupuestaria al31
de
diciembre
de
2016, obtenido del Sistema de.Contabilidad General de la Nación
(SICOGEN
1)
, de este Organismo de Control.
36
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA R6PÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
#
SITUACIÓN DE EJECUCIÓN PRESU-PUESTARIA
AL
31/12/2016
1 SALDO INICIAL DE CAJA REAL AL 01/01/2016 -1.802.416.2591
-
INGRESOS AL 31/12/2016
PRESUPUESTO PRESl:JPUESTO INGRESOS
SUBTÍTULO· DENOMINACIÓN -INICIAL VIGENTE PERCIBIDOS
$ $- $
5 Transferencias Corrientes 40 .240.695.000 61.410.689.000 52.767.500.541
8 Otros Ingresos Corrientes 1.285.403.000 1.954.582.000 1.888.659.181
12 Recuperación de Préstámos . o 725.022.000 783.024.652
15 Saldo Inicial de Caja -3.469.927.000 o o
TOTAL 44.996.025.000 64.090.293.000 55.439.184.374
GASTOS AL 31/12/2016
PRESUPUESTO PRESUPUESTO OBLIGACIONES
SUBTÍTULO DENOMINACIÓN INICIAL ' . VIGENTE PAGADAS
$ $ $
21 Gasto
en
Personal 36.942.965.000 49.389.274.000 49.329.172.779
22 Bienes_y Servicios de Consumo 5.698.761.000 8.256.544.000 4.606.826.463
23
Prestaciones de Seguridad Social 332.332.000 3.138.374.000 1.030.316A51
24 Transferencias Corrientés o 34.150.000 4.342.272
29 Adquisición de Activos
no
Financieros 1.625.962.000 1.491.51 0_.000 427.254.220
31 Iniciativas de Inversión 396.005.000 298.606.000· 132.137.590
34 Servicio de
la
Deuda o 1.481 .835 .000 1.391.060.267
TOTAL 44.996.025.000 64.090.293.000 56.921.110.042
..
-DÉFICIT
DE
LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
EN
BASE EFECTIVO -1.481 .92'5.668
DEFICIT
FINAl
-3.284.341.927
-
SALDO
PRESUPUESTARIO
$ o
1.094.406.987
9.514.741
o
1.103.921.728 .
SALDO
PRESUPUESTARIO
$ o
/ 1.861.125.433
2.096.631.974
22.981.879
789.905·.
671
61.557286
53.846.
967
4.886.649.210
-
. .
..
Fuente de Información : Elaboración
prqp1a
sobre la base de la
1nformac1on
registrada en el Balance de Comprobación y de Saldos, y en el Estado Analítico de
S1tuación
Presupuestaria, ambos obtenidos del Sistema de Contabilidad General de
la
Nación (SICOGEN
1),
de este Organismo de Control.
..
-37
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3 .
ANEXO No 9
ANÁLIS
IS
DEL CQMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE
LA
SITUACIÓN
PRESUPUESTARIA
. INGRESOS
GASTOS
EJECUCIÓN
MES -PERCIBIDOS PAGADOS PRESUPUESTARIA EN
BASE EFECTIVO
$ $ $
ENERO 2015 4.595.396.000 4.064.113.000 1 531.283.000
FEBRERO 2015 3.807.482.000 3.636. 762.000 170.720.000
MARZO 2015 4.149.882.000 3.842.478.000 . 307.404.000
ABRIL 2015
3.
695.892.000 . 4.314.986.000 -619.094.000
MAYO 2015 4.351 .934.000 4.454.095.000 -102.161.000
JUNIO 2015 4.431.850.000 4 .217.136.000 . 214.714.000
JULIO
1,
2015 4.392.096.000 4.899.779.000 -507.683.000
AGOSTO 2015 3.172.354.000 3.634.421 .
000
-462.067.000
SEPTIEMBRE 2015 4.493.521 .000 4.330.494.000 163.027.000
OCTUBRE 2015 2.518.975.000 4.279.103.000 -1.760.128.000
NOVIEMBRE 2015 2.571 .535.000 4 .226.392.000 -1.654.857.000
DICIEMBRE 2015 3.998.615.000 5.252.524.000 -1.253.909.000
ENERO 2016 4.950.251.41 o . 4
.5
43
.018.455 407.232.955
FEBRERO 2016 4.584.644.173 4.314.020.364 270.623.809
MARZO 2016 3.854.163.544 4.631 .307.532 -777.143.988
ABRIL 2016 6.768.736.212 5.480.246
.1.
13 1.288.490.099
MAYO 2016 3.871 .585.107 4,534.961.270 -663.376.163
JUNIO 2016 4.104.372.362 4.230.733.469 -126.361.107
JULIO 2016 5.699.716.947 5.061.684.834
638
.032.113
AGOSTO 2016 3.442.864.770 4.185.696.544 -742.831.774
SEPTIEMBRE 2016 3.850.334.282 4.876.889.367- -1.026.555.085
OCTUBRE 2016 5.296.423.0
43
4.458.475.897 837.947.146
NOVIEMBRE ' 2016 4.201.784.816 4.843.568.512 -641.783.696
DICIEMBRE 2016 4.814.307.708"
5.
760.507.685 -946.199.977
.. ..
..
..
Fuente
de
lnformac1on: Elaborac1on
prop1a
sobre la base de la mformac1on cons1gnada en el Estado Anallt1co de
Situación Presupuestaria y del Balance
de
Comprobación y de Saldos, obtenidos del Sistema de Contabilidad
General de la Nación (SICOGEN
1)
, de la Contraloría General, como también del Balance de Comprobación y
de Saldos proporcionados por la Dirección
de
Educación de la Municipalidad de Santiago.
38t
DE LA
-OBSERVACIÓN
Capitulo
1,
aspectos de
control interno,
Numeral1
Capitulo
1,
aspectos de
control interno,
Numeral2
MATERIA
OBSERVADA
-
Falta de
publicación 'del
reglamento de
organización
interna
Omisión de
-
manual de
procedim.ientos
/
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1' CONTRALORiA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
10
ESTADO DE OBSERVACIONES INFORME FINAL
No
742, DE 2017
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
Observación
Medianamente
Compleja
1
Observación
Compleja
1
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA
OBSERVACIÓN O VERIFICAR MEDIDAS ADOPTADAS
Esa entidad edilicia deberá acatar lo dispuesto
en
el
articulo
7°,
letras a) y
b)
de
la
ley
N-o
20.285,
en
el
sentido
de publicar en
la
página web municipal el reglamento de
organización interna, informando
de
ello
en
el
plato
de 60
días hábile$, contado desde la recepción del presente
informe. ·
Ese
municipio
deberá confeccionar
un
manual de
procedimientos que fije los cursos de acción respecto del
proceso de formulación, ' ejecución y control del
presupuesto, en ar:monla con lo previsto
en
el
numeral45,
de
la
re~olución
exenta W 1.485;
de
1996, de esta Entidad
de Control, y proceder a sancionarlo a través del decreto
alcaldicio
r
_
~spectivo
,
de acuerdo a lo dispuesto
en
el
artículo
de
la
ley W 19.880, lo que deberá ser
acreditado documentadamente-
en
el
plazo de 60 dlas
hábiles, contado desde
la
recepción de este documento.
39
MEDIDA
IMPLEMENTADA Y
su
DOCUMENTACIÓN
DE
RESPALDO
/
NUMERACION
DEL
DOCUMENTO
DE
RESPALDO
OBSERVACIONES
Y/0
COMENTARIOS
DE
LA ENTIDAD

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